Acuerdo 00000039 Apruébase el Reglamento operativo que regirá para el préstamo 2431/OC-EC suscrito entre el Banco Interamericano de Desarrollo y esta Cartera de Estado conforme a las estipulaciones especiales contenidas en la Cláusula 3.02

Nº 00000039
EL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

Acuerda:

Art. 1.- Aprobar el Reglamento operativo que regirá para el préstamo 2431/OC-EC suscrito entre el Banco Interamericano de Desarrollo y esta Cartera de Estado conforme a las estipulaciones especiales contenidas en la Cláusula 3.02.

Art. 2.- Designar a la Subsecretaría de Extensión de la Protección Social en Salud como unidad coordinadora de la ejecución del convenio de préstamo.

Art. 3.- Cualquier cambio que se produzca entre los componentes del referido préstamo, será autorizado por la máxima autoridad del Ministerio de Salud Pública, previa la aprobación del Banco Interamericano de Desarrollo.

Art. 4.- De la ejecución del presente acuerdo ministerial que entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese a la Subsecretaría General de Salud.

Lunes 17 de Enero de 2011