Que, la Constitución de la República del Ecuador ordena: “Art. 361.- ElEstado ejercerá la rectoría delsistema a través de la autoridad sanitaria nacional, será responsable de formular la política nacional de salud, y normará, regulará y controlará todas las actividades relacionadas con la salud, así como el funcionamiento de las entidades del sector”;
Que, la Ley Orgánica de Salud dispone: “Art. 4.- La autoridad sanitaria nacionales el Ministerio de Salud Pública,entidad a la que corresponde el ejercicio de las funciones de rectoría en salud; así como la responsabilidad de la aplicación, control y vigilancia del cumplimiento de esta Ley; y, las normas que dicte para su plena vigencia serán obligatorias”;
Que, con Acuerdo Ministerial No. 14122 del 20 de mayo de 1992, publicado en el Registro Oficial No. 950 del 4 de junio de 1992, fue aprobada la redefinición de las jurisdicciones de las Áreas de Salud, precisando sus límites, elaboradas por las direcciones provinciales de salud;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 00000703 de 7 de diciembre del 2010, fue aprobada la actualización del Manual del Sistema Regionalizado de Servicios de Salud y Capacidad Resolutiva de las Unidades Operativas y Área de Salud;
Que, el Área de Salud No. 2 Gualaquiza de la provincia de Morona Santiago está conformada por el Hospital MISEREOR, 5 Subcentros de Salud, 2 Puestos de Salud y 2 EBAS. El cantón Gualaquiza cuenta con una población de 18 mil habitantes, por lo que se hace necesario la creación de los nuevos Subcentros de Salud Proveeduría y Monterrey, lo que se ajusta a los estándares técnicos requeridos para el efecto de conformidad con el Manual de Áreas de Salud del Ministerio de Salud Pública;
Que, mediante memorando SSS-12-1610, la Dirección del Proceso de Control y Mejoramiento en Gestión de los Servicios de Salud, solicita la elaboración del presente acuerdo ministerial; y,
En ejercicio de las atribuciones concedidas por los artículos 151 y 154 de la Constituciónde la República del Ecuador y el Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,