Acuerdo 0005-15: Deléguense atribuciones al Director(a) Provincial de Morona Santiago

Arq. María de los Ángeles Duarte

MINISTRA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

Acuerda:

Artículo 1.- Se delega al Director (a) Provincial de Morona Santiago del MIDUVI, para que previa autorización del Coordinador Zonal de la Provincia donde se ejecutará la obra, motive, inicie y ejecute el proceso precontractual, emita la resolución de inicio del procedimiento de contratación directa, disponga su publicación en el portal institucional y suscriba el contrato respectivo, para la construcción de 45 viviendas nuevas en el proyecto denominado Chiarentza, ubicado en la parroquia Taisha, cantón Taisha, provincia Morona Santiago; observando lo establecido por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento.

Artículo 2.- El/la Director (a) Provincial del MIDUVI, en la resolución de inicio hará constar el nombre del proveedor a ser invitado, con la verificación del cumplimiento de los requisitos de patrimonio de ser el caso, valor agregado ecuatoriano, entre otros, y demás requisitos legales y reglamentarios. Deberá adjuntar a la resolución de inicio el pliego del proceso precontractual y el requerimiento de explicitar las condiciones de ejecución del contrato.

En la invitación que se llegare a publicar, el/la directora(a) Provincial deberá adjuntar el estado de ejecución del contrato terminado unilateralmente, la magnitud pendiente de ejecución, la liquidación de la obra aprobada por el Coordinador Zonal de la Provincia, así como el monto de la contratación directa.

Artículo 3.- Se autoriza a el/la Director(a) Provincial de Morona Santiago, para que de conformidad con lo que dispone el Reglamento a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública en el numeral 2 del artículo innumerado del capítulo IX, sobre la terminación de contratos, a continuación del artículo 146, den inicio al procedimiento con un proveedor distinto, en caso de que el proveedor previamente escogido no presente su oferta.

Artículo 4.- El/la directora(a) Provincial de Morona Santiago, adjudicará, de ser el caso, el contrato, mediante resolución debidamente motivada, la misma que deberá ser notificada a través del portal institucional, en el término máximo de 24 horas contadas a partir de su expedición; o en su defecto declararán desierto el proceso.

Artículo 5.- Notifíquese con el contenido del presente Acuerdo Ministerial al Viceministerio de esta Cartera de Estado, a la Coordinación General Jurídica, a la Subsecretaría de Vivienda y de Hábitat y Asentamientos Humanos, a la Coordinación Administrativa Financiera, a la Dirección Provincial de Morona Santiago y al Servicio Nacional de Contratación Pública.

Artículo 6.- De la ejecución del presente Acuerdo Ministerial encárguese a la Dirección Provincial de Morona Santiago.

Artículo 7.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y en el Portal de Compras Públicas.

Miércoles 8 de Abril de 2015