Acuerdo 0069 Concédese personalidad jurídica a Unión Provincial de Operadoras de Transporte en Taxis, cuyas siglas son UNPROTAXORO, con domicilio en la ciudad de Machala, provincia de El Oro

No. 0069

Ing. Walter Solís Valarezo

MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Acuerda:

Art. 1.- Conceder personalidad jurídica a la UNIÓN PROVINCIAL DE OPERADORAS DE TRANSPORTE EN TAXIS, cuyas siglas son UNPROTAXORO, con domicilio en la ciudad de Machala, provincia de El Oro.

Art. 2.- Aprobar el texto del Estatuto sin modificaciones de la UNIÓN a la que se refiere el artículo precedente.

Art. 3.- Dada la naturaleza de la Unión, le está impedido legalmente desarrollar actividades crediticias y lucrativas en general u otras prohibiciones establecidas en la Ley.

Art. 4.- El Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrá en cualquier momento requerir la información que se relacione con sus actividades a fin de verificar que se cumplan los fines para los cuales fue constituida la Unión; de comprobarse su inobservancia el Ministerio iniciará el procedimiento de disolución y liquidación previsto en las normas que rigen a esta clase de personas jurídicas.

Art. 5.- La veracidad sobre la autenticidad de los documentos ingresados es de exclusiva responsabilidad de los peticionarios o representantes de la Unión. En todo caso, de comprobarse falsedad u oposición legalmente fundamentada, el Ministerio se reserva el derecho de dejar sin efecto este Acuerdo Ministerial y de ser necesario, iniciar las acciones legales correspondientes.

Art. 6.- El Estatuto que se aprueba, es la normativa que rige a la UNIÓN PROVINCIAL DE OPERADORAS DE TRANSPORTE EN TAXIS, por lo tanto no puede estar condicionado a Reglamentos Internos de la entidad.

Art. 7.- La UNIÓN PROVINCIAL DE OPERADORAS DE TRANSPORTE EN TAXIS, dará plena observancia a las normas legales o reglamentarias vigentes, incluyendo el Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas, cuyo control y aplicación estricta está a cargo del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a través de la Subsecretaría de Transporte Terrestre y Ferroviario.

Art. 8.- La Unión, en un plazo de máximo treinta días elegirá su directiva y la remitirá a través del portal web del SUIOS al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, adjuntado la convocatoria y el acta de asamblea en la que conste la elección de la directiva definitiva debidamente certificada por el secretario de la organización, nombres y apellidos completos de los miembros presentes en la asamblea con el número de cédula y firmas, así como el certificado del Registro Único de las Organizaciones Sociales RUOS conforme a las normas legales y reglamentarias vigentes.

ARTÍCULO FINAL.- De la ejecución de este Acuerdo Ministerial que entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese a la Subsecretaría de Transporte Terrestre y Ferroviario.

Hágase conocer este Acuerdo a los interesados por intermedio de la Dirección Administrativa del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

Jueves 6 de Agosto de 2015