Que, la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 numeral 1 dispone que: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión (…)”;
Que, el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada establece: “Cuando la importancia económica o geográfica de la zona o la conveniencia institucional lo requiera los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones (…)”;
Que, el artículo 126 de la Ley Orgánica del Servicio Público, manda: “Cuando por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente”;
Que, el artículo 270 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Servicio Público, establece: “(…) A efectos de la subrogación se deberá cumplir con los requisitos del puesto a subrogarse y en función de la misma se ejercerán las funciones correspondientes al puesto subrogado (…)”;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 578 de 13 de febrero de 2015, el Econ. Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República decreta: “Artículo 1.- Escíndase del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables, el Viceministerio de Minas y créese el Ministerio de Minería, como organismo de derecho público, con personería jurídica, patrimonio y régimen administrativo y financiero propios, con sede en la ciudad de Quito.”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo 579 de 13 de febrero de 2015, se nombró a la máxima autoridad del Ministerio de Minería;
Que, la Autorización Nº 42934 de 13 de mayo de 2015, suscrita por la ingeniera Fernanda Sabrina Erazo Guaigua, Coordinadora General Administrativa Financiera, autoriza el viaje a Sydney, Australia, a la ingeniera Carmita Alejandra Calderón Robalino, Subsecretaria Nacional de Desarrollo Minero, para asistencia técnica al señor Ministro, en la participación del Latin American Down Under, LADU 2015, del 16 de mayo al 23 de mayo del 2015; En ejercicio del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador; el artículo 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva; y el Decreto Ejecutivo, en calidad de Ministro de Minería: