Que, la Ley Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 294 de 6 de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone que cuando por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico superior, cuyo titular   se   encuentre   legalmente   ausente,   recibirá   la diferencia de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio del derecho del titular;
Que, el Art. 270 del Reglamento General de la invocada Ley  Orgánica, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que la subrogación procederá de conformidad al anotado artículo 126, considerando que la o él servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista entre la remuneración  mensual  unificada  de  su  puesto  y  la  del puesto subrogado, incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma institución;
Que, con Acuerdo Ministerial No. 2 de 5 de enero de 2012, el señor Ministro de Finanzas delegó a él o la titular de la Coordinación General Administrativa Financiera todas las funciones y atribuciones que le corresponden al titular de esta Secretaría de Estado en lo referente al ámbito de aplicación  de  la  Ley  Orgánica  del  Servicio  Público  y Código del Trabajo;
Que, mediante memorando No. MINFIN-SCG-2015-0096- M, de 13 de marzo de 2015, la Econ. Magdalena del Pilar Vicuña Cevallos, Subsecretaría  de  Contabilidad Gubernamental, informa que con Acuerdo Ministerial No.0096  de  06  de  marzo  de  20x5,  el  señor  Ministro  de Finanzas le dispone subrogar la funciones de Viceministra de Finanzas del 14 al 17 de marzo de 2015, por lo que solicita que se proceda con la acción de personal correspondiente para que se tramite la subrogación de sus funciones a la Dra. Sonia de las Mercedes Proaño Viteri, Directora  Nacional  de  Estados  Financieros,  durante  los días 14 al 17 de marzo de 2015. En  ejercicio  de  las  atribuciones  que  le  confieren  los artículos 126 de la Ley Orgánica del Servicio Público; y, 270 del Reglamento General a la invocada Ley; y, 1 delAcuerdo Ministerial No. 2,