No. 022-CG-2015
EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO
Acuerda:
Emitir la siguiente política para el pago de viáticos, subsistencias, movilización, alimentación, horas extraordinarias y suplementarias
Artículo 1.- Para cumplir con las acciones de control y cuando por necesidad institucional, se requiera la movilización de los y las servidores/as el Subcontralor/a Administrativo/a, autorizará los pagos por concepto de viáticos, subsistencias, movilización y alimentación, sobre la base del requerimiento debidamente justificado, presentado por los titulares de las Unidades de Control y de Apoyo de la matriz. En las Direcciones Regionales y Delegaciones Provinciales, según el ámbito de su jurisdicción, será el Director Regional el que autorice el pago.
De requerir vehículos institucionales para el desplazamiento de los y las servidores/as, el pago a los conductores por concepto de viáticos, subsistencias, movilización y alimentación, serán aprobados en la matriz por el Coordinador Administrativo y Servicios; y, en las Direcciones Regionales y Delegaciones Provinciales según el ámbito de su jurisdicción, por el Director Regional correspondiente.
Artículo 2.- El Subcontralor/a Administrativo/a sobre la base del informe técnico presentado por la Dirección de Talento Humano y la disponibilidad presupuestaria emitida por la Dirección Financiera, autorizará el pago de horas extraordinarias y suplementarias de los servidores de la entidad que por necesidades de trabajo debidamente justificadas, por los titulares de las Unidades Administrativas, deban prestar sus servicios fuera de la jornada ordinaria de trabajo.
DEROGATORIAS:
Deróguense los siguientes Acuerdos:
1. Acuerdo 003-CG–2015 publicado en el Suplemento del Registro Oficial 413 de 10 de enero de 2015.
2. Acuerdo 013-CG-2015, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial 508 de 26 de mayo de 2015.
Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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