Acuerdo 0236 Modifíquense el Clasifi cador Presupuestario de Ingresos y Gastos del Sector Público y el Catálogo General de Cuentas

No. 0236
Carlos Fernando Soria Balseca
EL MINISTRO DE FINANZAS 

Acuerda:

Artículo 1.- Incorporar al vigente Clasificador Presupuestario de Ingresos y Gastos del Sector Público el siguiente ítem presupuestario:

5

3

02

47

Gastos de Educación para el Servicio Exterior

 

Gastos para cubrir servicios de educación de los hijos e hijas del personal diplomático y del personal auxiliar

del Servicio Exterior, que presten sus servicios fuera del país y que sus hijos/as estén estudiando en el

exterior y dependan económicamente del funcionario/a, mientras dure sus funciones en el exterior. Los

documentos de soporte serán los que establece el Acuerdo emitido por el Ministerio del Trabajo.

Artículo 2.- Modificar en el vigente Clasificador de Ingresos y Gastos del sector Público, el texto del siguiente ítem.

Dice:

5

3

03

09

Gastos de Representación en el Exterior

Asignaciones que se otorgan a los funcionarios públicos dentro del giro ordinario de sus actividades en el exterior como representantes del país. Los valores erogados serán reembolsados y liquidados en base a comprobantes de venta legalmente emitidos.

5

3

02

25

Servicio de Incineración de Documentos Públicos, Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; Bienes

Defectuosos y/o Caducados

Gastos por los servicios de incineración de pasaportes, títulos de crédito, especies valoradas; y, otros documentos públicos; sustancias estupefacientes y psicotrópicas; así como, bienes defectuosos y/o caducados, determinados por autoridad competente.

6

3

02

25

Servicio de Incineración de Documentos Públicos, Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; Bienes

Defectuosos y/o Caducados

Gastos por los servicios de incineración de pasaportes, títulos de crédito, especies valoradas; y, otros documentos públicos; sustancias estupefacientes y psicotrópicas; así como, bienes defectuosos y/o caducados, determinados por autoridad competente.

7

3

02

25

Servicio de Incineración de Documentos Públicos, Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; Bienes

Defectuosos y/o Caducados

Gastos por los servicios de incineración de pasaportes, títulos de crédito, especies valoradas; y, otros documentos públicos; sustancias estupefacientes y psicotrópicas; así como, bienes defectuosos y/o caducados, determinados por autoridad competente.

Debe decir:

5

3

03

09

Gastos de Representación en el Exterior

Gastos, desembolsos o erogaciones efectuadas por los servidores/as del servicio exterior que, en el ejercicio de su cargo o atribuciones, efectivicen con motivo de actividades de interés oficial en las que el servidor/a actúe en representación del Estado; valores que serán liquidados en los porcentajes que establezca para el efecto en el ente rector en materia de remuneraciones.

5

3

02

25

Servicios de Incineración de Documentos Públicos; Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; Bienes Defectuosos y/o Caducados; Productos Agropecuarios Decomisados; Desechos de Laboratorio; y, Otros.

Pago por servicios de incineración documentos públicos; sustancias estupefacientes y psicotrópicas; bienes defectuosos y/o caducados; productos agropecuarios decomisados; desechos de laboratorio; y, otros, determinados por autoridad competente.

6

3

02

25

Servicios de Incineración de Documentos Públicos; Bienes Defectuosos y/o Caducados; Desechos de

Laboratorio; y, Otros.

Pago por servicios de incineración de documentos públicos; bienes defectuosos y/o caducados; desechos de laboratorio; y, otros, determinados por autoridad competente.

7

3

02

25

Servicios de Incineración de Documentos Públicos; Bienes Defectuosos y/o Caducados; Desechos de

Laboratorio; y, Otros.

Pago por servicios de incineración documentos públicos; bienes defectuosos y/o caducados; desechos de laboratorio y otros, determinados por autoridad competente.

Artículo 3.- Incorporar al Catálogo General de Cuentas, las siguientes cuentas contables:

 

CÓDIGO

 

CUENTAS

ASOCIACIÓN PRESUPUESTARIA

DÉBITOS

CRÉDITOS

 

112.41.01

 

Títulos Valores Para Uso, como medio de pago

 

 

 

634.02.47

 

Gastos de Educación para el Servicio Exterior

 

53.02.47

 

Artículo 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Jueves 9 de Julio de 2015