Que la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008,
en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley,
les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión;
Que el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de 2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;
Que el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público delegar sus atribuciones y deberes;
Que mediante escritura pública celebrada ante el Notario Vigésimo Noveno del Cantón Quito el 19 de marzo de 2009, la Agencia de Garantía de Depósitos y la Corporación Financiera Nacional, suscribieron un contrato para la constitución del fideicomiso denominado AGD- CFN NO MÁS IMPUNIDAD, el mismo que establece que su Cláusula Quinta la conformación de la Junta del Fideicomiso como el órgano máximo de gobierno del Fideicomiso, misma que está conformada por un delegado del Presidente de la República, dos representantes de la Comisión de Administración y Supervigilancia de las empresas incautadas por la Agencia de Garantía de Depósitos, un delegado del Ministerio de Finanzas; y, el Gerente General de la AGD;
Que mediante comunicación de 9 de septiembre de 2015 la abogada Monica Villacís Quevedo, apoderada especial del Gerente General de la Corporación Financiera Nacional, en su calidad de Secretaría de la Junta de Fideicomiso AGD-CFN NO MÁS IMPUNIDAD, convoca a los miembro de la misma a la Junta Virtual No. 181; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos
154 de la Constitución de la República del Ecuador,