Acuerdo 028/2015 Revóquese la concesión de operación a la compañía AEROLINEAS ECUATORIANAS FLIGHTSERVICE C. LTDA. .

No. 028/2015

EL CONSEJO NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL 

Acuerda:

ARTÍCULO 1.- REVOCAR la concesión de operación otorgada por el Consejo Nacional de Aviación Civil, a la compañía AEROLINEAS ECUATORIANAS FLIGHTSERVICE C.LTDA., mediante Acuerdo No.

023/2014 de 1 de agosto de 2014, para prestar el servicio de transporte aéreo público no regular de pasajeros, carga y correo en forma combinada, doméstico, en la modalidad de Taxi Aéreo, en todo el territorio continental ecuatoriano a excepción de las Islas Galápagos; en razón que la compañía se encuentra incursa en la causa de revocación prevista en el literal i) del artículo 34 del Reglamento de Permisos de Operación para la Prestación de los Servicios de Transporte Aéreo, al no haber culminado los procedimientos técnicos ante la Dirección General de Aviación Civil en el plazo máximo para hacerlo, resultando la falta de capacidad técnica para mantener vigente su concesión de operación.

ARTÍCULO 2.- Disponer a la Dirección General de Aviación Civil, iniciar los procedimientos necesarios para el cumplimiento y la liquidación de las obligaciones que la compañía AEROLINEAS ECUATORIANAS FLIGHTSERVICE C.LTDA., tenga con esa Entidad.

ARTÍCULO 3.- Del cumplimiento del presente Acuerdo, encárguese a la Dirección General de Aviación Civil a través de las respectivas dependencias.

Lunes 24 de Agosto de 2015