Acuerdo 030-2015 Confórmese el Comité de Gestión de la Seguridad de la Información

No. 030-2015
Augusto Espín Tobar
EL MINISTRO DE TELECOMUNICACIONES Y DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

Acuerda:

Artículo 1.- Conformar el Comité de Gestión de la Seguridad de la Información -CGSI del Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, integrado de la siguiente forma:

  1. a) El/la Oficial de Seguridad de la Información, quien presidirá el Comité;
  2. b) El/la Coordinador (a) General de Planificación, o su delegado;
  3. c) El/la Coordinador (a) General Administrativo Financiero, o su delegado
  4. d) El/la Director(a) de Gestión Tecnológica o su delegado;
  5. e) El/la Director(a) Administrativo (a) o su delegado; y,
  6. f) El/la Director (a) de Talento Humano o su delegado, quien a la vez actuará como Secretario (a) del Comité;

El/la Coordinador (a) General Jurídico o su delegado, brindará al Comité el apoyo legal que requiera para el cumplimiento de sus funciones, conforme a lo dispuesto en el Anexo 1 del Acuerdo Ministerial No. 166, de 19 de septiembre de 2013, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 88 del 25 de septiembre de 2013.

Artículo 2.- Son funciones del CGSI del Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información las determinadas en el numeral 2.2 del EGSI, que se encuentra anexo al Acuerdo Ministerial No. 166, de 19 de septiembre de 2013, publicado en el Registro Oficial Suplemento No.88 del 25 de septiembre de 2013.

Artículo 3.- El CGSI además de las funciones señaladas en el anexo del Acuerdo Ministerial No. 166 deberá:

a) Presentar al Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información informes trimestrales sobre la gestión de la Seguridad de la Información en la institución.

b) Implementar en coordinación con la Dirección de Comunicación Social y de Administración de Talento Humano campañas periódicas de difusión del EGSI y de sensibilización de los servidores públicos respecto de la seguridad de la información en la institución.

Artículo 4.- El Oficial de Seguridad de la Información del MINTEL, actuará como contraparte ante la Secretaría Nacional de la Administración Pública en la implementación del EGSI.

Artículo 5.- Se aprueban todos los actos realizados por los servidores públicos que conforman el Comité de Gestión de la Seguridad de la Información.

Artículo 6.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Miércoles 3 de Junio de 2015