Acuerdo 039-2014: Revóquese la concesión de operación otorgada a la Compañía AEROVALDIVIA S.A.

No. 039/2014

Rodrigo Yerovi de la Calle

EL CONSEJO NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Acuerda:

ARTICULO 1.- REVOCAR la concesión de operación otorgada a la compañía AEROVALDIVIA S.A., mediante Acuerdo No. 022/2012, de 17 de julio de 2012, para la prestación del servicio de transporte aéreo público doméstico no regular de pasajeros, carga y correo en forma combinada bajo la modalidad de taxi aéreo, para operar en el litoral continental ecuatoriano, en virtud de que no ha culminado con los procedimientos técnicos ante la Dirección General de Aviación Civil en el plazo máximo que tenía para hacerlo, por lo que se determina que la compañía AEROVALDIVIA S.A., se encuentra incursa en la causal prevista en el literal i) del Art. 63 del Reglamento de Concesiones y Permisos de Operación de Servicios Aéreos en General, relacionado con los casos en los que el Consejo Nacional de Aviación Civil puede revocar, suspender o cancelar un permiso o concesión de operación cuando estipula “…Si no culminan los procedimientos técnicos ante la Dirección General de Aviación Civil en el plazo máximo para hacerlo…”, para el efecto previamente se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 122 del Código Aeronáutico.

ARTICULO 2.- Del cumplimiento de la presente resolución, encárguese a la Secretaría del Consejo Nacional de Aviación Civil y, a la Dirección General de Aviación Civil a través de las respectivas dependencias.

Viernes 10 de Abril de 2015