Nº 040
Ing. Paola Carvajal Ayala
MINISTRA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Acuerda:
Art. 1.- Aprobar el proyecto para la conversión en vía de alta capacidad a la carretera Río Siete-Huaquillas, en la provincia de El Oro.
Art. 2.- Declarar de utilidad pública los bienes inmuebles afectados por los trabajos de conversión en vía de alta capacidad de la carretera Río Siete-Huaquillas, en la provincia de El Oro en las siguientes coordenadas: los predios a ocuparse y que se encuentran comprendidos dentro del artículo 2 de este Acuerdo, como también, las actividades de explotación de canteras y minas dentro del derecho de vía.
Por tanto, los notarios públicos del país y los registradores de la propiedad del cantón, donde se encuentra el área de influencia del proyecto, no podrán autorizar la celebración de escrituras públicas los primeros, y la inscripción de cualquier acto traslaticio de dominio o gravamen los segundos, hasta cuando se concluyan los procesos de expropiación correspondientes, salvo los actos notariales y de registro que sean a favor del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Art. 5.- Solicitar a los Gobiernos Autónomos Descentralizados de los cantones El Guabo, Machala, Pasaje, Santa Rosa, Arenillas y Huaquillas en la provincia de El Oro, para que en el plazo máximo de treinta días, a partir de la emisión del presente Acuerdo Ministerial, se dicten las respectivas Ordenanzas prohibiendo expresamente cualquier tipo de construcción en la franja de terreno correspondiente al derecho de vía.
Art. 6.- Disponer al Director Provincial de El Oro, la designación de perito para realizar el examen de las cosas y operaciones relativas a las indemnizaciones por los predios afectados, conforme lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley de Caminos, en concordancia con el artículo 13 del Reglamento Aplicativo de la ley ibídem.
El perito designado tiene la responsabilidad de aplicar para el cálculo el Acuerdo Ministerial N° 061 publicado en el Registro Oficial 524 de 31 de agosto de 2011 en concordancia con el Acuerdo Ministerial N° 067 de 19 de diciembre de 2014, Ley de Caminos y Reglamento Aplicativo ibídem.
De conformidad a lo que establece el pliego del Concurso Público para la conversión en vía de alta capacidad de la carretera Río Siete-Huaquillas en sus Bases Administrativas, en el Numeral 59, le corresponde a la Sociedad Gestora asumir, como parte del financiamiento, el valor que representa el justo precio de conformidad con el avalúo catastral actualizado de los bienes inmuebles a ser expropiados y el avalúo comercial actualizado de construcciones, cultivos y cualquier otro elemento patrimonial afectado.
Art. 7- Encargar al Director Provincial del MTOP de El Oro, la inscripción del presente Acuerdo Ministerial en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Art. 8.- Notificar a los Registradores de la Propiedad, Colegio de Notarios y Gobiernos Autónomos Descentralizados de los cantones El Guabo, Machala, Pasaje, Santa Rosa, Arenillas y Huaquillas de la provincia de El Oro, con el contenido del presente acuerdo y prohibición de enajenar de los bienes afectados mencionados en el artículo 2 de este acuerdo.
Art. 9.- El incumplimiento de las disposiciones emanadas del presente Acuerdo Ministerial, será sancionado de conformidad con la ley, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales a que hubiere lugar.
Art. 10.- De la ejecución del presente Acuerdo, que entrará en vigencia a partir de la fecha de la suscripción, deléguese al Director Provincial de El Oro.
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