Acuerdo 044/2019 Revóquese el permiso de operación a la Compañía LAC Línea Aérea Cuencana LINAER Cía. Ltda

No. 044/2019

 

EL CONSEJO NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

 

Acuerda:

ARTÍCULO 1.- REVOCAR a la compañía LAC LÍNEA AÉREA CUENCANA LINAER CÍA. LTDA., el permiso

de operación para la prestación del servicio de transporte aéreo, público, doméstico, regular, de pasajeros, carga y correo, en forma combinada, renovado y modificado por   el Consejo Nacional de Aviación Civil con Acuerdo No. 020/2016 de 24 de agosto de 2016, por haber incurrido     en las causales previstas en el Art. 53 literales a), c), f),    h), e i),  del  Reglamento  del  Reglamento  de  Permisos  de Operación para la Prestación de los Servicios de Transporte Aéreo Comercial.

ARTÍCULO 2.- La compañía deberá observar lo establecido en el Art.  54  del  Reglamento  de  Permisos  de Operación para la Prestación de los Servicios de Transporte  Aéreo  Comercial  que  dice:  “En  este  caso,  la aerolínea no podrá iniciar el trámite de una nueva

solicitud en cualquier modalidad, si no han transcurrido por lo menos seis meses de la fecha de la ejecutoria de la resolución correspondiente o que demuestre que solventó las razones de la cancelación o revocatoria del permiso”.

ARTÍCULO 3.- La interesada puede interponer en contra del presente Acuerdo los recursos judiciales que estime pertinente en defensa de sus intereses.

ARTÍCULO 4.- Del cumplimiento del presente Acuerdo encárguese a la Secretaría del Consejo Nacional de Aviación Civil y a la Dirección General de Aviación Civil a través de sus respectivas dependencias.

Jueves 26 de Diciembre de 2019