Acuerdo 051: Refórmense varios acuerdos ministeriales

Lorena Tapia Núñez
MINISTRA DEL AMBIENTE

Acuerda:

REFORMAR EL ACUERDO MINISTERIAL No. 068 DE 26 DE ABRIL DE 2010, EL ACUERDO MINISTERIAL No. 067, PUBLICADO EN EL REGISTRO OFICIAL No. 037 DE 16 DE JULIO DE 2013 Y EL ACUERDO MINISTERIAL No. 391 DE 9 DE DICIEMBRE DE 2014.

Artículo 1.- Agréguese al final del artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 068, lo siguiente: “Se exceptúan del pago de los valores por concepto de 0,001 (uno por mil) a las obras, proyectos o actividades que requieran licenciamiento ambiental, cuando sus ejecutores sean entidades del sector público o empresas cuyo capital suscrito pertenezca, por lo menos en las dos terceras partes a entidades de derecho público”.

Artículo 2.- Agréguese al final del artículo 2 del Acuerdo Ministerial No. 067, lo siguiente: “Se exceptúan del pago de los valores por concepto de 0,001 (uno por mil) a las obras,     proyectos         o          actividades            que          requieran licenciamiento ambiental, cuando sus ejecutores sean entidades del sector público o empresas cuyo capital suscrito pertenezca, por lo menos en las dos terceras partes a entidades de derecho público”.

Artículo   3.-   Agréguese   al   final   de   la   Disposición Transitoria Única del Acuerdo Ministerial No. 391 del 9 de diciembre de 2014, lo siguiente: “excepto para el respaldo de los costos, en cuyo caso se acogerán a lo dispuesto por artículo 1 del presente Acuerdo Ministerial.”

Artículo 4.- Aplíquese lo dispuesto en el artículo 1 y 2 del presente Acuerdo Ministerial en el Libro IX del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente,  en  lo  que  sea  pertinente  al  contenido  del presente Acuerdo.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, y de su ejecución encárguese a la Subsecretaría de Calidad Ambiental, la Dirección Financiera y las Direcciones Provinciales del Ministerio del Ambiente.

Martes 10 de Marzo de 2015