Que, el inciso segundo del artículo 141 de la Constitución de la República señala que la Función Ejecutiva está integrada por la Presidencia y Vicepresidencia de la República, los Ministerios de Estado y los demás organismos e instituciones necesarios para cumplir, en el ámbito de su competencia, las atribuciones de rectoría, planificación, ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales y planes que se creen para ejecutarlas;
Que, el artículo 154 de la Norma Suprema señala que corresponde a las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República establece que la administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;
Que, el 03 de enero del 2008, mediante Decreto Ejecutivo No. 849, se creó el Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos, publicado en el Registro Oficial No.254 de 17 de enero del 2008;
Que, el 28 de noviembre de 2012, mediante Decreto Ejecutivo No. 1365, el señor Presidente Constitucional de la República nombró como Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos, al doctor Rafael Poveda Bonilla;
Que, mediante Registro Oficial Edición Especial, No, 118 de 14 de febrero de 2011, se publicó el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos.
Que, mediante Registro Oficial Edición Especial, No, 193 de 22 de octubre de 2014, se publicó la reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos.
Que, mediante oficios No. SE-DM-2014-0443-O, de 14 de agosto de 2014, se ha solicitado al Ministerio del Trabajo la creación de once (11) puestos directivos, y la revisión a la clasificación y cambio de denominación de doce (12) puestos del Nivel Jerárquico Superior.
Que, mediante Resolución No. MDT-DFI-2015-0000014, de 03 de febrero de 2015, el Ministerio del Trabajo, resuelve revisar la clasificación y cambiar la denominación de doce (12) puesto del Nivel Jerárquico Superior del Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos, y su remuneración mensual unificada se ajustará al grado y valoración correspondiente, además resuelve que la Unidad de Administración de Talento Humano del Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos ejecute las acciones administrativas respectivas para el cumplimiento de dicha resolución.
Que, mediante Resolución No. MDT-DFI-2015-0000015, de 03 de febrero de 2015, el Ministerio del Trabajo, resuelve aprobar la creación de once 8119 puestos del Nivel Jerárquico Superior para el Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos, de conformidad a lo dispuesto por el Ministerio de Finanzas según Oficio MINFIN-DM-2015-0026, de 21 de enero de 2015.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales; y, especialmente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.