Acuerdo 1002 Acéptese la repatriación y el traslado a un Centro de Rehabilitación Social a Colombiano Jeyson Andrés Rojas Torres

No. 1002

Dra. Ledy Andrea Zúñiga Rocha

MINISTRA DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

Acuerda:

Artículo 1.- Aceptar el traslado del ciudadano colombiano

Jeyson Andrés Rojas Torres con cédula de ciudadanía

16464402, a un Centro de Rehabilitación Social en territorio colombiano, donde cumplirá el resto de su pena privativa de libertad.

Artículo 2.- Disponer a la Dirección de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos realice todas las acciones tendientes a la plena ejecución del presente acuerdo, así como la notificación al Juez de Garantías Penitenciarias competente.

Artículo 3.- Entregar la custodia del ciudadano colombiano Jeyson Andrés Rojas Torres a las autoridades competentes del Gobierno de Colombia que para el efecto hubiere designado, con miras al cumplimiento de dicho traslado.

Artículo 4.- Notificar con el presente Acuerdo Ministerial al señor Jeyson Andrés Rojas Torres, al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, INTERPOL del Ecuador, al Viceministerio de Atención de Personas Privadas de Libertad, así como al Ministerio de Justicia y del Derecho de la República de Colombia, quienes prestarán las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta repatriación.

Artículo 5.- Esta repatriación surtirá efecto al ser aprobada por el Ministerio de Justicia y del Derecho de Colombia.

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Martes 18 de Agosto de 2015