Acuerdo 1007 Acéptese la solicitud de repatriación del ciudadano Norman Edmund Kirkland y dispónese sea trasladado a un centro de rehabilitación social en territorio de Estados Unidos de América .... Apruébense las inscripciones y refórmense los es

No. 1007

Dra. Ledy Andrea Zúñiga Rocha

MINISTRA DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

Acuerda:

Art. 1.- Aceptar la solicitud de repatriación del ciudadano Norman Edmund Kirkland y disponer que sea trasladado a un Centro de Rehabilitación Social en territorio de Estados Unidos de América, donde cumplirá el resto de su condena privativa de libertad.

Art. 2.- Disponer a la Dirección de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, realice todas las acciones tendientes a la plena ejecución del presente acuerdo así como la notificación al Juez de Garantías Penitenciarias competente.

Art. 3.- Entregar la custodia del ciudadano Norman Edmund Kirkland, a las autoridades competentes del Gobierno de los Estados Unidos de América, que para el efecto hubiere designado con miras al cumplimiento de dicho traslado.

Art. 4.- Notificar con el presente Acuerdo Ministerial al señor Norman Edmund Kirkland, al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, INTERPOL de Ecuador, a la Embajada de los Estados Unidos de América en el Ecuador, al Viceministerio de Atención de Personas Privadas de Libertad y a la Subsecretaría de Rehabilitación, Social, Reinserción y Medidas Cautelares Para Adultos del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, quienes prestaran las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta repatriación.

Art. 5.- Esta repatriación surtirá efecto al ser aprobada por los Estados Unidos de América.

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Martes 18 de Agosto de 2015