Acuerdo 1029 Inscríbense y refórmense los estatutos de Centro de Avivamiento Río de Fuego, domiciliado en el cantón Ibarra, provincia de Imbabura ...

Nro. 1029

Juan Sebastián Medina Canales

SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

Acuerda:

Art. 1.- Disponer la inscripción del Estatuto del CENTRO DE AVIVAMIENTO RÍO DE FUEGO, en el Registro de las Organizaciones Religiosas del Registro de la Propiedad del cantón Ibarra, provincia de Imbabura, domicilio de la entidad.

Art. 2.- Ordenar la publicación del Estatuto de la organización religiosa denominada CENTRO DE AVIVAMIENTO RÍO DE FUEGO, en el Registro Oficial.

Art. 3.- Disponer se incorpore al registro general de entidades religiosas del Ministerio de Justicia, Derechos

 

 

Humanos y Cultos, el Estatuto y el expediente del CENTRO DE AVIVAMIENTO RÍO DE FUEGO.

Art. 4.- Disponer a la organización religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, cualquier modificación en los Estatutos; integrantes de su gobierno interno; ingreso y salida de miembros; y, representante legal de la entidad, a efectos de ordenar su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Art. 5.- Encargar la ejecución del presente acuerdo a la Dirección de Regulación y Promoción de la Libertad de Religión, Creencia y Conciencia y Dirección de Secretaría General del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

El presente Acuerdo, entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Jueves 20 de Agosto de 2015