Que mediante Decreto Ejecutivo No. 670 de 29 de abril de
2015, se designó al Ing. Eduardo Egas Peña, como Ministro de Industrias y Productividad;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154, numeral 1, de la Constitución de la República, a las ministras y ministros de Estado les corresponde dirigir la política del Ministerio a su cargo y expedir las normas, acuerdos y resoluciones que requiera la gestión ministerial;
Que según el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, los ministros pueden delegar sus atribuciones cuando la conveniencia institucional así lo requiera;
Que el artículo 17, segundo y tercer inciso, del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, ERJAFE, dice:
“Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado.
Las delegaciones ministeriales a las que se refiere este artículo serán otorgadas por los Ministros de Estado mediante acuerdo ministerial, el mismo que será puesto en conocimiento del Secretario General de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por la Ley o por Decreto. La delegación será publicada en el Registro Oficial”;
Que el artículo 57 del mismo Estatuto citado dispone: “La delegación podrá ser revocada en cualquier momento por el órgano que la haya conferido y se extinguirá, en el caso de asuntos únicos, cuando se haya cumplido el acto cuya expedición o ejecución se delegó”;
Que de acuerdo con el artículo 20, último inciso, del Reglamento de la Ley de Extranjería, el Consejo Consultivo de Política Migratoria tendrá como asesor al Director de Inversiones Extranjeras del Ministerio de Industrias, Comercio e Integración y Pesca;
Que en el Memorando No. MIPRO-CGP-2015-0323-M, de 10 de julio de 2015, la Mgs. Vanessa Gallegos Unda expresa: “Esta Cartera de Estado no cuenta con una Dirección de Inversiones Extranjeras; sin embargo, por Decreto debe formar parte del Consejo Consultivo y asistir a las reuniones convocadas...”, por lo que sugiere: “...delegar al Coordinador de la Zonal 6 (Cuenca) como delegado del Ministerio de Industrias y Productividad, para que represente a esta Cartera de Estado, en las sesiones convocadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana...”.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales