No. 200-2009
EL MINISTRO DE CULTURA
Acuerda:
Art. 1.- Inscribir y registrar la reforma aprobada por la Junta Directiva de la Orquesta Sinfónica de Guayaquil al “Reglamento Orgánico Funcional”; en el artículo 4 suprímase el literal d), por haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, con el siguiente agregado:
“Articulado….- La Orquesta se someterá a las disposiciones del Ministerio de Cultura en cumplimiento de los objetivos para los cuales es creada.
Serán las actividades de la Orquesta y/o de sus personeros las que determinen si esta es o no sujeto de obligaciones tributarias directas o indirectas.
La Orquesta cumplirá estrictamente lo dispuesto en el Reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el Título XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civil”.
Art. 2.- La orquesta se sujetará a lo dispuesto en las reformas al Reglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución, y registro de socios y directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales, expedidas en el Decreto Ejecutivo No. 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en Registro Oficial No. 311 de 8 de abril del 2008, en especial lo previsto en los artículos 5 y 30 de las reformas al reglamento.
Art. 3.- Remitir copia de este acuerdo ministerial a la Dirección del Registro Oficial para su publicación. Este acuerdo entrará en vigencia en forma inmediata sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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