Acuerdo 2015-019: Refórmese el Acuerdo Nro. 2014-001 de 02 de enero del 2014, publicado en el Registro Oficial 176 de 04 de febrero del 2014

René Ramírez Gallegos

SECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

 Expedir las siguientes reformas el Acuerdo Nro. 2014-001 de fecha 02 de enero del 2014, publicado en el Registro Oficial 176 de fecha 04 de febrero del 2014.

Artículo 1.- Agréguese en el Artículo 2, el siguiente numeral: 21)  Suscribir  respecto de las/los servidoras/es extranjeras/os de la Secretaría los formularios para la autorización de permiso de trabajo de extranjeros y carnet ocupacional, y demás documentación relacionada ante el Ministerio de Trabajo.

Artículo 2.- Sustitúyase en el artículo 3, el número 1), por el siguiente:

1) Autorizar y suscribir todos los actos administrativos y contratos para la adquisición de bienes y prestación de servicios cuya necesidad será generada por las unidades a su cargo, hasta el valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,00003 por el monto del presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico, otorgándole para el efecto las atribuciones y facultades previstas en los numerales 5,

6 y 7 del Coordinador General Administrativo y Financiero; y, las de prestación de servicios de consultoría cuando el presupuesto referencial sea inferior o igual al valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,00003 por el monto del presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico, exceptuándose las contrataciones de consultoría que se realizaren con consultores extranjeros que serán autorizados y aprobados directamente por el Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, siempre y cuando se encuentre dentro de las atribuciones inherentes a su cargo, para lo cual se deberá observar las políticas expedidas por el Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.”

Artículo 3.- Notifíquese con el contenido de este Acuerdo a las Subsecretarias Generales de esta Cartera de Estado, la Coordinación General Administrativa y Financiera y la Coordinación General de Asesoría Jurídica, así como a todas las unidades administrativas de la Institución para su efectivo cumplimiento.

Artículo 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Jueves 2 de Abril de 2015