Que, el artículo 154, numeral 1 de la Constitución Política de la República del Ecuador, establece que las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario/a delegado/a;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 385 de 30 de junio de 2014, publicado en el Registro Oficial No. 301 de 31 de julio de 2014, el señor Presidente Constitucional de la República, Economista Rafael Correa Delgado, nombró a la Magister Sandra Naranjo Bautista, como Ministra de Turismo;
Que, el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Turismo, publicado mediante Registro Oficial No. 85 de 20 de diciembre de 2013, en su artículo 11, Capítulo VI de la Estructura Descriptiva, numeral 1 Proceso Gobernante, punto 1.1 Direccionamiento Estratégico del Ministro/a de Turismo, literal f); le faculta a la Máxima Autoridad a: “Nombrar, remover, y legalizar toda acción administrativa o delegarlas de acuerdo con la Ley”;
Que, el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Turismo, publicado mediante Registro Oficial No. 85 de 20 de diciembre de 2013, en su artículo 11, Capítulo VI de la Estructura Descriptiva, numeral 2 Procesos Sustantivos, punto 2.1 Gestión Turística del Viceministro/a, literal l); le faculta al Viceministro a: “Ejercer la demás funciones y atribuciones establecidas en la Leyes, Normativas, y aquellas que le delegare el/la Ministro/a”; y,
Que, el Ministerio de Turismo, en cumplimiento del objetivo estratégico dispuesto en el artículo 9, del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Turismo, publicado mediante Registro Oficial No. 85 de 20 de diciembre de 2013, busca según lo establece su numeral 1: “Posicionar al Ecuador como un destino líder en el mundo en los parámetros del turismo consciente: sostenibilidad, ética y experiencia de vida transformadora. (…)”; lo que ejecutará a través de la asistencia de su máxima autoridad Sandra Naranjo Bautista, quien llevará a cabo reuniones de trabajo para promocionar el destino Ecuador y proponer aperturas de nuevas rutas aéreas, en la ciudad de Nueva York – Estados Unidos de Norte América del 13 al 17 de mayo del 2015;
En ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución de la República del Ecuador, la Ley y los Estatutos;