Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 66, numeral 13, reconoce y garantiza a las personas: “El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma libre y voluntaria”;
Que, laCodificación delCódigo Civil,publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 46 de 24 de junio del 2005 en su Art. 577 primer inciso, establece que las corporaciones no pueden disolverse por sí mismas, sin la aprobación de la autoridad que legitimó su establecimiento;
Que, el Reglamento para la aprobación, control y extinción depersonas jurídicas dederecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el Título XXX del Libro I de la Codificación del Código Civil y en las leyes especiales, contempla que cuando la disolución fuera decidida por la asamblea general, se comunicará de este hecho al Ministerio correspondiente;
Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del estatuto de la fundación, y mediante resolución adoptada por mayoría de socios en asamblea general de miembros, realizada el día 24 de enero del 2010, en la que deciden disolver la Asociación Jardín Botánico “LAS ORQUÍDEAS”,de acuerdo a lo establecido en los artículos 15 y 16 del Decreto Ejecutivo No.3054 publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002;
Que, mediante Acuerdo No. 056 de fecha 16 de junio del 2009, publicado en el Registro Oficial No. 641 de 25 de julio del 2009, la Ministra del Ambiente, facultó al Director Nacional de Asesoría Jurídica varias de sus funciones, entre las que consta en el Art. 1, literal d) “Aprobar los Estatutos de corporaciones, fundaciones y asociaciones vinculadas a los ámbitos de competencia de este Ministerio y sus respectivas reformas; al igual que disolver, de forma motivada, las corporaciones, fundaciones y asociaciones conforme a las causales previstas en el Estatuto Social de cada organización”;
Que, mediante oficios de fechas 29 de marzo y 14 de junio del 2010, emitidos por el Registrador de la Propiedad del Cantón Pastaza, certifica que la Asociación de Rescate de Flora Amazónica Jardín Botánico LAS ORQUÍDEAS, no registra bienes;
Que, la doctora Doris Jaramillo, funcionaria de la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica de esta Cartera de Estado, verifica los documentos de respaldo, el cumplimiento de los requisitos y emite el informe favorable para la disolución de la Asociación Jardín Botánico “LAS ORQUÍDEAS”, mediante memorando No. MAE-DNAJ-2010-1768, de fecha 10 de noviembre del 2010; y,
Que, en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador; de los decretos ejecutivos Nos. 3054, publicado en el Registro Oficial 660 del 11 de septiembre del 2002 y No. 982, publicado en el Registro Oficial No. 311 del 8 de abril del 2008,