No. 236
LA MINISTRA DEL AMBIENTE
Acuerda:
Art. 1.- Declarar área de bosque y vegetación protectora a nueve mil novecientos dos con noventa y tres hectáreas (9.902,93 has) que conforman el área ubicada en la provincia de Los Ríos, cantón Valencia, parroquia Valencia, bajo la denominación de Bosque y Vegetación Protector Murocomba, cuya descripción, ubicación geográfica, situación administrativa y límites son los siguientes:
Localización geográfica (cuadrante) |
Latitud/ longitud |
UTM |
|
Sitio |
Punto |
X |
X |
Río Toachi |
Norte |
709284 |
9940147 |
Límite Provincial |
Oeste |
711765 |
9933773 |
Coop. Murocomba |
Sur |
705592 |
9927048 |
Río Toachi Chico |
Este |
701409 |
9929005 |
- Norte: Provincia del Cotopaxi la Reserva Los Ilinizas.
- Sur: Recinto Cooperativa Murocomba.
- Este: Provincia del Cotopaxi límite provincial.
- Oeste: Provincia de Sto. Domingo de los Tsáchilas y río Toachi.
Art. 2.- El plan de manejo será implementado como una sola Unidad de Administración, para lo cual se encarga a la Dirección Provincial de Los Ríos y los demás actores que se encuentren relacionados con el área declarada.
Art. 3.- Prohibir todas aquellas actividades que no sean compatibles con los fines que persigue el área declarada conforme a la ley, y que a partir de la suscripción del presente acuerdo del área en referencia.
Art. 4.- Inscríbase, el presente acuerdo en el Registro Forestal que lleva la Dirección Provincial de Los Ríos para que proceda a su registro, apoyo, control y seguimiento de la ejecución del plan de manejo en los términos allí establecidos. Remítase una copia certificada del presente, para los fines legales correspondientes, a la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria (Ex INDA), creada mediante Decreto Ejecutivo No. 373, de fecha 28 de mayo del 2010, publicado mediante Registro Oficial Suplemento No. 206 de fecha 3 de junio del 2010, e inscríbase el presente acuerdo ministerial en el Registro de la Propiedad del cantón respectivo.
Art. 5.- De la ejecución de este acuerdo ministerial encárguese a la Dirección Nacional Forestal y la Dirección Provincial de Los Ríos. El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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