Acuerdo 236 Declárase área de bosque y vegetación protectora al sitio denominado MUROCOMBA, de 9.902,93 has, ubicada en el cantón Valencia, provincia de Los Ríos

No. 236
LA MINISTRA DEL AMBIENTE 

Acuerda:

Art. 1.- Declarar área de bosque y vegetación protectora a nueve mil novecientos dos con noventa y tres hectáreas (9.902,93 has) que conforman el área ubicada en la provincia de Los Ríos, cantón Valencia, parroquia Valencia, bajo la denominación de Bosque y Vegetación Protector Murocomba, cuya descripción, ubicación geográfica, situación administrativa y límites son los siguientes:

Localización geográfica (cuadrante)

Latitud/

longitud

UTM

 

Sitio

Punto

X

X

Río Toachi

Norte

709284

9940147

Límite Provincial

Oeste

711765

9933773

Coop. Murocomba

Sur

705592

9927048

Río Toachi Chico

Este

701409

9929005

  • Norte: Provincia del Cotopaxi la Reserva Los Ilinizas.
  • Sur: Recinto Cooperativa Murocomba.
  • Este: Provincia del Cotopaxi límite provincial.
  • Oeste: Provincia de Sto. Domingo de los Tsáchilas y río Toachi.

Art. 2.- El plan de manejo será implementado como una sola Unidad de Administración, para lo cual se encarga a la Dirección Provincial de Los Ríos y los demás actores que se encuentren relacionados con el área declarada.

Art. 3.- Prohibir todas aquellas actividades que no sean compatibles con los fines que persigue el área declarada conforme a la ley, y que a partir de la suscripción del presente acuerdo del área en referencia.

Art. 4.- Inscríbase, el presente acuerdo en el Registro Forestal que lleva la Dirección Provincial de Los Ríos para que proceda a su registro, apoyo, control y seguimiento de la ejecución del plan de manejo en los términos allí establecidos. Remítase una copia certificada del presente, para los fines legales correspondientes, a la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria (Ex INDA), creada mediante Decreto Ejecutivo No. 373, de fecha 28 de mayo del 2010, publicado mediante Registro Oficial Suplemento No. 206 de fecha 3 de junio del 2010, e inscríbase el presente acuerdo ministerial en el Registro de la Propiedad del cantón respectivo.

Art. 5.- De la ejecución de este acuerdo ministerial encárguese a la Dirección Nacional Forestal y la Dirección Provincial de Los Ríos. El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Viernes 17 de Diciembre de 2010