No. 246
LA MINISTRA DEL AMBIENTE
Acuerda:
Expedir las siguientes reformas al “ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE”, acuerdos ministeriales números 175, 175-A; y, 104 de 19 y 20 de noviembre del 2008; y 29 de octubre del 2009 respectivamente, publicados en los registros oficiales números 509, 538; y, 81 de 19 de enero, 2 de marzo y 4 de diciembre del 2009, respectivamente en los siguientes términos:
Art. 1.- En el Art. 3 del Acuerdo Ministerial No. 175, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 509 de 19 de enero del 2009, Puestos Directivos.- Reemplácese los puestos de Subsecretario Administrativo Financiero, por Coordinador General Administrativo Financiero y de Subsecretario de Planificación Ambiental por Coordinador General de Planificación.
Art. 2.- En el Art. 3 del Acuerdo Ministerial No. 175, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 509 de 19 de enero del 2009, créase el puesto de Coordinador General Jurídico.
Art. 3.- En el Art. 5 del Acuerdo Ministerial No. 175, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 509 de 19 de enero del 2009, Miembros Permanentes.- Reemplácese “Subsecretario Administrativo Financiero” por “Coordinador General Administrativo Financiero”, “Subsecretario de Planificación Ambiental” por “Coordinador General de Planificación”, “Director Nacional de Asesoría Jurídica”, por “Coordinador General Jurídico”, “Director de Recursos Humanos” por “Director de la Administración de Recursos Humanos”.
Art. 4.- Reformar en el Art. 7 Estructura Organizacional, numeral 5.2 Mapa de Procesos, de la siguiente manera:
Art. 5.- En el Art. 7 Estructura Organizacional, numeral 5.3. Estructura Orgánica del Ministerio del Ambiente reemplácese la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica por Coordinación General Jurídica.
Art. 6.- En el Art. 7 Estructura Organizacional, numeral 5.3. Estructura Orgánica del Ministerio del Ambiente reemplácese la Subsecretaría de Planificación Ambiental, por Coordinación General de Planificación, eliminar la Dirección de Planificación y Políticas Ambientales, Dirección Inversión Ambiental Seguimiento y Evaluación de Proyectos y Cooperación Internacional y la Dirección de Información, Investigación y Educación Ambiental y crear la Dirección de Planificación e Inversión y la Dirección de Información, Seguimiento y Evaluación.
Art. 7.- En el Art. 7 Estructura Organizacional, numeral 5.3. Estructura Orgánica del Ministerio del Ambiente reemplácese la Subsecretaría Administrativa Financiera, por Coordinación Administrativa Financiera, la Dirección de Recursos Humanos, por Dirección de Administración de Recursos Humanos y la Dirección Tecnológica, por Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Art. 8.- En el Art. 7 Estructura Organizacional, en los numerales 8.1.1, 8.1.1.1, 8.1.1.2, 8.1.1.3 eliminar Subsecretaría de Planificación Ambiental, Dirección de Planificación y Políticas Ambientales, Dirección de Inversión Ambiental Seguimiento y Evaluación de Proyectos y Cooperación Internacional, y la Dirección de Información, Investigación y Educación Ambiental.
Art. 9.- Incluir en el numeral 8.1 del artículo 7 Procesos Habilitantes de Asesoría, el numeral 8.1.1, Coordinación General de Planificación de la siguiente manera:
8.1 PROCESOS HABILITANTES DE ASESORÍA.
8.1.1 COORDINACIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN.
1. COORDINACIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN.
Misión:
Dirigir, coordinar y asesorar que las actividades y los recursos invertidos por el Ministerio del Ambiente, estén en función de la visión, misión y objetivos ministeriales, tanto en el ámbito nacional como en el territorial; insertando la variable ambiental en la promoción del desarrollo social, cultural y económico, productivo, en lineamiento con la planificación nacional y los principios de integración, participación, descentralización, desconcentración, transparencia y eficiencia.
Este órgano administrativo está representado por el Coordinador General de Planificación.
Atribuciones y responsabilidades:
- Delinear las directrices de la Planificación Ambiental Nacional.
- Liderar el seguimiento a la implementación de la Política Ambiental Nacional y del Plan Estratégico Institucional.
- Priorizar las líneas de inversión.
- Enlazar la planificación institucional con la nacional.
- Ser responsables por el seguimiento a los planes, programas y proyecto.
- Asumir la revisión, actualización y modificaciones de la Política Ambiental Nacional y el Plan Estratégico Institucional.
- Asesorar institucionalmente en todo lo relacionado con la planificación ambiental.
- Aprobar y dar seguimiento los documentos institucionales relacionados con planificación.
- Responsable del seguimiento y evaluación de planes y acuerdos multilaterales sobre medio ambiente.
- Define las prioridades de cooperación de acuerdo a la política institucional.
- Aprobar las líneas de investigación Ambiental Nacional.
- Estructurar el Sistema Único de Información Ambiental Nacional y sus indicadores.
- Asumir la articulación de los ejes de interculturalidad, participación ciudadana y género en las políticas, estrategias, planes y programas de la gestión ambiental.
- Responsable de la planificación, coordinación, seguimiento de todas las acciones relacionadas a la ejecución de los proyectos de la política ambiental.
- Validar los productos de las diferentes direcciones de la Coordinación General.
- Dar seguimiento y evaluación a los directores de la Coordinación General.
Estructura Básica:
8.1.1.1. DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN E INVERSIÓN.
Misión:
Contribuir en el diseño y definición de planes, programas y proyectos institucionales considerando la misión, visión, objetivos institucionales, políticas sectoriales y metas del Gobierno Nacional.
Este órgano administrativo está representado por la Dirección de Planificación e Inversión.
Atribuciones y responsabilidades:
- Responsable de coordinar la formulación de la pro forma presupuestaria.
- Responsable de coordinar la planificación institucional.
- Formular, asesorar, crear equipos y dirigir la formulación de proyectos de inversión.
- Definir las prioridades de cooperación de acuerdo a la política institucional.
- Administración del SIP y SIGOB.
- Organizar y dar seguimiento y evaluar al personal a su cargo.
Productos y servicios:
- Plan Operativo Anual aprobado.
- Pro forma presupuestaria. Planes institucionales.
- Informe de asistencia técnica para proyectos de inversión, en las fases de priorización, formulación, negociación y ejecución.
- Informes sobre el estado de los convenios y/o acuerdos internacionales multilaterales sobre medio ambiente.
- Agenda de cooperación internacional actualizada. Proyectos de convenios memorandos de entendimiento, acuerdos, actas de cooperación, actas de cooperación internacional técnica y financiera.
- Sistema Administrativo-Financiero de Proyectos (UEP).
- Reportes del inventario de proyectos del Sistema de Inversión Pública, SIP. Plan Anual de Inversiones.
- Reportes del inventario de compromisos generados a través del SIGOB.
Estrategias para la implementación de los ejes de interculturalidad, género y participación ciudadana y manejo de conflictos socio ambientales.
8.1.1.2 DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.
Misión:
Promover estrategias para brindar información oportuna y confiable que permitan asistir técnicamente a la toma de decisiones, para lo cual desarrollará e impulsará la implantación del sistema de información ambiental, definición de indicadores/índices, institucionalización de la investigación, así como el seguimiento y evaluación de las políticas sectoriales y metas del Gobierno Nacional y proyectos de la política ambiental.
Este órgano administrativo está representado por la Dirección de Investigación, Seguimiento y Evaluación.
Atribuciones y responsabilidades:
- Responsable del seguimiento y evaluación de planes y acuerdos multilaterales sobre medio ambiente.
- Coordinar el seguimiento y evaluación de la Política Ambiental Nacional.
- Ser responsable del seguimiento y evaluación de planes y acuerdos multilaterales sobre medio ambiente.
- Dar seguimiento y evaluar el cumplimiento de los Planes Operativos Institucionales (DIIEA).
- Dar seguimiento a los coordinadores de proyectos de la Política Ambiental.
- Realizar el seguimiento y evaluación a la implementación del Plan Estratégico Institucional.
- Liderar, dar seguimiento y evaluar el proceso de descentralización ambiental y manejo de conflictos.
- Responsable del Sistema Único de Información Ambiental Nacional y sus indicadores.
- Generar información que apoye la toma de decisiones. Liderar y determinar las líneas de investigación Ambiental Nacional.
- Establecer las líneas estratégicas de investigación ambiental.
- Administración del SIPLAN.
- Organizar y dar seguimiento y evaluar al personal a su cargo.
Productos y servicios:
- Informes de seguimiento al cumplimiento del plan operativo.
- Informe y seguimiento a los planes instituciones. Informe de seguimiento y evaluación a la Política
- Ambiental Nacional.
- Informe de seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Estratégico Institucional.
- Informe de seguimiento y evaluación al Proceso de
- Desconcentración y Descentralización Ambiental. Sistema Único de Información Ambiental.
- Estrategias de Investigación Ambiental.
- Reportes del inventario de proyectos ministeriales del SIPLAN.
- Informe de seguimiento de la aplicación del Plan de Educación Ambiental en escuelas y colegios.
- Programas de capacitación y concienciación ambiental.
- Guías didácticas del Plan Nacional de Educación Ambiental y otros materiales en temas ambientales.
Art. 10.- En el Art. 7 Estructura Organizacional, en los numerales 8.1.1, 8.1.3 la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica cambia a Coordinación General Jurídica.
Art. 11.- En el numeral 8.2 Procesos Habilitantes de Apoyo, en el artículo 7.- Estructura Organizacional, sustitúyase en el numeral 8.2.1 Subsecretaría Adminis- trativa Financiera por Coordinación Administrativa Financiera.
Art. 12.- En el Art. 7.- Estructura Organizacional, sustitúyase en el numeral 8.2.1.3 Dirección de Recursos Humanos por Dirección de Administración de Recursos Humanos.
Art. 13.- En el Art. 7.- Estructura Organizacional, sustitúyase en el numeral 8.2.1.4 Dirección Tecnológica, por Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2011, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
De la ejecución del presente acuerdo, encárguese a la Coordinación Administrativa-Financiera y a la Dirección de Administración de Recursos Humanos de esta Cartera de Estado.
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