Acuerdo 264 Dispónese que los beneficiarios de las transferencias monetarias del MIES, recibirán en forma gratuita kits de inducción

N° 264

Esteban Albornoz Vintimilla

MINISTRO DE ELECTRICIDAD Y ENERGÍA RENOVABLE

Acuerda:

Artículo 1.- Los beneficiarios de las transferencias monetarias  del  Ministerio  de  Inclusión  Económica  y Social, MIES (Beneficiarios del Bono de Desarrollo Humano) que se encuentren en la base del Registro Social del Ministerio Coordinador de Desarrollo Social y que cumplan con las condiciones definidas por la Gerencia del Programa PEC de la Subsecretaría de Energía Renovable y Eficiencia Energética, recibirán en forma gratuita Kits de inducción, como parte de la ejecución del “Programa de Eficiencia Energética para Cocción por Inducción y Calentamiento  de  agua  con  electricidad  en  el  sector residencial”, de acuerdo al perfil aprobado en el dictamen de prioridad emitido por SENPLADES mediante Oficio Nro. SENPLADES-SGPBV-2015-0690-OF de fecha 17 de agosto de 2015, con el fin de incentivar el uso de tecnologías ambientalmente limpias, sanas, económicas y renovables.

Cada Kit de inducción estará compuesto por: una cocina de inducción, un juego de ollas para inducción y la instalación del circuito interno a 220 Voltios.

Artículo 2.- La Subsecretaría de Energía Renovable y Eficiencia   Energética,   a   través   de   la   Gerencia   del Programa PEC, en coordinación con la Subsecretaría de Distribución y Comercialización de Energía   y   la CNEL EP   -   Unidad   de   Negocio   de   Eficiencia   Energética, definirán las estrategias, directrices y mecanismos para la entrega e instalación de los kits de inducción a los beneficiarios  del  Bono  de  Desarrollo  Humano  (BDH) dentro del “Programa Cocción Eficiente”.

Artículo 3.- La Subsecretaría de Energía Renovable y Eficiencia Energética, por petición de la Gerencia del Programa PEC, solicitará a la Coordinación General de Planificación y a la Coordinación General Administrativa Financiera, gestionen ante el Ministerio de Finanzas, el financiamiento y entrega oportuna de los recursos necesarios para la ejecución del referido Programa.

Los  desembolsos  se  canalizaran  a  través  de  la  cuenta del   Ministerio   de   Electricidad   y   Energía   Renovable o de la CNEL EP - Unidad de Negocio de Eficiencia Energética, según corresponda, y formarán parte de su presupuesto.

Artículo 4.- La CNEL EP - Unidad de Negocio de Eficiencia Energética realizará la entrega de los kits de inducción dispuestos en el artículo 1 del presente instrumento, de forma directa o a través de terceros previa suscripción de los convenios o instrumentos jurídicos respectivos, a favor de quienes acrediten la condición de beneficiarios del Bono de Desarrollo Humano (BDH) al momento de la entrega, conforme a la base de datos entregada   por   el   MIES,   para   lo   cual   las   Empresas Eléctricas de Distribución, en sus áreas de servicio respectivas,  procederán  con  la  instalación  de  las acometidas, medidores y circuitos internos para el uso de las cocinas de inducción.

Artículo 5.- La  Subsecretaría de Energía Renovable y Eficiencia   Energética,   a   través   de   la   Gerencia   del Programa PEC, elaborará en coordinación con la Subsecretaría de Distribución y Comercialización de Energía, el Manual del Modelo de Gestión, que permita la ejecución  del  presente  Acuerdo  Ministerial,  en  el  que deberá constar  entre otros, la programación  de entregas, asignaciones, y más detalles técnico-operativos a   implementarse  dentro del  

 “Programa    Cocción Eficiente”.

El referido manual, una vez aprobado por el Ministro o su delegado será de cumplimiento obligatorio y podrá ser modificado de acuerdo a los requerimientos técnicos y necesidades que surjan durante la implementación del Programa.

Artículo 6.- La Gerencia del Programa PEC, una vez se haya efectuado la entrega gratuita de los Kits de inducción a los beneficiarios del Bono de Desarrollo Humano, presentará informes de avance trimestrales y un informe final del cumplimiento del presente Acuerdo Ministerial.

DISPOSICIÓN FINAL

De la ejecución del presente Acuerdo, que entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese a las Subsecretarías de Energía Renovable y Eficiencia Energética y Distribución y Comercialización de Energía; y, a la Gerencia del Programa PEC.

Martes 15 de Septiembre de 2015