No. 5457
José Ricardo Serrano Salgado
MINISTRO DEL INTERIOR
Acuerda:
Expedir la Reforma al Reglamento Orgánico Funcional de la Dirección General de Personal de la Policía Nacional, expedido mediante Acuerdo Ministerial No. 210 de 31 de agosto de 2006, publicado en el Registro Oficial No. 355 de 13 de septiembre de 2006, en los siguientes términos:
Artículo 1.- En el Título II, Capítulo Único de la Estructura Orgánica, artículo 9, después del numeral 4.1, incorporar un innumerado, que diga:
"Proceso de Seguridad e Higiene del Trabajo".
Artículo 2.- En el Capítulo IV, De los Órganos del Proceso Gestión de Ejecución, Sección Primera, a continuación del artículo 27, incorporar lo siguiente:
"Del Proceso de Seguridad e Higiene del Trabajo:
Art. ….- Este proceso será el responsable de preservar permanentemente la seguridad y salud laboral de las y los servidores policiales y civiles de la Policía Nacional, a través de la ejecución de programas de prevención y atención, que permita ejercer una adecuado control de los riesgos del trabajo, accidentes y enfermedades profesionales, con el propósito de reducir los índices de accidentabilidad.
Art. ... .- El Proceso de Seguridad e Higiene del Trabajo será el responsable de:
- Coordinar y colaborar con los diferentes organismos públicos y afines, con el propósito de coadyuvar al cumplimiento de la misión asignada;
- Asesorar técnicamente en el área de su competencia, elaborar informes y proponer la aplicación de normas, manuales, proyectos y otros instrumentos técnicos;
- Reconocer, evaluar y controlar los factores de riesgos en los ambientes laborales de la organización;
- Desarrollar programas de capacitación continua, que permitan el efectivo desarrollo de las actividades;
- Mantener registros estadísticos respecto a la accidentabilidad, morbilidad y ausentismo laboral, a fin de evaluar los resultados obtenidos periódicamente;
- Implementar un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, que contenga las gestiones referentes a lo administrativo, talento humano, técnica y procedimientos y programas operativos básicos, de acuerdo a lo que dispone la Organización Internacional del Trabajo;
- Conservar un archivo digital y físico de exámenes pre ocupacionales, ocupacionales y pos ocupacionales; así como llevar un archivo de documentos originados en la actividad que cumple la referida Unidad; y,
- Coordinar con la Dirección Nacional de Bienestar Social, con el propósito de coadyuvar a la aplicación de las políticas relacionadas a mantener un clima laborar adecuado".
Artículo 3.- La Reforma que contiene el presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y en la Orden General; y, de su ejecución encárguese el Director General de Personal de la Policía Nacional.
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