Acuerdo 6172-A Dispónese el traspaso a título gratuito bajo la fi gura de donación a favor del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Portoviejo, una fracción de terreno, ubicado en la ciudad de Portoviejo, provincia de Manabí ....

No. 6172-A

Diego Xavier Fuentes Acosta

MINISTRO DEL INTERIOR (S) 

Acuerda:

Artículo 1.- El Ministerio del Interior traspasa a título gratuito bajo la figura de donación a favor del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de la ciudad de Portoviejo, la fracción de terreno de 4.048,29 m2 dentro del predio de mayor extensión de 36.607.31 m2, con clave catastral N° 00302-53-001-000-000 ubicado en la avenida

15 de Abril entre la calle Medardo Cevallos y avenida Uruguay de la ciudad Portoviejo, provincia de Manabí, área necesaria para la prolongación de la vía dentro de la planificación territorial del Municipio de Portoviejo para la construcción de un dueto cajón que encausará el agua de la quebrada Monte Santo-Galápagos.

Artículo 2.- Delegar al Gobernador de la provincia de Manabí para que a nombre y representación del señor Ministro del Interior suscriba y legalice la escritura pública de transferencia de dominio así como; todo acto inherente al cumplimiento de dicho fin quien será civil, penal y administrativamente responsable.

Artículo 3.- Disponer la entrega y recepción de la fracción descrita en el artículo 1, entre el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de la ciudad de Portoviejo y Ministerio del Interior, en la que intervendrán los Directores Financieros respectivos y los Guardalmacenes de bienes o quienes hagan sus veces en cada entidad, con sujeción

 

 

 

a la disposición del artículo 64 del Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público.

Artículo 4.- Los gastos que demande el traspaso del área de 4.048,29 m2 materia del presente Instrumento, serán asumidos por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de la ciudad de Portoviejo y de igual manera, se procederá con el cambio de titularidad a favor de la menciona Cartera de Estado, de los servicios básicos con los que cuenta éste inmueble; así como sus obligaciones de pago respectivo.

Artículo 5.- El presente Acuerdo será puesto en conocimiento de la máxima autoridad del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público INMOBILIAR; Contraloría General del Estado; Procuraduría General del Estado y Secretaría Nacional de la Administración Pública.

Artículo 6.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Lunes 14 de Septiembre de 2015