Acuerdo 95 Refórmese el Estatuto de la Asociación Latinoamericana de Información (ALAI).

No. 95

Fernando Alvarado Espinel

SECRETARIO NACIONAl DE COMUNICACIÓN

Acuerda:

Art. 1.- Acoger el informe jurídico contenido en el Memorando Nro. SNC-DAL-2014-0038-M de 24 de septiembre de 2015 suscrito por el Director de Asesoría Legal de la Secretaría Nacional de Comunicación.

Art. 2.- Aprobar las reformas introducidas al Estatuto de la corporación de primer grado denominada ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE INFORMACIÓN (ALAI), con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, sin modificación alguna, cuyo texto codificado se anexa al presente acto admistrativo como parte integrante.

Art. 3.- La organización cumplirá sus fines y actividades con sujeción al Estatuto reformado y codificado en esta fecha, así como a las normas contenidas en el Reglamento para el funcionamiento del Sistema Unificado Información de Organizaciones Sociales y Ciudadanas publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 570 de 21 de agosto de

2015.

Art. 4.- De conformidad a lo ordenado en el artículo 36 del Reglamento para el funcionamiento de la Codificación y Reformas al Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas, la Secretaría Nacional de Comunicación podrá requerir, en cualquier momento, de oficio, a las corporaciones y fundaciones que se encuentran bajo su control, actas de asambleas, informes económicos, informes de auditoría y memorias aprobadas, o cualquier otra información que se refieran a sus actividades, asimismo, la organización tendrá la obligación de facilitar el acceso a los funcionarios competentes del Estado para realizar verificaciones físicas.

Art. 5.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción.

Martes 29 de Septiembre de 2015