Acuerdo Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES) de Ecuador y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la República Oriental del Uruguay (OPP)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA SECRETARÍA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO (SENPLADES) DE LA REPÚBLICA DE ECUADOR Y LA OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (OPP)

ACUERDAN:

CLÁUSULAS:

PRIMERA.- OBJETIVO DEL CONVENIO

El presente Convenio tiene como objetivo, que la SENPLADES y la OPP, establezcan relaciones de cooperación en los términos de sus respectivas competencias, fomentando el aporte e intercambio de experiencias de ambos países que pasarán a ser parte del presente documento, mismos que deberán precisar los objetivos, metas, recursos humanos y financieros, así como los mecanismos de seguimiento y evaluación que garanticen su correcta ejecución.

SEGUNDA.- ÁREAS DE COOPERACIÓN

Las partes promoverán y gestionarán planes, programas y proyectos de acuerdo con sus posibilidades para la realización de las siguientes actividades:

  1. Compartir, a través de la capacitación e intercambio de conocimientos, la experiencia de ambas partes en relación al Sistema de Planificación;
  2. Desarrollar investigaciones y espacios de debate en áreas de común interés.
  3. Intercambiar experiencias y buenas prácticas en el área de la cooperación internacional.
  4. Fortalecer el Departamento de Cooperación Internacional de la OPP, con énfasis en el Modelo de Gestión de la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional y su experiencia en la elaboración del Catálogo de Cooperación Sur-Sur y el Catálogo de Cooperación Internacional.

TERCERA.- EJECUCIÓN

Para alcanzar los objetivos descritos en este Convenio, las partes efectuarán las siguientes acciones:

La SENPLADES se compromete a:

  1. Compartir experiencias exitosas llevadas a cabo en Reformas y/o procesos de transformación del Estado, sistemas, subsistema e instrumentos de Planificación, Participación Ciudadana y todo lo referente al Plan Nacional de Desarrollo para el Buen Vivir.
  2. Planificar actividades, acciones, planes y proyectos específicos de cooperación interinstitucional.
  3. Asignar a los funcionarios requeridos para que cumplan con las actividades de asistencia técnica establecidas en el presente convenio.
  4. Ofrecer a la contraparte las condiciones adecuadas para su trabajo, en caso de visita a la República del Ecuador, en lo relacionado con espacio físico y materiales de trabajo.
  5. Facilitar información a la OPP, en caso de visita al Ecuador, y visita de campo de conocimiento de buenas prácticas en los temas que son objeto de este Convenio.

Por otro lado, la OPP se compromete a:

  1. Compartir experiencias exitosas llevadas a cabo en procesos de transformación del Estado, sistemas, subsistema e instrumentos de Planificación, Participación y Control social.
  2. Planificar actividades, acciones, planes y proyectos específicos de cooperación interinstitucional.
  3. Asignar a los funcionarios requeridos para que cumplan con las actividades de asistencia técnicas establecidas en el presente convenio.
  4. Ofrecer a la contraparte las condiciones adecuadas para su trabajo, en caso de visita a la República del Uruguay en lo relacionado con espacio físico y materiales de trabajo.
  5. Facilitar información a la SENPLADES en caso de visita al Uruguay, y visita de campo de conocimiento de buenas prácticas en los temas que son objeto de este Convenio.

CUARTA.- FINANCIAMIENTO

La ejecución de los ámbitos y formas de cooperación previstas en el presente Convenio, y de los proyectos que se generen a partir de los convenios derivados, se efectuarán de conformidad con las previsiones y disponibilidad presupuestaria de las partes.

QUINTA.- PROCEDIMIENTOS

Para la ejecución del presente Convenio Marco, las partes acuerdan suscribir los correspondientes contratos específicos que sean de mutuo interés entre las partes, en cuanto sea posible y conveniente observando los siguientes procedimientos:

  1. Las autoridades de las instituciones, o a quien ellas designen en su representación, mantendrán contactos oficiales de manera permanente.
  2. La ejecución de acciones específicas, se realizará entre los comparecientes al tenor de las cláusulas del presente Convenio Marco y del respectivo convenio derivado, de ser el caso y debidamente legalizados.
  3. Las partes se comprometen a elaborar un Plan de Implementación de los compromisos y responsabilidades establecidos en el presente acuerdo.
  4. La OPP y la SENPLADES, acuerdan planificar en forma conjunta las actividades que se deriven del presente Convenio, que se anexarán como documentos habilitantes al presente instrumento.
  5. Las partes, deberán hacer el seguimiento y evaluación periódica del alcance del presente Convenio y de los resultados obtenidos.
  6. Los que las partes establecieren de manera expresa, en el futuro, de conformidad al Objeto del presente Convenio.

SEXTA.- MODIFICACIONES

El presente instrumento podrá ser modificado de mutuo acuerdo por las Partes.

A partir de la suscripción del presente Convenio Marco, se podrán firmar en lo posterior Convenios Derivados de carácter específico que viabilicen la ejecución de los objetivos determinados en el presente instrumento y que requieran las partes.

SÉPTIMA.- PLAZO DE DURACIÓN

El presente Convenio Marco, entrará en vigencia a partir de su suscripción y regirá por un periodo de un (1) año, renovable automáticamente por periodos iguales, a menos que una de las Partes comunique a la otra con por lo menos 60 días de anticipación a su vencimiento, y por escrito, su intención de dar por terminado.

OCTAVA.- CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONVENIO

El presente Convenio Marco terminará por las siguientes causas:

  1. Incumplimiento del objeto del convenio.
  2. Por acuerdo mutuo entre las partes
  3. Por caso fortuito o fuerza mayor

La terminación anticipada del convenio, no exime de la obligación de cumplir con las actividades y compromisos acordados, ni da derecho a reclamar indemnización alguna.

NOVENA.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Las partes acuerdan en reconocer la participación conjunta en la difusión que se realice sobre las actividades enmarcadas en el presente Convenio Marco.

Todos los documentos, informes y publicaciones que se generen como resultado de la aplicación de este Convenio, deberán reconocer la participación de la SENPLADES y de la OPP, sin perjuicio del reconocimiento de sus colaboradores.

Ninguna de las partes, podrán publicar por sí sola, ni reservarse para sí, ningún derecho sobre los productos que se deriven de la ejecución de este Convenio, sin autorización de la otra, de conformidad con la legislación nacional vigente en sus respectivos países y los Convenios Internacionales suscritos en la materia de derechos de Propiedad intelectual.

DÉCIMA.- CONTROVERSIAS

En caso de producirse controversias derivadas de la aplicación de los términos del presente convenio, las partes se comprometen a solucionarlas de manera amigable, mediante el diálogo directo.

DÉCIMA PRIMERA DOMICILIO Y NOTIFICACIONES

Para los efectos pertinentes, las partes fijan sus domicilios en:

LA SENPLADES: Av. 6 de diciembre y 18 de septiembre, Edificio 6 de diciembre, piso 9, Quito-Ecuador.

LA OPP: Torre Ejecutiva -Pza. Independencia 710-Piso 7, Montevideo, Uruguay.

DÉCIMA SEGUNDA.- DOCUMENTOS HABILITANTES

Son parte integrante del presente Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional los documentos que acreditan la representación legal de los comparecientes.

Martes 16 de Noviembre de 2010