Que, el Art. 154, numeral 1, de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público;
Que el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, en concordancia con los artículos 45, 46 y 47 de su Reglamento General, norman la declaratoria en comisión de servicio con remuneración al exterior de los servidores públicos;
Que, mediante oficio No. MCYP-DM-15-0024-O, de 22 de enero de 2015, José Francisco Boja Cevallos, Ministro de Cultura y Patrimonio, comunica y solicita a la Coordinación General Administrativa Financiera, realizar los trámites pertinentes para la Declaratoria de la Comisión de Servicios en el Exterior, del 31 de enero al 07 de febrero de 2015, para asistir a las reuniones y visitas a diferentes autoridades y representantes de instituciones que forman parte en la organización del Festival de Avignon, en la ciudad de París – Francia;
Que, mediante Informe No. MCYP-DGTH-045-2015, de 23 de enero de 2015, la Dirección de Gestión de Talento Humano, emite informe favorable para que el señor Ministro de Cultura y Patrimonio, asista a las reuniones y visitas a diferentes autoridades y representantes de instituciones que forman parte en la organización del Festival de Avignon, en la ciudad de París – Francia, del 31 de enero al 07 de febrero de 2015;
Que, mediante acuerdo No. 1036 de 26 de enero de 2015, el Secretario Nacional de la Administración Pública, autoriza la Comisión de Servicios en el Exterior, del 31 de enero al 07 de febrero de 2015, al señor Francisco José Borja Cevallos, Ministro de Cultura y Patrimonio, para viajar a la ciudad de París – Francia.
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.