No. DM-2015-059
EL MINISTRO DE CULTURA Y PATRIMONIO
Acuerda:
ARTÍCULO PRIMERO.- Expedir las bases técnicas para la convocatoria al “Concurso Nacional de Festivales de las Artes 2015 - 2016”; al tenor de las siguientes disposiciones:
1. Definición
Se define como festival al proceso organizado que plantea la realización de una programación de al menos tres (3) eventos artísticos, en torno a una temática concreta, que se desarrollen durante un período definido en espacios públicos o privados, abiertos o cerrados, garantizando el acceso y participación de la ciudadanía para el buen uso del tiempo libre, incentivando la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales1; que contemple estrategias de formación de públicos, la difusión de lenguajes artísticos nuevos y/o ancestrales según la realidad de las áreas geográficas de intervención. Además, que se proyecte hacia 1 Art. 377. Constitución de la República “… fortalecer la identidad la articulación en la Red Nacional de Festivales2, entendida como la elaboración, promoción y difusión por distintos medios de la Agenda Nacional de Festivales como una plataforma de cooperación y circulación de la diversidad de prácticas y expresiones artísticas y culturales del Ecuador, en el marco de la interculturalidad y la plurinacionalidad y que se ejecuta de manera periódica a lo largo del territorio nacional, por gestión de programadores y/o productores locales a través de la optimización de recursos y espacios; generando procesos de intercambio de experiencias, metodologías y la itinerancia de artistas en el territorio nacional.
No se considera como parte de la conceptualización de festival:
• Eventos organizados para la promoción, difusión o circulación de un producto cultural o artístico que giren en torno a un solo artista o grupo.
• Bienales, salones de arte, fiestas o festividades.
• Programaciones que concentren únicamente talleres de capacitación.
• Propuestas para participar en ferias y encuentros.
2. Objetivo de la convocatoria
Contribuir en la sostenibilidad y sustentabilidad de los festivales que se desarrollan como procesos artísticos y culturales, impulsados por gestores, organizaciones e instituciones del país, orientados al fortalecimiento de los procesos de articulación de la “Red Nacional de Festivales del Ecuador”.
3. Categorías, modalidades y montos
Para la formulación, presentación, selección y desarrollo de festivales, esta convocatoria establece cinco (5) categorías, seis (6) modalidades, y cuatro (4) tipos de montos:
3.1. Categorías:
3.1.1. Artes Literarias y Narrativas.- Incluye eventos de lectura en público, recitales, encuentros de literatura oral, narrativa y poesía; difusión, discusión y debate sobre obras literarias, nuevas propuestas y vanguardias literarias; charlas y conferencias con autores; encuentros entre autores nóveles y/o editoriales; entre otros.
3.1.2. Artes Escénicas y Performance.- Incluye la organización de muestras escénicas, espectáculos, obras, creaciones y/o performance de carácter local, nacional e internacional, rituales ancestrales, en espacios convencionales y no convencionales que pueden o no incluir clínicas o talleres, clases magistrales, talleres de capacitación y formación, entre otros.nacional; proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales... Se garantiza el ejercicio pleno de los derechos culturales”. 2 Este proceso será impulsado por la Subsecretaría de Artes y Creatividad, según se describe en el numeral 5 de estas Bases Técnicas.
3.1.3. Artes Musicales y Sonoras.- Consiste en la organización de programaciones en sus diversos géneros, estilos musicales y propuestas sonoras, conciertos, recitales, presentaciones, que pueden o no incluir charlas, clínicas instrumentales, talleres, clases magistrales, entre otros.
3.1.4. Artes Plásticas y Visuales.- Incluye la organización de exposiciones, intervenciones, talleres, conferencias, laboratorios y otros eventos plásticos, visuales y audiovisuales que no correspondan al campo de la cinematografía.
3.1.5. Inter/trans/multidisciplinarios.- Consiste en una programación artística formulada del diálogo entre las artes y las ciencias, saberes o tecnologías.
3.2. Modalidades y montos:
MODALIDAD |
EDICIONES A POSTULAR |
MONTOS |
De larga trayectoria y gestión sostenida |
De diez (10) ediciones en adelante |
Hasta veinte mil dólares de los Estados Unidos de América (USD. 20.000,00) |
De fortalecimiento |
De seis (6) a nueve (9) ediciones |
Hasta quince mil dólares de los Estados Unidos de América (USD. 15.000,00) |
De propuestas en territorios |
De dos (2) a cinco (5) ediciones |
Hasta ocho mil dólares de los Estados Unidos de América (USD. 8.000,00) |
De pueblos y nacionalidades |
Iniciales |
Hasta seis mil dólares de los Estados Unidos de América (USD. 6.000,00) |
De personas con discapacidad |
Iniciales |
Hasta seis mil dólares de los Estados Unidos de América (USD. 6.000,00) |
De ecuatorianos en el exterior |
Sin límite |
Hasta quince mil dólares de los Estados Unidos de América (USD. 15.000,00) |
Con el propósito de desconcentrar y democratizar el acceso a los fondos públicos en el ámbito nacional, se realizará la siguiente distribución presupuestaria dentro de las nueve (9) zonas SENPLADES en función de su densidad poblacional, para financiar festivales en las tres primeras modalidades descritas en los numerales 3.2.1, 3.2.2 y 3.2.3.
Zonas |
Provincias |
Monto por Zona |
Z1 |
Carchi, Esmeraldas, Imbabura y Sucumbíos |
50.133,80 |
Z2 |
Pichincha (excepto Quito), Napo y Orellana |
37.514,70 |
Z3 |
Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo y Pastaza |
56.414,80 |
Z4 |
Manabí y Santo Domingo de los Tsa’chila |
66.635,70 |
Z5 |
Santa Elena, Guayas (excepto Guayaquil, Samborondón y Durán), Bolívar, Los Ríos y Galápagos |
96.105,71 |
Z6 |
Cañar, Azuay y Morona Santiago |
43.967,00 |
Z7 |
El Oro, Loja y Zamora Chinchipe |
45.908,40 |
Z8 |
Guayaquil, Samborondón y Durán |
83.091,39 |
Z9 |
Distrito Metropolitano Quito |
76.228,50 |
TOTAL: |
|
556.000,00 |
Dentro del proceso de selección, el Jurado Calificador3 observará que todas las provincias cuenten al menos con un proyecto seleccionado; sin embargo, en el caso excepcional de que en alguna provincia no existieran proyectos postulados o que obtengan muy bajas calificaciones, se priorizarán los proyectos de provincias históricamente menos atendidas dentro de la Zona, de ser necesario se realizarán recomendaciones claras de reprogramación luego de la suscripción del convenio por su Administrador.
3.2.1. Modalidad de larga trayectoria y gestión sostenida.- Podrán participar aquellos festivales que postulen para su décima edición en adelante y que se han consolidado como plataformas de producción de contenidos, de difusión y circulación de la 3 Especialistas designados según se indica en el numeral 20 de estas bases técnicas. producción artística nacional e internacional, que se han posicionado en sus territorios de ejecución y mantienen una convocatoria de públicos cautivos. Estos festivales serán los referentes principales para la conformación de la “Red Nacional de Festivales del Ecuador” y liderarán con su experiencia y trayectoria los procesos de articulación de agendas e intercambio de saberes con los festivales de menos ediciones de las mismas categorías artísticas en el ámbito nacional.
3.2.2. Modalidad de fortalecimiento.- Podrán participar aquellos festivales que postulen para su sexta o hasta su novena edición que se encuentren en proceso de fortalecimiento de su modelo de gestión, programación, producción y sostenibilidad económica.
3.2.3. Modalidad de propuestas en territorios.- Podrán participar aquellos festivales que postulen para su segunda o hasta su quinta edición cuyas propuestas se encuentren en proceso de búsqueda de su especificidad conceptual y programática, así como también de su posicionamiento en territorios donde haya ausencia de festivales.
3.2.4. Modalidad de pueblos y nacionalidades
Podrán participar únicamente festivales que postulen para su primera edición, cuyas propuestas conceptuales y programáticas promuevan la visibilización y circulación de prácticas y expresiones de la libre creación artística propia de uno o más pueblos y/o nacionalidades indígenas del contexto territorial provincial o zonal y de pueblos montubios y afrodescendientes, cuyos contenidos guarden relación con las artes como los ritmos, estéticas, lenguas, lenguajes, y simbolismos de su ancestralidad y que sean postulados por personas naturales o jurídicas de estos sectores en beneficio de los mismos y de otros públicos.
Las nacionalidades y pueblos que podrán postular en las correspondientes Zonas de planificación territorial son las que se detallan a continuación:
Zonas |
Provincias |
Presencia de Nacionalidades y pueblos indígenas, montubios y afrodescendientes |
Cupos por Zona |
Presupuesto por cupo |
Presupuesto Total |
Z1 |
Carchi, Esmeraldas, Imbabura y Sucumbíos |
Pasto, Chachi, Afrodescendiente, Awa, Siona Secoya, A’i Cofán, Natabuela, Otavalo, Karanki |
1 |
6.000,00 |
6.000,00 |
Z2 |
Pichincha (excepto Quito), Napo y Orellana |
Kitukara, Kichwa, Oyakachi, Pa- pallakta, Quijos, Shuar y Waorani |
1 |
6.000,00 |
6.000,00 |
Z3 |
Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo y Pastaza |
Pansaleo, Chibuleo, Salasaca, Kis- apincha, Purway, Kichwa, Záparo, Andoa, Shiwiar, Waorani , Shuar y Achuar |
2 |
6.000,00 |
12.000,00 |
Z4 |
Manabí y Santo Domingo de los Tsa’chila |
Montubios, Tsa´chila, Chachi y afrodescendientes |
1 |
6.000,00 |
6.000,00 |
Z5 |
S. Elena, Guayas (excepto Guayaquil, Samborondón y Durán), Bolívar, Los Ríos y Galápagos |
Wankavilka, Guaranka, Montubio y Salasaca |
1 |
6.000,00 |
6.000,00 |
Z6 |
Cañar, Azuay y Morona Santiago |
Cañari, Kichwa, Shuar y Achuar, |
1 |
6.000,00 |
6.000,00 |
Z7 |
El Oro, Loja y Zamora Chin- chipe |
Montubio, Saraguro y Shuar |
1 |
6.000,00 |
6.000,00 |
Z8 |
Guayaquil, Samborondón y Durán |
Kichwa de la costa |
1 |
6.000,00 |
6.000,00 |
Z9 |
Distrito Metropolitano Quito |
Kitukara, Kichwa |
1 |
6.000,00 |
6.000,00 |
TOTAL: |
|
10 |
|
60.000,00 |
Los jurados calificadores dentro de esta modalidad, seleccionarán de entre los proyectos más puntuados de cada zona de acuerdo al cupo establecido en el cuadro anterior, asegurándose que sus beneficiarios provengan de distintos pueblos; sin embargo, en caso de no contar con proyectos en alguna zona se privilegiará en primer lugar a proyectos más puntuados de otra zona y en segundo lugar a algún festival de la modalidad de personas con discapacidad.
3.2.5. Modalidad de personas con discapacidad
Podrán participar únicamente festivales que postulen para su primera edición dentro de cualquier categoría, cuyas propuestas conceptuales y programáticas promuevan la visibilización, circulación, acceso, participación y disfrute de las prácticas y expresiones de la libre creación de artistas, gestores y colectivos integrados por personas con discapacidad, personas con enfermedades catastróficas; en cualquier localidad del territorio nacional y que sean postulados por personas naturales o jurídicas de estos sectores en beneficio de los mismos y de otros públicos.
Provincias participantes |
Sectores postulantes |
Cupos |
Presupuesto por Cupo |
Presupuesto Total |
Todas las provincias |
Personas con cualquier tipo de discapacidad y personas con enfermedades catastróficas termina- les, debidamente carnetizados o certificados según el caso |
3 |
6.000,00 |
18.000,00 |
En caso de no contar con suficientes proyectos para los cupos asignados, se priorizarán proyectos más puntuados de la modalidad de pueblos y nacionalidades que no han alcanzado a ser seleccionados.
3.2.6. Modalidad de ecuatorianos en el exterior.- Podrán participar festivales de cualquier número de ediciones, cuyas propuestas conceptuales y programáticas, contribuyan al encuentro de los migrantes ecuatorianos en el exterior con sus prácticas y expresiones artísticas en el marco de la interculturalidad, que propongan la circulación, consumo y disfrute de obras y productos artísticos de creadores ecuatorianos, de acuerdo al siguiente detalle:
Países y regiones participantes |
Cupos |
Monto |
Estados Unidos de América |
1 |
15.000,00 |
Europa |
1 |
15.000,00 |
4. Financiamiento
Los representantes de los festivales seleccionados, recibirán el cien por ciento (100%), incluido IVA, del monto aprobado por el jurado calificador para cubrir los pagos definidos en todas las categorías de gastos determinados en el numeral
16 de estas bases técnicas a la suscripción del Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos con el Ministerio de Cultura y Patrimonio.
En caso de que los beneficiarios de cualquier modalidad, no justificaren el total del monto asignado, estarán en la obligación de restituir el valor no devengado o no justificado, mediante un depósito a la cuenta que el Ministerio de Cultura y Patrimonio señale para el efecto; caso contrario, esta Cartera de Estado se reserva el derecho de hacer efectiva la garantía presentada.
5. Estrategia de articulación de la “Red Nacional de
Festivales del Ecuador”
Para este fin el Ministerio de Cultura y Patrimonio, a través de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad, desarrollará talleres de capacitación y asesoramiento técnico a los beneficiarios, así como a los miembros de su equipo técnico y representantes de entidades públicas o privadas cofinanciadoras. Estos talleres permitirán establecer una agenda nacional de festivales, articular el trabajo en red, optimizar recursos y espacios, generar procesos de intercambio de saberes, metodologías, formas de gestión e impulsar la itinerancia de artistas en el territorio nacional.
6. Participantes
Podrán participar en la convocatoria al “Concurso Nacional de Festivales de las Artes 2015-2016”, las personas naturales ecuatorianas mayores de edad residentes en el Ecuador, extranjeros mayores de edad con residencia de mínimo cinco (5) años en el país, o personas jurídicas ecuatorianas de derecho privado. Todo participante deberá acreditar a través del Registro Único de Contribuyentes (RUC), actividades económicas relacionadas con el ámbito cultural.
Para el caso de la modalidad de “festivales de ecuatorianos en el exterior”, los postulantes podrán ser personas naturales entre artistas o gestores culturales, así como también representantes de organizaciones de migrantes domiciliados en Estados Unidos de América y Europa; siempre y cuando puedan nombrar un apoderado en el Ecuador, para que en su representación suscriba el Convenios de Cooperación y Asignación de Fondos, gestione la Garantía en calidad de afianzado y gestione la apertura de una cuenta bancaria en una entidad financiera del Ecuador a nombre del beneficiario de ser el caso que le permita recibir la transferencia que realice el Ministerio de Cultura y Patrimonio para la ejecución del festival seleccionado dentro de la convocatoria, presente los informes técnico y económico con sus respectivos justificativos (de acuerdo a las normas de facturación del correspondiente país) y suscriba el Acta de Entrega Recepción Total Definitiva y Única.
En el marco del reconocimiento igualitario de derechos de todos los individuos, en esta convocatoria se garantiza la postulación de proyectos de festivales en cualquiera de las categorías y modalidades, a los pueblos y nacionalidades indígenas, pueblos montubios y afrodescendientes, adultos mayores, personas con discapacidad, personas con enfermedades catastróficas-terminales, considerando una ponderación preferencial en los protocolos de evaluación que asegure el acceso de este sector a los fondos públicos, siempre y cuando sean proyectos postulados por personas naturales o jurídicas de estos sectores.
En la convocatoria al “Concurso Nacional de Festivales de las Artes 2015 - 2016”, sólo se admitirá la presentación de una (1) postulación por participante, definiendo claramente una zona y provincia en la que su festival concursará, según el mayor porcentaje de intervención. Este último requerimiento no tiene efecto para los festivales de personas con discapacidad y de ecuatorianos en el exterior.
7. Condiciones para la formulación del proyecto
El proyecto con el que los participantes postulen en esta convocatoria debe cumplir las siguientes condiciones:
7.1. Enmarcarse en la conceptualización de festival y en los plazos para ejecución del proyecto de conformidad al cronograma de gestión de las postulaciones contempladas en el numeral 14 de estas bases técnicas. (Plazo de ejecución de festivales (mínimo 2 meses, máximo 5 meses)
7.2. Contar por lo menos con el cofinanciamiento equivalente al treinta por ciento (30%) de la asignación total conferida por el Ministerio de Cultura y Patrimonio, mismos que pueden ser recursos propios o de otras fuentes como: instituciones públicas, privadas, nacionales e internacionales. No se aceptarán proyectos cofinanciados por personas naturales o jurídicas cuya finalidad sea la promoción de productos tales como: bebidas alcohólicas, cigarrillos y otros productos que atenten contra la salud física y mental de la población, así como, aquellos que incentiven todo tipo de discriminación prohibida en la Constitución de la República.
7.3. Incluir dentro de la programación, la participación de artistas individuales o agrupaciones locales, pertenecientes al área geográfica de intervención del festival. De preferencia deberá incluir además artistas individuales o agrupaciones emergentes.
7.4. Garantizar estrategias dedicadas a la formación de públicos, con beneficio directo a la población asentada en el área geográfica de intervención, preferentemente en coordinación con instituciones educativas públicas de nivel básico, medio, centros de formación artística, artistas, colectivos y agrupaciones.
7.5. Incluir presentaciones, eventos, actos o talleres a desarrollarse en espacios públicos de acceso gratuito dirigidos a la población beneficiaria y en el caso de las provincias que cuenten con Centros Interculturales Comunitarios del Ministerio de Cultura y Patrimonio (Ver Anexo 1), al menos uno de los eventos deberá realizarse en estos espacios. Sin embargo, se podrá incluir eventos con costos de ingresos, siempre y cuando se justifique que estos ingresos permitirán financiar gastos complementarios de expositores, artistas y/o agrupaciones, cuyos honorarios por su trayectoria y reconocimiento superen los límites de pago establecidos en esta convocatoria; o que contribuyan al fortalecimiento y sostenibilidad del proyecto de festival.
7.6. Contemplar actividades de promoción y difusión, en coordinación con las Direcciones Provinciales del país y la Dirección de Comunicación Social del Ministerio de Cultura y Patrimonio.
7.7. Incorporar actividades para la elaboración de un registro audiovisual del festival libre de derechos, con una duración entre ocho (8) a diez (10) minutos con una resolución legible. Este registro audiovisual será utilizado en lo posterior, como material para la socialización y difusión nacional y/o internacional de la “Red Nacional de Festivales del Ecuador” por parte del Ministerio de Cultura y Patrimonio; (encuentros nacionales e internacionales, procesos de formación y capacitación, etc que estén dentro de la Red Nacional de Festivales del Ecuador), el cual reposará en la Unidad de Investigación de la Subsecretaria Técnica de Artes y Creatividad.
8. Restricciones e inhabilidades
No podrán participar ni ser beneficiarios de las asignaciones correspondientes a la convocatoria “Concurso Nacional de Festivales de las Artes 2015 - 2016”:
8.1. Las personas naturales o jurídicas que por cualquiera de las inhabilidades establecidas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, estén impedidas de contratar con el Estado.
8.2. Las personas naturales o jurídicas que se encuentran prestando sus servicios de consultoría al Ministerio de Cultura y Patrimonio, o que laboren en dicha Cartera de Estado bajo nombramiento o cualquier otra modalidad prevista en la LOSEP y/o en el Código del Trabajo.
8.3. Las personas naturales con parentesco en línea directa hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad con alguna de las personas o funcionarios directamente involucrados con el proceso.
8.4. Los miembros de los Jurados Calificadores.
8.5. Las personas naturales o jurídicas que no suscribieron el Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos, dentro del plazo señalado para el efecto, a pesar de que sus proyectos fueron seleccionados en las distintas convocatorias efectuadas por esta Cartera de Estado en los años 2012 a 2014.
8.6. Las personas naturales o jurídicas que se encuentren ejecutando o en proceso de cierre y que no hayan suscrito el Acta de Entrega Recepción Total Definitiva y Única, respecto de algún proyecto financiado por el Ministerio de Cultura y Patrimonio en años anteriores, independientemente del proceso administrativo mediante el cual se haya concedido dicho financiamiento.
8.7. Las personas naturales que formen parte de la directiva de aquellas personas jurídicas que postulen en esta convocatoria.
8.8. Las personas naturales que sean servidores públicos o las personas jurídicas cuyos representantes legales sean servidores públicos.
8.9. Las personas naturales o jurídicas que hayan sido notificadas con la terminación unilateral de cualquier Convenio o Contrato suscrito con el Ministerio de Cultura y Patrimonio.
8.10. Las personas naturales o jurídicas que presenten un proyecto cuyo cronograma temporalizado se encuentre fuera del período establecido en estas bases técnicas.
En la ficha técnica de presentación y compromiso que formará parte de la postulación (esta ficha se encuentra disponible en el correspondiente sitio web), los participantes declararán bajo juramento, no encontrase inmerso(s) en ninguna de las inhabilidades o restricciones antes señaladas y facultarán al Ministerio de Cultura y Patrimonio dejar sin efecto la participación de su postulación en la convocatoria.
9. Presentación de las postulaciones
Las postulaciones deberán ser presentadas vía on-line, a través del sitio web http://festivales.culturaypatrimonio. gob.ec, durante el plazo único para la presentación de postulaciones establecido en el cronograma de gestión de las postulaciones del numeral 14. La postulación on-line comprende el ingreso de información en la ficha técnica de presentación y compromiso, carga de archivos digitales en formato “pdf” y detalle de enlaces o links para acceder a videos. Los archivos digitales en formato “pdf” requeridos para la postulación online, son los siguientes:
9.1. Proyecto diseñado en el formato (guía de presentación descargado del sitio web) propuesto por el Ministerio de Cultura y Patrimonio. Únicamente en este caso es necesario presentar de manera adicional el archivo en Excel.
9.2. Para el caso de postulaciones de ecuatorianos residentes en el país: copia de la cédula de ciudadanía y certificado de votación del postulante o del representante legal de la persona jurídica que postula; mientras que los ecuatorianos residentes en el exterior presentarán la copia del pasaporte.
9.3. Para el caso de postulaciones de ecuatorianos residentes en el país: copia del Registro Único de Contribuyentes (RUC), donde deberá(n) constar el registro de actividad(es) económica(s) relacionada(s) con el ámbito cultural; mientras que los ecuatorianos residentes en el exterior presentarán el “Certificado de Registro Consular”.
9.4. Copia del registro de la Directiva actualizado, emitido por la institución que otorgó la personalidad jurídica (para personas jurídicas).
9.5. Documentos, certificados o cartas de aval que acrediten el cofinanciamiento del treinta por ciento (30%), sea del proponente o de otras fuentes de financiamiento (instituciones públicas, privadas, nacionales e internacionales). Para este efecto, se admitirán también, documentos que al menos demuestren el inicio de procesos para la obtención de cofinanciamiento; sin embargo, para la suscripción del Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos, los proponentes deberán obligatoriamente presentar los certificados o documentos que acrediten la obtención efectiva del mismo.
9.6. Para el caso de los/as postulantes que hayan recibido algún apoyo del Ministerio de Cultura y Patrimonio, deberán presentar copia del Acta de Entrega Recepción Total Definitiva y Única del último proceso ejecutado con el apoyo del Ministerio de Cultura y Patrimonio.
9.7. Las personas con discapacidad y personas con enfermedades catastróficas-terminales, presentarán adicionalmente una copia del carné vigente o certificado que acredite dicha situación otorgada por la institución correspondiente. Por su parte, los postulantes de pueblos y nacionalidades indígenas, pueblos montubios y afrodescendientes, presentarán un certificado otorgado por la comunidad local u organización del sector en la que se confirme su residencia y pertenencia a dicho pueblo.
Los postulantes tendrán la opción de solicitar asesoramiento técnico en cada una de las Direcciones Provinciales de esta Cartera de Estado (Ver anexo 2). Los postulantes de “festivales de ecuatorianos en el exterior” solicitarán asesoría en la oficina de la embajada o consulado correspondiente o al siguiente correo electrónico ecuaexteriorfest@culturaypatrimonio.gob.ec.
10. Plazo de ejecución de festivales
Los plazos de ejecución de los festivales que se presenten a esta convocatoria, no podrán ser inferiores a dos (2) meses ni mayores a cinco (5) meses, dentro del período establecido en el numeral 14 de las presentes bases técnicas. La reprogramación de la agenda de los festivales ganadores será aprobada por el Administrador del Convenio y solo se podrá realizar dentro del plazo de ejecución presentado en la postulación y sus Convenios de Cooperación y Asignación de Fondos serán improrrogables.
11. Aceptación de bases
Por la sola presentación de la postulación a esta convocatoria, se entiende para todos los efectos legales, que la persona conoce y acepta el contenido íntegro de las presentes bases, así como también expresa su voluntad de respetar el veredicto que emitan los Jurados Calificadores.
12. Idioma de los documentos presentados
Toda postulación de festival deberá ser presentada en idioma castellano.
13. Autenticidad de los datos
En caso de que el postulante o beneficiario (según la etapa del proceso) no haya sido veraz con la información y documentos proporcionados para la postulación o para la suscripción del Convenio, el Ministerio de Cultura y Patrimonio remitirá los antecedentes al órgano judicial competente, a efecto de determinar las responsabilidades civiles o penales a que hubiere lugar. La postulación quedará insubsistente o el Convenio terminará unilateralmente (según la etapa del proceso) y el participante o beneficiario será inhabilitado para presentar proyectos en cualquiera de los concursos convocados por el Ministerio de Cultura y Patrimonio, hasta por dos (2) años, contados desde la fecha de notificación del particular.
14. Cronograma de gestión de las postulaciones
El proceso administrativo de la convocatoria se gestionará en base al siguiente cronograma:
ACTIVIDADES |
FECHAS |
RESPONSABLES |
Lanzamiento e inicio de la convocatoria |
Viernes 12 de junio de 2015 |
Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad |
Desarrollo de talleres provinciales de capacitación |
Del lunes 15 al viernes 26 de junio de 2015 |
Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad, Direcciones Provinciales |
Plazo único para la presentación de postulaciones |
Del viernes 12de junio al miércoles 08 de julio de 2015 (27 días) |
Postulantes |
Admisibilidad |
Del viernes 10 al domingo 12 de julio de 2015 |
Comisión de Admisibilidad provinciales y nacional |
Evaluación, calificación y preselección y selección de postulaciones |
Del martes 14 al sábado 18 de julio de 2015 |
Jurados Calificadores |
Convocatoria a los postulantes preseleccionados para la entrevista |
Jueves 16 de julio de 2015 |
Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad |
Entrevista a los postulantes preseleccionados por vía telefónica o cualquier medio electrónico. |
Viernes 17 de julio 2015 |
Jurados Calificadores |
Deliberación, selección de postulaciones y entrega de actas de veredicto |
Sábado 18 de julio de 2015 |
Jurados Calificadores |
Publicación de resultados |
Lunes 20 de julio de 2015 |
Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad |
Notificación a los postulantes seleccionados vía correo electrónico |
Lunes 20 y martes 21 de julio de 2015 |
Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad |
Remisión de postulaciones seleccionadas hacia la Coordinación General Jurídica |
Del martes 21 al viernes 24 de julio de 2015 |
Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad |
Suscripción de convenios |
Del lunes 27 de julio al martes 18 de agosto de 2015 |
Postulantes seleccionados y Coordinación General Jurídica |
Plazo máximo de ejecución de los festivales (mínimo 2 meses, máximo 5 meses) |
Del lunes 27 de julio de 2015 al jueves 31 de marzo de 2016 |
Beneficiarios Direcciones provinciales |
Taller de articulación de la agenda estratégica de la “Red Nacional de Festivales del Ecuador” |
Del miércoles 19 al jueves 20 de agosto de 2015 |
Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad y beneficiarios |
Taller de evaluación de la ejecución de agenda estratégica de la “Red Nacional de Festivales del Ecuador” |
Del miércoles 28 al jueves 29 de oc- tubre de 2015 |
Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad y beneficiarios |
A más de la publicación de resultados en la página web del Ministerio de Cultura y Patrimonio, los beneficiarios serán notificados mediante correo electrónico, a la dirección registrada en la ficha técnica de presentación y compromiso, la cual será considerada como su domicilio para efectos de esta convocatoria.
15. Moneda de los gastos
Los gastos presupuestados que se registren en el presupuesto general del festival, deberán expresarse en dólares de los Estados Unidos de América, incorporando los impuestos asociados a cada gasto; esto significa que, en los montos parciales y totales solicitados, se incluirán los impuestos respectivos.
16. Categoría de los gastos
El financiamiento cubrirá los siguientes gastos:
16.1. Gastos de producción y contratación de personal.- Son los destinados al cobro por parte del postulante por el proceso de producción del festival, así como también los valores correspondientes al pago de servicios prestados por terceros al responsable de la ejecución del festival (artistas, jurados, equipo técnico, equipo de apoyo, otros).
Para efecto de esta convocatoria, no se considerarán como gastos de honorarios y contratación de personal, los egresos imputables a contratación mensual de profesionales del ámbito contable y áreas administrativas como: conserjes, mensajeros y conductores.
El Ministerio de Cultura y Patrimonio, reconocerá únicamente aquellos pagos que se encuentren en el marco de la siguiente escala:
Detalle |
Valores máximos a pagar incluido im- puestos de Ley |
Producción y gestión del festival |
Hasta el 20% de presupuesto aprobado |
Contratación de cada grupo nacional o internacional |
Hasta 3.000,00 dólares |
Contratación de cada artista nacional o internacional |
Hasta 1.500,00 dólares |
Técnicos de apoyo para todo el festival |
Hasta 1.000,00 dólares |
En el caso de festivales en el exterior se considerará la moneda del país donde se realiza el festival equivalente al monto adjudicado en dólares de los Estados Unidos de América. |
En ningún caso, los beneficiarios de esta convocatoria podrán contratar con recursos económicos financiados por el Ministerio de Cultura y Patrimonio, a personas naturales o jurídicas cuyos proyectos hayan sido seleccionados dentro de la misma convocatoria “Concurso Nacional de Festivales de las Artes 2014 - 2015” u otras del mismo año. Tales contrataciones podrán realizarse con recursos económicos de cofinanciamiento, de así requerirse.
16.2. Gastos de operación y logística.- Corresponden a los pagos de alquiler de vestuario, iluminación, sonido, escenarios y espacios físicos destinados sea para ensayos o para la presentación de las funciones artísticas del festival, así como también los valores destinados a la movilización y/o adquisición de pasajes, gastos de alojamiento, alimentación y derechos de exhibición de obras (solo en casos excepcionales), siempre y cuando se encuentren contemplados en el presupuesto general del festival.
Para efecto de esta convocatoria no se considerarán como gastos de operación y logística, los egresos que se refieran al pago de servicios básicos como agua, luz, teléfono (convencional y celular) e internet; así como el pago de garantías (incluyendo renovaciones), alquiler de oficinas destinadas a la gestión administrativa del festival, bebidas alcohólicas, tarjetas o recargas para telefonía celular, pago de premios y adquisición de bienes muebles en general.
16.3. Gastos de promoción y difusión.- Son aquellos destinados a la producción y reproducción de materiales de divulgación impresos y/o audiovisuales necesarios para la socialización del festival; así como también, las contrataciones de transmisión radial, televisiva, publicaciones de prensa e iniciativas creativas de comunicación física o virtual. De manera obligatoria el beneficiario deberá producir y ubicar en un lugar privilegiado banners y lonas que permita visibilizar de manera notoria el Festival y la participación del Ministerio de Cultura y Patrimonio. El valor de dichos gastos no podrá superar el equivalente al veinte y cinco por ciento (25%) del monto total a ser financiado por el Ministerio de Cultura y Patrimonio.
17. De los justificativos de gasto
Previo a la liquidación del Convenio, los beneficiarios deberán presentar adjunto a sus informes técnico y económico finales, los correspondientes justificativos de gasto, para lo cual se considerará:
17.1. Los pagos realizados a terceros (proveedores), deberán ser justificados únicamente con la presentación obligatoria del comprobante de venta o factura respectivo (observar el artículo 1 del Reglamento de comprobantes de venta, retención y complementarios); los cuales, podrán ser desglosados previo a la suscripción del Acta de Entrega Recepción Total Definitiva y Única. La sumatoria de estos pagos será presentada por el beneficiario al Ministerio de Cultura y Patrimonio, de manera detallada en el informe económico.
17.2. El cobro por concepto de producción y gestión del festival por parte del postulante, será justificado mediante una Declaración Juramentada realizada ante un Notario Público.
17.3. En el caso de ecuatorianos residentes en el exterior, deberán presentar una declaración juramentada realizada ante la Embajada correspondiente por el valor de sus honorarios percibidos, los comprobantes de venta originales del país donde se realice el festival, los cuales deberán ser desglosados según la moneda local y su respectiva conversión a la fecha de emisión de los comprobantes de pago a Dólares de los Estados Unidos de América.
18. Propiedad Intelectual e Imagen Institucional
Los beneficiarios, de manera indefinida, autorizarán4 al Ministerio de Cultura y Patrimonio a utilizar el o los productos que se deriven de la ejecución del festival, para difundirlos como parte de la gestión institucional que esta Cartera de Estado lleva a cabo en cumplimiento de su misión y objetivos.
4 Art.20 de La Ley de Propiedad Intelectual. “El derecho exclusivo de explotación de la obra comprende especialmente la facultad de realizar, autorizar o prohibir: a) La reproducción de la obra por cualquier forma o procedimiento; b) La comunicación pública de la obra por cualquier medio que sirva para difundir las palabras, los signos, los sonidos o las imágenes; c) La distribución pública de ejemplares o copias de la obra mediante la venta, arrendamiento o alquiler; d) La importación; y, e) La traducción,
adaptación, arreglo u otra transformación de la obra…”
Los beneficiarios se obligarán a utilizar el logotipo e imagen institucional del Ministerio de Cultura y Patrimonio, en el material que sea utilizado para promocionar o publicitar el proyecto, así como en el material que resulte de su ejecución. Para este efecto, los beneficiarios descargarán de la página web de esta Cartera de Estado (www.culturaypatrimonio. gob.ec), el “Manual de Imagen Corporativa y Uso de Marca” diseñado por la Dirección de Comunicación Social.
De ser el caso, los beneficiarios destinarán una sección de créditos en el material que sea utilizado para promocionar o publicitar el proyecto, así como en el material que resulte de su ejecución, donde registrará la siguiente nota: “Los contenidos vertidos en el presente material, son de exclusiva responsabilidad de sus autores, y no necesariamente reflejan la opinión ni la visión del Ministerio de Cultura y Patrimonio sobre los distintos temas abordados”.
19. Admisibilidad
El o la Director(a) Provincial de Cultura y Patrimonio, designará la Comisión Provincial de Admisibilidad integrada por el o la secretario(a) y al menos un activista cultural5. Esta Comisión se encargará de verificar en línea a través del sitio web http://festivales.culturaypatrimonio. gob.ec, que los postulantes no incurran en las “restricciones e inhabilidades” fijadas en las presentes Bases Técnicas, así como su oportuna presentación de los documentos exigidos junto a su postulación; cuyas constancias y observaciones se registrarán en la matriz diseñada y proveída por la Subsecretaría de Artes y Creatividad; finalmente organizarán las postulaciones por categorías. Este trabajo se realizará únicamente durante el plazo de tres (3) días establecido en el cronograma de gestión de las postulaciones del numeral 14.
Concluido el plazo, la Comisión Provincial de Admisibilidad remitirá en documento físico y digital la matriz de admisibilidad debidamente suscrita por todos los miembros del Comité y por el o la Director(a) Provincial, al titular de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad con copia al responsable del concurso. 5 En caso de no existir se podrá pedir apoyo a funcionarios de la Casa de La Cultura o a los responsables de las dependencias culturales de los Gobiernos seccionales.
Por su parte, la Subsecretaría de Artes y Creatividad, designará una Comisión Nacional de Admisibilidad conformada por cinco (5) miembros que serán un analista o especialista de cada Dirección temática más el responsable del concurso asignando determinadas provincias de responsabilidad para la asesoría y seguimiento, adicionalmente un delegado de la Dirección de Gestión Financiera.
La Comisión Nacional de Admisibilidad se encargará de asesorar de manera permanente a las comisiones provinciales en el proceso de admisibilidad durante el plazo correspondiente y receptará por correo electrónico las matrices de admisibilidad digitales en PDF y Excel de las provincias a él o a ella asignadas, así como también realizará el proceso de admisibilidad de las postulaciones de la modalidad de “Festivales de ecuatorianos en el exterior”. Finalmente articulará la matriz nacional de admisibilidad organizando por categorías y modalidades y seguirá activa hasta la publicación de los resultados de evaluación.
20. De los Jurados Calificadores y de la evaluación
El(la) Ministro(a) de Cultura y Patrimonio en base a los nombres puestos a su consideración por el titular de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad, designará mediante Acuerdo Ministerial, a los especialistas que conformarán los Jurados Calificadores. Cada Jurado Calificador estará conformado por tres (3) integrantes.
La gestión de los Jurados Calificadores, comprenderá el análisis y evaluación individual de las postulaciones puestas a su consideración, la preselección, las entrevistas a los(as) responsables de las postulaciones preseleccionadas por vía telefónica, la deliberación, la elaboración y presentación de las correspondientes actas de veredicto, que deberán contener una calificación numérica y una valoración cualitativa sobre el proyecto de cada postulante; para cuya calificación se utilizarán los protocolos de selección diseñados por la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad, documentos que también serán presentados debidamente impresos y firmados.
El proceso de evaluación de los proyectos será valorado sobre cien (100) puntos, sobre la base de los parámetros que se detallan en el siguiente cuadro:
Parámetros |
Ítems de análisis y valoración |
Trayectoria del festival (a excepción de los festivales iniciales) (10 puntos) |
Continuidad del festival en el tiempo |
Crecimiento del festival |
|
Capacidad de gestión |
|
Sostenimiento económico |
|
Diseño y formulación del proyecto (50 puntos) |
Coherencia de la descripción y justificación del proyecto. |
Trascendencia de los objetivos y productos a ser alcanzados |
|
Cobertura territorial y sociocultural del festival |
|
Coherencia de la programación. |
Estrategia de captación y formación de públicos. |
|
Estrategia de registro de públicos y cobro de entradas. |
|
Pertinencia de equipo ejecutor para cumplir con los alcances y necesidades del festival |
|
Inclusión de artistas locales y nacionales. |
|
Compromisos de cooperación institucional de origen público y/o privados, nacionales e internacionales. |
|
Coherencia global de la propuesta presupuestaria. |
|
Análisis de costo beneficio. |
|
Estrategias de dinamización de la economía local y del turismo cultural |
|
Formación |
|
Perfil del postulante (20 puntos) |
Cursos vinculantes |
Experiencia en arte y/o gestión cultural |
|
Otros |
|
Sustentación del proyecto |
|
Entrevista Personal para postulantes preseleccionados (vía telefónica o cualquier otro medio electrónico) (20 puntos) Iniciales (30 puntos) |
Conocimiento del contexto socio cultural y geográfico de intervención del proyecto |
Estrategias de formación de públicos |
|
Estrategias de selección de agrupaciones y participantes |
|
Estrategias de promoción y difusión |
|
Otras |
Los beneficiarios de las postulaciones preseleccionadas, serán convocados a la fase de entrevistas por la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad, por vía telefónica o correo electrónico registrados en la ficha técnica de presentación y compromiso, de conformidad al cronograma establecido para el efecto.
Las entrevistas se realizarán por vía telefónica únicamente al postulante.
Con respecto a los montos asignados por zonas de planificación para las tres primeras modalidades descritas en los numerales 3.2.1, 3.2.2 y 3.2.3 de estas bases técnicas, los jurados calificadores durante la deliberación, procederán a repartir a los proyectos más puntuados de cada categoría, asegurándose que cada provincia sea beneficiada al menos con un festival, pudiendo excepcionalmente asignar a algún proyecto un monto menor al solicitado a fin de optimizar los presupuestos zonales.
Finalizado el proceso de entrevistas y de deliberación, los Jurados Calificadores presentarán en sobre cerrado mediante un comunicado al titular de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad del Ministerio de Cultura y Patrimonio, las actas de veredicto con los puntajes totales alcanzados por cada postulante, tipificando claramente las postulaciones seleccionadas y no seleccionadas; adjuntando los originales de los protocolos de selección debidamente suscritos por los integrantes del correspondiente Jurado Calificador.
21. Comunicación pública y notificación
El Ministerio de Cultura y Patrimonio publicará el veredicto en su página web institucional. De igual manera, a través de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad notificará del particular, mediante correo electrónico a cada beneficiario (a la dirección registrada en la ficha técnica de presentación y compromiso), en las fechas señaladas para el efecto.
Finalizado el proceso anterior, la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad remitirá los proyectos seleccionados y su documentación habilitante a la Coordinación General Jurídica, para la respectiva elaboración de los convenios de cooperación y asignación de fondos; proporcionando los insumos que servirán para la redacción de los instrumentos legales (objeto, cuantía, forma de transferir los recursos, obligaciones de los beneficiarios, administrador y cualquier otra circunstancia que se considere oportuna).
22. Suscripción del Convenio de Cooperación y
Asignación de Fondos.
Para esta convocatoria, se delega expresamente al titular de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad, para que legalice los convenios de cooperación y asignación de fondos y autorice el gasto en este proceso administrativo.
El Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos se suscribirá en las sedes de la correspondiente Dirección Provincial de Cultura, de conformidad al plazo señalado para el efecto. El apoderado del festival de ecuatorianos en el exterior suscribirá en la Coordinación General Jurídica del Ministerio de Cultura y Patrimonio.
Para suscribir el Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos con el Ministerio de Cultura y Patrimonio, el beneficiario domiciliado en Ecuador, deberá presentar la siguiente documentación física en la Dirección Provincial:
• Copia del documento legal que acredite la personalidad jurídica, escritura de constitución y/o estatuto que rija su funcionamiento (solo para personas jurídicas).
• Certificación bancaria de mantener cuenta activa.
• Certificación o documentos que acrediten la obtención del cofinanciamiento.
• Garantía de buen uso por el ciento por ciento (100%) del monto asignado otorgada por un banco, entidad financiera o Compañía de Seguros establecidas en el Ecuador. Estas garantías, las que deberán estar extendidas con un plazo adicional de cuarenta y cinco (45) días al tiempo establecido a la programación total del festival. Ejemplo: si la programación del festival es de noventa (90) días, más cuarenta y cinco (45) días adicionales, la vigencia de la garantía deberá ser de ciento treinta y cinco (135) días. El beneficiario será el afianzado, mientras que el Ministerio de Cultura y Patrimonio será el asegurado.
• Certificado a nombre del beneficiario(a) (persona natural o jurídica), de registro del festival seleccionado ante el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI), o la correspondiente cesión de derechos patrimoniales.
NOTA: La Coordinación General Jurídica verificará a través del portal del Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), que el (la) beneficiario(a) no conste en el registro de contratistas incumplidos o adjudicatarios fallidos. De igual manera, verificará que el beneficiario(a), conste en lista blanca a través del Portal del Servicio de Rentas Internas (SRI).
Por su parte, los beneficiarios de festivales de ecuatorianos en el exterior deberán remitir a la Subsecretaría de Artes y Creatividad mediante correo electrónico (ecuaexteriorfest@ culturaypatrimonio.gob.ec), la siguiente documentación física escaneada:
• Copia del documento legal que acredite la personalidad jurídica, escritura de constitución y/o estatuto que rija su funcionamiento (solo para personas jurídicas).
• Certificación o documentos que acrediten la obtención del cofinanciamiento.
• Carta firmada en la que confirme y asegure que el festival y su denominación pertenece a una iniciativa propia.
El apoderado deberá presentar los siguientes documentos físicos en la Coordinación General Jurídica:
• Poder notariado otorgado por el postulante seleccionado a través de la embajada o consulado, para que en su representación suscriba el Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos, gestione la Garantía en calidad de afianzado y gestione la apertura de una cuenta bancaria en una entidad financiera del Ecuador a nombre del beneficiario de ser el caso que le permita recibir la transferencia que realice el Ministerio de Cultura y Patrimonio para la ejecución del festival seleccionado dentro de la convocatoria, presente los informes técnico y económico con sus respectivos justificativos (de acuerdo a las normas de facturación del correspondiente país) y suscriba el Acta de Entrega Recepción Total Definitiva y Única.
• Certificación bancaria emitida por una entidad financiera a nombre del beneficiario.
• Garantía de buen uso por el cien por ciento (100%) del monto aprobado, otorgada por un banco o entidad financiera a Compañía de Seguros establecidas en el Ecuador. Esta garantía será gestionada por el apoderado, la que deberá estar extendida con un plazo adicional de cuarenta y cinco (45) días al tiempo establecido a la programación total del festival. Ejemplo: si la programación del festival es de noventa (90) días, más cuarenta y cinco (45) días adicionales, la vigencia de la garantía deberá ser de ciento treinta y cinco (135) días. El apoderado será el afianzado, mientras que el Ministerio de Cultura y Patrimonio será el asegurado.
La no suscripción del Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos en el plazo señalado para el efecto, dará cabida a considerar al postulante como un “seleccionado fallido”, lo cual conlleva a la prohibición de participar dentro de los dos (2) años siguientes a este hecho, en procesos de asignación de recursos convocados por el Ministerio de Cultura y Patrimonio, salvo casos justificados (por escrito) y aceptados motivadamente por la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad.
En caso de que alguna postulación seleccionada, quedase sin efecto por haber incurrido en algún impedimento establecido a lo largo de estas bases técnicas, la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad se reserva el derecho de considerar como seleccionada a la postulación ubicada en lugar inmediato inferior de la última postulación seleccionada; en cuyo caso, se procederá a notificar al beneficiario para la suscripción del convenio, con los mismos requisitos exigidos a lo largo de estas bases técnicas.
23. Vigencia del Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos.
La vigencia del convenio contemplará el tiempo establecido en la programación y presupuesto general del festival seleccionado, más un término de diez (10) días para la entrega de los informes técnico y económico finales de ejecución, acompañado de los justificativos correspondientes, por parte del beneficiario, más diez (10) días término para la suscripción del Acta de Entrega Recepción Total Definitiva y Única por las partes intervinientes en el convenio.
La vigencia de los convenios será improrrogable, salvo circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito debidamente motivadas (por escrito) por parte del beneficiario; ante lo cual, el Administrador del Convenio será el encargado de evaluar dicha solicitud y los justificativos presentados, pudiendo autorizar o negar (por escrito) una prórroga del tiempo de duración del instrumento legal, solo por el período necesario para superar las causas que lo motivaron.
Para la suscripción del Acta de Entrega Recepción Total Definitiva y Única a satisfacción de la institución, los beneficiarios deberán presentar ante el Administrador del Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos, los informes técnico y económico finales con sus justificativos, conforme establece la Ley, así como también los productos y medios de verificación que se deriven de la ejecución del festival.
24. Utilización de recursos
Los recursos económicos con los que el Ministerio de Cultura y Patrimonio financia la ejecución del festival, serán utilizados exclusivamente para cubrir obligaciones contraídas dentro del plazo de la ejecución del proyecto seleccionado, por lo que los gastos efectuados deberán guardar correspondencia con los rubros descritos dentro del presupuesto general del festival; caso contrario, se entenderán como gastos asumidos por el beneficiario y sus comprobantes de venta no se aceptarán como justificativos de gasto.
El administrador del convenio tendrá la facultad de autorizar o negar cualquier solicitud que los beneficiarios presenten por escrito con el fin de reprogramar los rubros y/o actividades de sus proyectos, siempre y cuando se justifique que el propósito u objetivo general del mismo no será afectado.
25. Control, seguimiento y evaluación del festival
Las Direcciones Provinciales serán los Administradores de los Convenios y serán los responsables del control, seguimiento y evaluación de la ejecución de los festivales seleccionados, para lo cual designarán por escrito al o la funcionario(a) responsable de realizar la inspección, el seguimiento y evaluación in situ de cada festival, lo cual no les releva de su responsabilidad en la administración. El festival de ecuatorianos en el exterior será administrado por la Subsecretaría de Artes y Creatividad.
La metodología y la instrumentalización para la inspección, seguimiento y evaluación de la ejecución de los festivales, desde la perspectiva de procesos, resultados e impactos, será responsabilidad de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad en coordinación con la Coordinación General de Planificación, la Dirección de Gestión Financiera, las Direcciones Provinciales; así como también, de apoyar en la capacitación, asesoramiento y acompañamiento, a los o las funcionarios(as) responsables de las Direcciones Provinciales y Embajada o Consulado, en los procesos de ejecución, seguimiento, evaluación, verificación de la validez de los documentos justificativos, elaboración de informes técnicos y económicos parciales y/o finales del festival, presentación de los resultados esperados, entre otros.
Los beneficiarios estarán obligados a facilitar toda la información necesaria que los Administradores de los Convenios lleguen a solicitar, para velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones adquiridas.
En caso de que el Administrador del Convenio determine que la ejecución del proyecto no se está cumpliendo de acuerdo a los resultados y actividades descritas en el mismo, solicitará por escrito de manera fundamentada al beneficiario, que corrija las deficiencias del caso de manera inmediata, pudiendo imponer las sanciones a que hubiere lugar, incluida la ejecución de la garantía presentada por el beneficiario (cuando fuere del caso).
En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos, por causas o hechos imputables al beneficiario, el Administrador del Convenio, está facultado a declarar la terminación unilateral del convenio, adoptando las medidas correspondientes para hacer efectiva la garantía otorgada por el beneficiario, sin perjuicio del derecho de accionar judicialmente para obtener la restitución de los fondos adjudicados y entregados. De igual manera, el Ministerio de Cultura y Patrimonio, podrá inhabilitar al beneficiario, para presentar proyectos hasta por dos (2) años a cualquiera de las convocatorias realizadas por esta Cartera de Estado, contados desde la fecha de notificación de la respectiva resolución administrativa que imponga la sanción.
Para el caso del festival de ecuatorianos en el exterior, el Ministerio de Cultura y Patrimonio, a través de la Subsecretaría de Artes y Creatividad, solicitará a la correspondiente Embajada o Consulado que designe un funcionario(a) para que realice el proceso de seguimiento y evaluación a la ejecución de los eventos relevantes del festival directamente en los espacios públicos y/o privados programados en coordinación con el beneficiario seleccionado y que remita un breve informe técnico. Para dicho efecto, la Subsecretaría de Artes y Creatividad facilitará los respectivos instrumentos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Encargar al(a la) titular de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad la ejecución de este Acuerdo Ministerial.
ARTÍCULO TERCERO.- Este instrumento legal entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Anexo 1:
LISTADO DE ESPACIOS Y CENTRO INTERCULTURALES COMUNITARIOS DE RESPONSABILIDAD DEL MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO
Ord. |
Nombre del espacio público |
Ubicación |
Contacto |
Teléfonos |
1 |
Auditorio Agustín Cueva |
Edificio del Ministerio de Cultura-Quito |
Dirección de Gestión Administrativa |
023814550 Ext: 206 |
2 |
Plaza de las Culturas |
Quito, junto al edificio del Ministerio de Cultura |
Dirección de Gestión Administrativa |
|
3 |
Museo Pumapungo |
Azuay, Cuenca |
Dirección provincial de Cultura del Azuay |
072831521 072832634 |
4 |
Centro Intercultural Comunitario “Oña” |
Azuay, cantón Oña |
Dirección provincial de Cultura del Azuay |
|
5 |
Centro Intercultural Comunitario “Matiavi” |
Bolívar, parroquia Salinas, cantón Guaranda. |
Dirección provincial de Cultura de Bolívar |
032986102 |
6 |
Centro Intercultural Comunitario “Tambo” |
Cañar, cantón El Tambo |
Dirección provincial de Cultura de Cañar |
072249198 072238116 |
7 |
Centro Intercultural Comunitario “La Concepción” |
Carchi, cantón Mira, parroquia La Concepción |
Dirección provincial de Cultura de Carchi |
062961900 |
8 |
Centro Intercultural Comunitario “Maldonado” |
Carchi, parroquia Maldonado |
Dirección provincial de Cultura de Carchi |
|
9 |
Centro Intercultural Comunitario “Tanicuchí” |
Cotopaxi, parroquia Tanicuchí |
Dirección provincial de Cultura de Cotopaxi |
032800713 032701756 |
10 |
Centro Intercultural Comunitario “San Lorenzo” |
Esmeraldas, cantón San Lorenzo |
Dirección provincial de Cultura de Esmeraldas |
062450873 062451393 062455551 |
11 |
Centro Intercultural Comunitario “Playas” |
Guayas, cantón Playas |
Dirección provincial de Cultura del Guayas |
042068567 |
12 |
Centro Intercultural Comunitario “Kinti Wasi” |
Imbabura, cantón Otavalo |
Dirección provincial de Cultura de Imbabura |
062601170 062603600 |
13 |
Centro Intercultural Comunitario “Juncal” |
Imbabura, cantón Ibarra, parroquia Ambuquín |
Dirección provincial de Cultura de Imbabura |
|
14 |
Centro Intercultural Comunitario “Sevilla” |
Morona Santiago, parroquia Sevilla |
Dirección provincial de Cultura de Morona Santiago |
072700918 |
15 |
Centro Intercultural Comunitario “Conambo” |
Pastaza, comunidad Conambo |
Dirección provincial de Cultura de Pastaza |
032889157 032887682 |
16 |
Centro Intercultural Comunitario “Tránsito Amaguaña” |
Pichincha, Cantón Cayambe, Parroquia de Olmedo, comunidad La Chimba |
Dirección provincial de Cultura de Pichincha |
022220905 |
17 |
Centro Intercultural Comunitario “De Andoas” |
Pichincha, cantón Pedro Vicente Maldonado |
Dirección provincial de Cultura de Pichincha |
|
18 |
Centro Intercultural Comunitario “Manglaralto” |
Santa Elena, cantón Manglaralto |
Dirección provincial de Cultura de Santa Elena |
042728892 042728895 |
19 |
Centro Intercultural Comunitario “Ancón” |
Santa Elena, parroquia San José de Ancón |
Dirección provincial de Cultura de Santa Elena |
20 |
Centro Intercultural Comunitario “Atari” |
Sucumbíos, comunidad Atari |
Dirección provincial de Cultura de Sucumbíos |
062833689 |
21 |
Centro Intercultural Comunitario “Pilahuín” |
Tungurahua, parroquia Pilahuín |
Dirección provincial de Cultura de Tungurahua |
032829883 |
22 |
Centro Intercultural Comunitario “Guadalupe” |
Zamora Chinchipe, parroquia Guadalupe |
Dirección provincial de Cultura de Zamora Chinchipe |
072602138 073059405 |
Anexo 2:
LISTADO DE LAS DIRECCIONES PROVINCIALES DEL MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO.
Nro. |
UNIDAD |
CIUDAD |
DIRECCIÓN |
TELÉFONO |
1 |
Dirección Provincial de Azuay |
Cuenca |
Calle Larga 1-13 y Av. Huaynacapac esquina Museo Pumapungo |
072831521 |
072832634 |
||||
2 |
Dirección Provincial de Bolívar |
Guaranda |
Calle Sucre Nro. 706 y Rocafuerte (frente a dirección de salud) |
032986102 |
3 |
Dirección Provincial de Cañar |
Azogues |
Calle Homero Castanier Nro. 1-16 y Los Alcaldes |
072249198 |
4 |
Dirección Provincial de Carchi |
Tulcán |
Av. Colón s/n entre 10 de Agosto y Pichincha (edificio Banco Finca, piso 3) |
062961900 |
5 |
Dirección Provincial de Chimborazo |
Riobamba |
Calle Veloz Nro. 23-34 y Larrea (edificio Milenium, piso 3) |
032941689 |
6 |
Dirección Provincial de Cotopaxi |
Latacunga |
Calle Antonio Clavijo s/n y Benjamín Terán (Villa Aranjuez) |
032800713 |
7 |
Dirección Provincial de El Oro |
Machala |
Vela Nro. 1323 y 25 de Junio (edificio ex Predesur, piso 2) |
072921506 072921357 |
8 |
Dirección Provincial de Esmeraldas |
Esmeraldas |
Calle Mejía Nro. 312 entre Olmedo y Sucre |
062455556 |
9 |
Dirección Provincial de Galápagos |
San Cristóbal |
Calle Padre Luis Morales s/n y Av. de la Armada |
053010694 053010705 |
10 |
Dirección Provincial de Guayas |
Guayaquil |
Calle Francisco de Orellana s/n y Justin Cornejo (edificio Gobierno del Litoral, piso 1) |
042068567 042068576 |
11 |
Dirección Provincial de Imbabura |
Ibarra |
Av. Jaime Rivadeneira Nro. 645 entre Pedro Moncayo y Av. Mariano Acosta (piso, 3) |
062603600 062601170 |
12 |
Dirección Provincial de Loja |
Loja |
Calle 10 de Agosto entre Simón Bolívar y Bernardo Valdivieso / museo de la Cultura Lojana |
072565414 |
13 |
Dirección Provincial de Los Ríos |
Babahoyo |
Av. Enrique Ponce Luque s/n y by pass vía a Guayaquil (edificio Enrique Ponce Luque, piso 1) |
052736439 |
14 |
Dirección Provincial de Manabí |
Portoviejo |
Calle Olmedo s/n entre Sucre y Córdova (edificio Banco La Previsora, piso 4) |
052638870 |
15 |
Dirección Provincial de Morona Santiago |
Macas |
Calle 24 de Mayo s/n y Juan de la Cruz (piso, 3) |
072700918 |
16 |
Dirección Provincial de Napo |
Tena |
Calle Juan Montalvo s/n y Simón Bolívar (junto a Merkiauto) |
062888059 |
17 |
Dirección Provincial de Orellana |
Francisco de Orellana |
Calle García Moreno s/n, entre Quito y Napo (edificio España, planta alta) |
062882418 |
18 |
Dirección Provincial de Pastaza |
Puyo |
Calle 9 de Octubre y 24 de mayo (edificio de la federación deportiva de pastaza 2do. Piso) |
032889157 032887682 |
19 |
Dirección Provincial de Pichincha |
Quito |
Reina Victoria Nro. N21-35 y Jorge Washington (edificio Aranjuez, piso 7) |
22220905 |
20 |
Dirección Provincial de Santa Elena |
Salinas |
Av. Carlos Espinoza Larrea s/n entre calles 4ta. y 5ta. (edificio Centro de Atención Ciudadana, pb) |
042777202 043728892 042728895 |
21 |
Dirección Provincial de Santo Domingo de los Tsa’chila |
Santo Domingo |
Calle Pallatanga s/n y Rio Chimbo (diagonal a ministerio de educación) |
022754133 |
22 |
Dirección Provincial de Sucumbíos |
Lago Agrio |
Calle Aguarico y Circunvalación (CAC) |
062991902 |
23 |
Dirección Provincial de Tungurahua |
Ambato |
Calle Sucre s/n y Castillo (edificio de la Gobernación de Tungurahua, piso 3) |
032828512 032829883 |
24 |
Dirección Provincial de Zamora Chinchipe |
Zamora |
Calle Sucumbíos s/n y 10 de Noviembre (junto al Convento La Medalla Milagrosa, piso 2) |
072605648 |
- Inicie sesión o regístrese para comentar