Acuerdo DM-2015-060 Expídense las bases técnicas para la convocatoria pública nacional “Fondos Concursables para Proyectos Artísticos y Culturales 2015”

No. DM-2015-060

EL MINISTRO DE CULTURA Y PATRIMONIO

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Expedir las bases técnicas para la Convocatoria Pública Nacional “Fondos Concursables para Proyectos Artísticos y Culturales 2015”, al tenor de las siguientes disposiciones:

1. Presentación

El Fondo Concursable para Proyectos Artísticos y Culturales es una línea de apoyo institucional implementada en el año 2007 por el Gobierno Nacional de la República del Ecuador, a través de la cual el Ministerio de Cultura y Patrimonio fomenta el desarrollo de proyectos artísticos y proyectos culturales con énfasis en las artes. Para esta convocatoria, se contribuirá con un fondo económico no reembolsable de un millón con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD. 1´000.000,00) para ciento veinticinco (125) proyectos de investigación, creación y circulación, previamente seleccionados por un Comité Externo de Jurados.

Cada proyecto seleccionado recibirá la cantidad de ocho mil dólares de los Estados Unidos de América (USD. 8.000,00) para su ejecución, y contará con asesoramiento conceptual y técnico.

2. Objetivos

Para esta convocatoria1 se establecen los siguientes objetivos: 1 La Convocatoria Pública Nacional “Fondo Concursable para Proyectos Artísticos y Culturales 2015” se alinea con: Constitución Política del Ecuador, Art.377 “El sistema nacional de cultura tiene como finalidad fortalecer la identidad nacional; proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales; y salvaguardar la memoria social y el patrimonio cultural. Se garantiza el derecho pleno de los derechos culturales”. Plan Nacional Buen Vivir 2013 – 2017 Objetivos “Construir espacios de encuentro común y fortalecer la identidad nacional, las identidades diversas, la plurinacionalidad y la interculturalidad”. Política 5.3. “Impulsar los procesos de creación cultural en todas sus formas, lenguajes y expresiones, tanto de individuos como de colectividades diversas”. Estrategia c “Generar espacios de apropiación colectiva para la creatividad, la contemplación y la difusión artística y cultural en los territorios”. Meta 5.1. “Revertir la tendencia en la participación de la ciudadanía en actividades culturales, sociales, deportivas y comunitarias y

superar el 13,0%”.

• Fomentar la reflexión y el debate sobre la producción de conocimientos y saberes en las artes.

• Fomentar procesos de creación artística en todas sus formas, lenguajes y expresiones.

• Generar distintas formas de acceso a contenidos y bienes artísticos y/o culturales a través de estrategias de circulación y distribución, con el propósito de formar públicos para las artes.

3. Disciplinas

Podrán participar proyectos artísticos y proyectos culturales con énfasis en las siguientes disciplinas:

• Artes Plásticas y Visuales

• Artes Escénicas y Performance

• Artes Musicales y Sonoras

• Artes Literarias y Narrativas

• Artes Aplicadas y Diseño

Los proyectos que incluyan diálogos interdisciplinares elegirán una sola de las disciplinas mencionadas para el proceso de postulación.

4. Ámbitos de intervención

Para esta convocatoria se establecen dos (2) ámbitos de intervención:

4.1. Ámbito Nacional: comprende proyectos que se ejecuten en provincias, cantones, parroquias, barrios y comunidades del territorio nacional; así como proyectos que se ejecuten en territorios pertenecientes a Pueblos y Nacionalidades Indígenas y Afrodescendientes.

4.2. Ámbito Internacional: comprende proyectos que se ejecuten en Norteamérica o Europa, es decir fuera del territorio nacional.

5. Modalidades

Para la presentación, selección y ejecución de proyectos se establecen tres (3) modalidades (investigación, creación artística, circulación) por disciplina, según el siguiente detalle:

 

Artes Plásticas y/o Visuales

Dibujo, pintura, escultura, artes gráficas, fotografía, mural, video-arte, performance, instalaciones, arte de internet, entre otras.

 

Modalidades

 

Productos a entregar

 

Investigación

Comprende proyectos que aporten a la reflexión y el debate sobre la producción de conocimientos y saberes en las artes plásticas y/o visuales a nivel nacional y/o local, a través de la investigación de:

• Procesos y prácticas de las artes plásticas y/o visuales.

• Procesos y prácticas culturales con énfasis en las artes plásticas y/o visuales.

• Procesos y prácticas pedagógicas en el área de las artes plásticas y/o visuales.

 

• Dos (2) ejemplares impresos de la investigación, de mínimo veinticinco (25) páginas y máximo cuarenta (40) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm, que incluya: carátula, índice, introducción, desarrollo, conclusiones, bibliografía. Adicionalmente, deberán adjuntar anexos que soporten la investigación.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la investigación y sus anexos en formato Word.

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

El beneficiario del proyecto deberá entregar un documento notarizado; a través del cual autoriza al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los contenidos de los productos entregados, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes.

Los productos entregados pasarán a formar parte del Archivo Histórico del Ministerio de

Cultura y Patrimonio.

 

Creación Artística

Comprende proyectos de producción y/o montaje de obras plásticas y/o visuales, entre las que constan: dibujo, pintura, escultura, artes gráficas, fotografía, mural, video-arte, performance, instalaciones, arte de internet, entre otras.

 

• Dos (2) ejemplares impresos de una bitácora o memoria del proceso creativo, de mínimo quince (15) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm, que incluya: carátula, índice, introducción, texto reflexivo (mínimo 3 páginas) e imágenes de la ejecución del proyecto, con la respectiva identificación de autor, fecha, lugar y descripción. Podrán adjuntar información adicional como anexos.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la bitácora o memoria del proceso creativo y sus anexos en formato Word.

- Registro fotográfico y/o audiovisual (en alta calidad) de la(s) obra(s).

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

El beneficiario del proyecto deberá entregar un documento notarizado; a través del cual autoriza al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los contenidos de los productos entregados, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes. El documento notarizado, también contendrá el compromiso de facilitar el uso posterior de los bienes artísticos y/o culturales resultantes de la ejecución del proyecto, con fines expositivos.

Los productos entregados pasarán a formar parte del Archivo Histórico del Ministerio de

Cultura y Patrimonio.

Circulación

Comprende proyectos que desarrollen estrategias de circulación de contenidos y/o bienes artísticos y/o culturales, con el propósito de formar públicos para las manifestaciones culturales y artísticas, desarrollando sus capacidades creativas e interpretativas en relación a las artes plásticas y/o visuales. Pueden consistir en presentaciones, encuentros, publicaciones no periódicas, muestras, exposiciones, montaje, sitios web, entre otras; en espacios convencionales y no convencionales.

• Dos (2) ejemplares impresos de una memoria del proyecto, de mínimo quince (15) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm, que incluya: carátula, índice, introducción, descripción de la propuesta de circulación, texto reflexivo (mínimo 3 páginas) e imágenes de la ejecución del proyecto, con la respectiva identificación de autor, fecha, lugar y descripción. Podrán adjuntar información adicional como anexos.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la memoria del proyecto y sus anexos en formato Word.

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

El beneficiario del proyecto deberá entregar un documento notarizado; a través del cual autoriza al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los contenidos de los productos entregados, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes.

Los productos entregados pasarán a formar parte del Archivo Histórico del Ministerio de Cultura y Patrimonio.

 

Artes Escénicas y Performance

Danza, teatro, mimo, circo, magia, performance, títeres, entre otras.

 

Modalidades

 

Productos a entregar

 

Investigación

Comprende proyectos que aporten a la reflexión y el debate sobre la producción de conocimientos y saberes en las artes escénicas y performance a nivel nacional y/o local, a través de la investigación de:

• Procesos y prácticas en el área de las artes escénicas.

• Procesos y prácticas pedagógicas en el área de las artes escénicas.

• Procesos y prácticas culturales con énfasis en las artes escénicas.

 

• Dos (2) ejemplares impresos de la investigación, de mínimo veinticinco (25) páginas y máximo cuarenta (40) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm, que incluya: carátula, índice, introducción, desarrollo, conclusiones, bibliografía. Adicionalmente, deberán adjuntar anexos que soporten la investigación.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la investigación y sus anexos en formato Word.

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

El beneficiario del proyecto deberá entregar un documento notarizado; a través del cual autoriza al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los contenidos de los productos entregados, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes.

Los productos pasarán a formar parte del Archivo Histórico del Ministerio de Cultura y

Patrimonio.

 

 

Creación artística

Comprende proyectos de montaje de obras escénicas, entre las que constan: danza, teatro, circo, magia, performance, entre otras; en espacios convencionales y no convencionales.

 

• Dos (2) ejemplares impresos de una bitácora o memoria del proceso creativo, de mínimo quince (15) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm, que incluya: carátula, índice, introducción, texto reflexivo (mínimo

3 páginas) e imágenes de la ejecución del proyecto, con la respectiva identificación de autor, fecha, lugar y descripción. Podrán adjuntar información adicional como anexos.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la bitácora o memoria del proceso creativo y sus anexos en formato Word.

- Registro fotográfico y audiovisual (en alta calidad) de la(s) obra(s) completas sin cortes.

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

El beneficiario del proyecto deberá entregar un documento notarizado; a través del cual autoriza al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los contenidos de los productos entregados, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes.

Los productos entregados pasarán a formar parte del Archivo Histórico del Ministerio de

Cultura y Patrimonio.

 

Circulación

Comprende proyectos que desarrollen estrategias de circulación de contenidos y/o bienes artísticos y/o culturales, con el propósito de formar públicos para las manifestaciones culturales y artísticas, desarrollando sus capacidades creativas e interpretativas en relación a las artes escénicas.

Pueden consistir en: muestras, presentaciones, encuentros, publicaciones no periódicas, sitios web, entre otras; en espacios convencionales y no convencionales.

 

• Dos (2) ejemplares impresos de una memoria del proyecto, de mínimo quince (15) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm, que incluya: carátula, índice, introducción, descripción de la propuesta de circulación, texto reflexivo (mínimo 3 páginas) e imágenes de la ejecución del proyecto, con la respectiva identificación de autor, fecha, lugar y descripción. Podrán adjuntar información adicional como anexos.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la memoria del proyecto y sus anexos en formato Word.

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

El beneficiario del proyecto deberá entregar un documento notarizado; a través del cual autoriza al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los contenidos de los productos entregados, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes.

Los productos entregados pasarán a formar parte del Archivo Histórico del Ministerio de

Cultura y Patrimonio.

 

 

Artes Musicales y Sonoras

Música popular, de tradición oral o ancestral, sinfónica, académica, experimental, instalación sonora, entre otras.

Modalidades

Productos a entregar

 

Investigación

Comprende proyectos que aporten a la reflexión y el debate sobre la producción de conocimientos y saberes en las artes musicales y sonoras, a nivel nacional y/o local, a través de la investigación de:

• Procesos y prácticas musicales y/o sonoras.

• Procesos y prácticas culturales con énfasis en las artes musicales y/o sonoras.

• Creación de métodos de estudio /pedagógicos.

• Construcción de instrumentos musicales y/o sonoros.

• Manuales, Tutoriales, Otros.

 

• Dos (2) ejemplares impresos de la investigación, de mínimo veinticinco (25) páginas y máximo cuarenta (40) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm, que incluya: carátula, índice, introducción, desarrollo, conclusiones, bibliografía. Adicionalmente, deberán adjuntar anexos que soporten la investigación.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la investigación y sus anexos en formato Word.

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

El beneficiario del proyecto deberá entregar un documento notarizado; a través del cual autoriza al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los contenidos de los productos entregados, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes.

Los productos entregados pasarán a formar parte del Archivo Histórico del Ministerio de

Cultura y Patrimonio.

 

Creación Artística Comprende proyectos de composición, producción y/o montaje de obras musicales y/o sonoras, entre las que constan: música popular, de tradición oral o ancestral, sinfónica, académica, experimental, instalación sonora, entre otras.

 

• Dos (2) ejemplares impresos de una bitácora o memoria del proceso creativo, de mínimo quince (15) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm, que incluya: carátula, índice, introducción, texto reflexivo (mínimo

3 páginas) e imágenes de la ejecución del proyecto, con la respectiva identificación de autor, fecha, lugar y descripción. Podrán adjuntar información adicional como anexos.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la bitácora o memoria del proceso creativo y sus anexos en formato Word.

- Grabación de la(s) obra(s) y/o partitura(s).

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

El beneficiario del proyecto deberá entregar un documento notarizado; a través del cual autoriza al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los contenidos de los productos entregados, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes.

Los productos entregados pasarán a formar parte del Archivo Histórico del Ministerio de

Cultura y Patrimonio.

Circulación

Comprende proyectos que desarrollen estrategias de circulación de contenidos y/o bienes artísticos y/o culturales, con el propósito de formar públicos para las manifestaciones culturales y artísticas, desarrollando sus capacidades creativas e interpretativas en relación a las artes musicales y/o sonoras.

Pueden consistir en: muestras, recitales, conciertos, giras, reproducciones (fonográficas, editoriales, audiovisuales), presentaciones, encuentros, publicaciones no periódicas, sitios web, entre otras; en espacios convencionales y no convencionales.

• Dos (2) ejemplares impresos de una memoria del proyecto, de mínimo quince (15) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm, que incluya: carátula, índice, introducción, descripción de la propuesta de circulación, texto reflexivo (mínimo 3 páginas) e imágenes de la ejecución del proyecto, con la respectiva identificación de autor, fecha, lugar y descripción. Podrán adjuntar información adicional como anexos.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la memoria del proyecto y sus anexos en formato Word.

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

El beneficiario del proyecto deberá entregar un documento notarizado; a través del cual autoriza al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los contenidos de los productos entregados, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes.

Los productos pasarán a formar parte del Archivo Histórico del Ministerio de Cultura y Patrimonio.

 

Artes Literarias y Narrativas

Novela, crónica, cuento, poesía, literatura infantil, narración oral, novela gráfica, cómic, entre otras.

 

Productos

 

Productos a entregar

 

Investigación

Comprende proyectos que aporten a la reflexión y el debate sobre la producción de conocimientos y saberes en las artes literarias y narrativas a nivel nacional y/o local, a través de la investigación de:

• Procesos y prácticas de las artes literarias, narrativas y orales.

• Procesos y prácticas culturales con énfasis en las narrativas y oralidades.

• Procesos y prácticas pedagógicas en el área de las artes literarias, narrativas y orales.

 

• Dos (2) ejemplares impresos de la investigación, de mínimo veinticinco (25) páginas y máximo cuarenta (40) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm, que incluya: carátula, índice, introducción, desarrollo, conclusiones, bibliografía. Adicionalmente, deberán adjuntar anexos que soporten la investigación.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la investigación y sus anexos en formato Word.

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

El beneficiario del proyecto deberá entregar un documento notarizado; a través del cual autoriza al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los contenidos de los productos entregados, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes.

Los productos entregados pasarán a formar parte del Archivo Histórico del Ministerio de

Cultura y Patrimonio.

Creación Artística

Comprende proyectos de producción y/o redacción de obras literarias, narrativas y/u orales, entre las que constan: novela, cuento, crónica, poesía, tradición oral, literatura infantil, novela gráfica, comic.

NOVELA, CUENTO, CRÓNICA:

• Dos (2) ejemplares impresos de la obra literaria, de mínimo setenta y cinco (75) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la obra literaria en formato Word.

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

POESÍA, LITERATURA INFANTIL:

• Dos (2) ejemplares impresos de la obra literaria, de mínimo cincuenta y cinco (55) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la obra literaria en formato Word.

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

NARRACIÓN ORAL:

• Un (1) DVD que contenga:

- Registro sonoro o audiovisual de la obra de mínimo doce (12) y máximo veinticinco (25) minutos.

- Transcripción de la obra en lengua ancestral (de ser el caso), y en castellano, en formato Word.

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

• Dos (2) ejemplares impresos de la transcripción de la obra en lengua ancestral (de ser el caso), y en castellano.

NOVELA GRÁFICA, CÓMIC:

• Dos (2) ejemplares impresos de la novela gráfica o cómic (maqueta editorial), de mínimo cincuenta y cinco (55) páginas.

• Un (1) DVD que contenga:

- Maqueta editorial.

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

El beneficiario del proyecto deberá entregar un documento notarizado; a través del cual autoriza al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los contenidos de los productos entregados, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes.

Los productos entregados pasarán a formar parte del Archivo Histórico del Ministerio de Cultura y Patrimonio.

Circulación

Comprende proyectos que desarrollen estrategias de circulación de contenidos y productos editoriales (independientes e inéditos) narrativos, literarios, con el propósito de formar públicos para los procesos culturales relacionados con las artes literarias, narrativas y orales.

Pueden consistir en lecturas públicas, encuentros, presentaciones, publicaciones no periódicas, sitios web, entre otras; en espacios convencionales y no convencionales.

• Dos (2) ejemplares impresos de una memoria del proyecto, de mínimo treinta (30) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm, que incluya: carátula, índice, introducción, descripción de la propuesta de circulación, texto reflexivo (mínimo 3 páginas) e imágenes de la ejecución del proyecto, con la respectiva identificación de autor, fecha, lugar y descripción. Podrán adjuntar información adicional como anexos.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la memoria del proyecto y sus anexos en formato Word.

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

El beneficiario del proyecto deberá entregar un documento notarizado; a través del cual autoriza al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los contenidos de los productos entregados, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes.

Los productos pasarán a formar parte del Archivo Histórico del Ministerio de Cultura y Patrimonio.

 

Artes Aplicadas y Diseño

Cerámica, serigrafía, grabado, diseño industrial, diseño de modas, diseño gráfico, ilustración, artesanías, entre otras.

 

Modalidades

 

Productos a entregar

 

Investigación

Comprende proyectos que aporten a la reflexión y el debate sobre la producción de conocimientos y saberes en las artes aplicadas y/o diseño a nivel nacional y/o local, a través de la investigación de:

• Procesos y prácticas de las artes aplicadas y/o diseño.

• Procesos y prácticas culturales con énfasis en las artes aplicadas y /o diseño.

• Procesos y prácticas pedagógicas en el área de las artes aplicadas y/o diseño.

 

• Dos (2) ejemplares impresos de la investigación, de mínimo veinticinco (25) páginas y máximo cuarenta (40) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm, que incluya: carátula, índice, introducción, desarrollo, conclusiones, bibliografía. Adicionalmente, deberán adjuntar anexos que soporten la investigación.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la investigación y sus anexos en formato Word.

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

El beneficiario del proyecto deberá entregar un documento notarizado; a través del cual autoriza al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los contenidos de los productos entregados, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes.

Los productos pasarán a formar parte del Archivo Histórico del Ministerio de Cultura y

Patrimonio.

 

 

Creación Artística

Comprende proyectos de producción y/o montaje de obras de las artes aplicadas y/o diseño, entre las que constan: cerámica, serigrafía, grabado, diseño industrial, diseño de modas, diseño gráfico, ilustración, artesanías, entre otras.

 

• Dos (2) ejemplares impresos de una bitácora o memoria del proceso creativo, de mínimo quince (15) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm, que incluya: carátula, índice, introducción, texto reflexivo (mínimo 3 páginas) e imágenes de la ejecución del proyecto, con la respectiva identificación de autor, fecha, lugar y descripción. Podrán adjuntar información adicional como anexos.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la bitácora o memoria del proceso creativo y sus anexos en formato Word.

- Registro fotográfico y/o audiovisual (en alta calidad) de la(s) obra(s).

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

El beneficiario del proyecto deberá entregar un documento notarizado; a través del cual autoriza al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los contenidos de los productos entregados, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes. El documento notarizado, también contendrá el compromiso de facilitar el uso posterior de los bienes artísticos y/o culturales resultantes de la ejecución del proyecto, con fines expositivos.

Los productos entregados pasarán a formar parte del Archivo Histórico del Ministerio de

Cultura y Patrimonio.

 

Circulación

Comprende proyectos que desarrollen estrategias de circulación de contenidos y/o bienes artísticos y/o culturales, con el propósito de formar públicos para las manifestaciones culturales y artísticas, desarrollando sus capacidades creativas e interpretativas en relación a las artes aplicadas y/o diseño.

Pueden consistir en presentaciones, encuentros, publicaciones no periódicas, muestras, exposiciones, montaje, sitios web, entre otras; en espacios convencionales y no convencionales.

 

• Dos (2) ejemplares impresos de una memoria del proyecto, de mínimo quince (15) páginas, en letra Arial doce (12) con interlineado uno punto cinco (1.5), en formato A4, márgenes superior e inferior de dos punto cinco (2.5) cm, e izquierdo y derecho de tres (3) cm, que incluya: carátula, índice, introducción, descripción de la propuesta de circulación, texto reflexivo (mínimo 3 páginas) e imágenes de la ejecución del proyecto, con la respectiva identificación de autor, fecha, lugar y descripción. Podrán adjuntar información adicional como anexos.

• Un (1) DVD que contenga:

- El texto de la memoria del proyecto y sus anexos en formato Word.

- Registros fotográficos y/o audiovisuales (en alta calidad) de las actividades desarrolladas en la ejecución del proyecto.

- Otro tipo de archivos digitales.

El beneficiario del proyecto deberá entregar un documento notarizado; a través del cual autoriza al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los contenidos de los productos entregados, con fines de circulación, promoción y usos pedagógicos, previa comunicación entre las partes.

Los productos pasarán a formar parte del Archivo Histórico del Ministerio de Cultura y

Patrimonio.

6. Disposiciones Generales

• Los proyectos podrán consistir en propuestas nuevas o fases nuevas dentro de procesos en desarrollo; es decir los proyectos deberán ser inéditos.

• Los proyectos podrán ser de carácter individual, colectivo y/o comunitario.

• Solo se admitirá la presentación de un (1) proyecto por postulante para una de las modalidades, disciplinas y ámbitos.

• Para la ejecución de los proyectos, el Ministerio de Cultura y Patrimonio pondrá a consideración el uso gratuito de sus espacios e infraestructuras a nivel nacional, previa autorización de los administradores de los mismos.

• Todos los proyectos deberán contemplar al menos una actividad de socialización de los contenidos artísticos y/o culturales desarrollados, dirigida a públicos específicos y de acceso gratuito; podrán consistir en conferencias, charlas, talleres, exposiciones, cine-foros, muestras, conversatorios, presentaciones en espacio público, lecturas públicas, etc.

• Los proyectos que contengan actividades, eventos o muestras con cobro de entradas, deberán justificar el motivo y destino de los ingresos a ser recaudados.

• Los registros fotográficos y/o audiovisuales que se presenten como productos a entregar, deben ser producidos preferentemente en alta calidad y con la respectiva identificación de autor, fecha, lugar, descripción.

• Los contenidos de los productos finales no deberán fomentar actitudes, ni prácticas de xenofobia, sexismo, violencia u otro criterio discriminatorio.

• Los beneficiarios podrán hacer uso de de los contenidos de los productos entregados, previa comunicación dirigida al Ministerio de Cultura y Patrimonio.

7. Postulantes

Podrán postular esta convocatoria:

Ámbito Nacional

• Personas naturales ecuatorianas mayores de edad residentes en el Ecuador.

• Extranjeros mayores de edad con residencia de mínimo tres (3) años en el país.

• Personas jurídicas ecuatorianas de derecho privado. Todo postulante deberá acreditar a través del Registro Único de Contribuyentes (RUC) actividades relacionadas con el ámbito artístico y/o cultural. El responsable para todos los efectos legales será quien suscriba la carta de presentación y compromiso dirigida al Ministro de Cultura y Patrimonio del Ecuador. La persona natural o el representante legal de la persona jurídica suscribirán el Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos correspondiente para la ejecución del proyecto seleccionado.

Ámbito Internacional

• Personas naturales ecuatorianas mayores de edad residentes en Norteamérica o Europa.

Todo postulante deberá presentar un aval de una institución cultural, pública o privada, del país en donde se desarrollará el proyecto, que respalde la ejecución del mismo; para lo cual, deberá adjuntar un documento debidamente suscrito por el representante de dicha institución.

El postulante delegará a un apoderado residente en el Ecuador, quien será el responsable para todos los efectos legales, incluyendo la suscripción del Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos correspondiente para la ejecución del proyecto seleccionado. Dentro de la carta de presentación y compromiso dirigido al Ministro de Cultura y Patrimonio del Ecuador se registrarán los nombres y apellidos del postulante y del apoderado.

El poder especial a favor del apoderado deberá ser extendido por Embajadas y Consulados del Ecuador en el exterior.

8. Restricciones e inhabilidades

No podrán participar en esta convocatoria, ni ser beneficiarios de las asignaciones que entregue el Ministerio de Cultura y Patrimonio del Ecuador, aquellas personas naturales y jurídicas que se encuentren dentro de las siguientes causales:

8.1. Las personas naturales o jurídicas que por cualquiera de las inhabilidades establecidas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, estén impedidas de contratar con el Estado.

8.2. Las personas naturales o jurídicas que se encuentran prestando sus servicios de consultoría al Ministerio de Cultura y Patrimonio o que laboren en dicha Cartera de Estado bajo nombramiento o cualquier otra modalidad prevista en la LOSEP y/o en el Código del Trabajo.

8.3. Las personas naturales con parentesco en línea directa hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad con alguna de las personas o funcionarios directamente involucrados con el proceso.

8.4. Los miembros del Comité Externo de Jurados.

8.5. Las personas naturales o jurídicas que no suscribieron el convenio de cooperación y asignación de fondos, dentro del plazo señalado para el efecto, a pesar de que sus proyectos fueron seleccionados en las distintas convocatorias efectuadas por esta Cartera de Estado en los años 2011 a 2014.

8.6. Las personas naturales o jurídicas que se encuentren ejecutando o en proceso de rendición de cuentas y que no hayan suscrito el acta de entrega recepción total definitiva y única, respecto de algún proyecto financiado por el Ministerio de Cultura y Patrimonio en años anteriores, cualesquiera sea el proceso administrativo mediante el cual se haya concedido dicho financiamiento.

8.7. Las personas naturales que formen parte de la directiva de aquellas personas jurídicas que postulen en la presente convocatoria, o que no hayan suscrito el acta de entrega recepción total definitiva y única (por demora atribuible al beneficiario o contratista) de algún proyecto financiado por el Ministerio de Cultura y Patrimonio en años anteriores, independientemente sea el proceso administrativo mediante el cual haya concedido dicho financiamiento.

8.8. Las personas naturales que sean servidores públicos o las personas jurídicas cuyos representantes legales sean servidores públicos.

8.9. Las personas naturales o jurídicas que hayan sido notificadas con la terminación unilateral de cualquier convenio suscrito con el Ministerio de Cultura y Patrimonio.

8.10. Las personas naturales o jurídicas que presenten un proyecto cuyo cronograma de actividades se encuentre fuera del plazo establecido para el efecto.

8.11. Las personas naturales o jurídicas que hayan postulado o hayan sido seleccionadas dentro de Concurso Nacional de Festivales de las Artes 2015 -2016.

En la carta de presentación y compromiso, los participantes expresarán no encontrase inmersos en ninguna de las inhabilidades o restricciones señaladas.

9. Plazos para la ejecución de proyectos

Los proyectos seleccionados podrán ejecutarse dentro de un plazo mínimo de dos (2) meses y máximo de cuatro (4) meses, contados entre el período del 1 de septiembre al 30 de diciembre de 2015.

10. Financiamiento

Los representantes de los proyectos seleccionados recibirán el cien por ciento (100%) del aporte económico del Ministerio de Cultura y Patrimonio por un valor máximo de ocho mil con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (8.000,00) USD previa la suscripción del convenio de cooperación y asignación de fondos y presentación de una garantía a favor del Ministerio de Cultura y Patrimonio equivalente al monto total asignado. Para efecto de lo señalado, se ha diseñado un proceso administrativo que permitirá la obtención de la garantía.

Para la ejecución de actividades adicionales a las registradas en los proyectos seleccionados, los beneficiarios podrán invertir recursos económicos propios o de otras fuentes de financiamiento.

11. Moneda de los gastos

Los gastos presupuestados en el cronograma de ejecución valorado del proyecto deberán expresarse en dólares de los Estados Unidos de América, incorporando los impuestos asociados a cada gasto; esto significa que, en los montos totales solicitados estarán incluidos los impuestos respectivos.

12. Rubros

El financiamiento que otorgará el Ministerio de Cultura y Patrimonio del Ecuador podrá ser utilizado en los siguientes rubros:

a) Gestión y administración del proyecto.- Son los recursos económicos destinados al beneficiario del proyecto seleccionado, con el objetivo de garantizar que todas las acciones, actividades y tareas registradas en el proyecto seleccionado se ejecuten de manera satisfactoria.

a.1) Para los proyectos de ámbito nacional, el Ministerio de Cultura y Patrimonio del Ecuador reconocerá dentro de este rubro, para todas las disciplinas y modalidades, la cantidad mensual de mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (USD. 1.500,00) incluidos todos los impuestos.

a.2) Para los proyectos de ámbito internacional, el Ministerio de Cultura y Patrimonio del Ecuador reconocerá dentro de este rubro, para todas las disciplinas y modalidades, la cantidad mensual de dos mil dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (USD. 2.000,00) incluidos todos los impuestos.

b) Contratación de personal.- Son los recursos económicos destinados al pago de personal profesional, técnico o de apoyo contratado para la ejecución del proyecto.

c) Operación y logística.- Son los recursos económicos destinados a la adquisición de materiales de trabajo, alquiler de equipos, pagos de hospedaje, pagos por alimentación, adquisición de pasajes terrestres, adquisición de pasajes aéreos nacionales e internacionales, movilización fluvial, alquiler de vehículos, embalaje, seguro y traslado de obras, copias e impresiones de documentos. Dentro del presente rubro se exceptúan gastos de: alquiler de oficinas destinadas a gestión administrativa del proyecto, pago de servicios básicos, compra de combustible, bebidas alcohólicas, tarjetas o recargas para telefonía celular; pago de premios y/o adquisición de bienes muebles o equipos.

d) Promoción.- Son los recursos económicos destinados a la difusión, socialización, producción y reproducción de materiales, impresión de afiches, hojas volantes, invitaciones e implementación de páginas web.

Todos los egresos económicos que se generen dentro de los rubros deberán ser justificados únicamente con la presentación obligatoria del comprobante de venta o factura nacional emitida a nombre del responsable del proyecto. Sin embargo, para el rubro de gestión y administración del proyecto, para los proyectos de ámbito nacional e internacional, se presentará una declaración juramentada ante Notario Público.

13. Formatos para la presentación de proyectos

Los proyectos deberán presentarse obligatoriamente en los formatos diseñados para el efecto: carta de presentación y compromiso, ficha de inscripción, y guía para la presentación de proyectos. Los formatos estarán disponibles en la página web del Ministerio de Cultura y Patrimonio del Ecuador www.culturaypatrimonio.gob.ec.

Los formatos deberán ser llenados conforme a lo solicitado y ciñéndose al contenido de estas bases técnicas. Constituirá causal de inadmisión inmediata la presentación de proyectos en formatos distintos a los establecidos.

14. Plazo para la presentación de proyectos

Los proyectos podrán presentarse on line a través de la página web del Ministerio de Cultura y Patrimonio del Ecuador (www.culturaypatrimonio.gob.ec) desde las 08:00 horas del día 12 de junio de 2015 hasta las 24:00 horas del día 17 de julio de 2015. También podrán presentarse impresos en físico en todas las Direcciones Provinciales del Ministerio de Cultura y Patrimonio desde las 08:00 horas del día 12 de junio de 2015, hasta las 17:00 horas del día 17 de julio de 2015.

Los documentos que deberán presentarse son los siguientes:

Ámbito Nacional

Personas Naturales

■ Carta de presentación y compromiso firmada por el postulante.

■ Ficha de inscripción firmada por el postulante.

■ Proyecto escrito en el formato diseñado (guía para la presentación).

■ Copia a color de la cédula de ciudadanía y certificado de votación del postulante.

■ Copia a color del pasaporte o visa (sólo para extranjeros).

■ Copia a color del Registro Único de Contribuyentes (RUC) del postulante, dentro del cual se registre actividad relacionada con el ámbito cultural y/o artístico.

■ Currículum del postulante y portafolio que documente la trayectoria artística y/o en gestión cultural.

■ Proyecto en archivo digital en CD/DVD (sólo para postulaciones impresas).

■ Copia de documento que permita evidenciar el tiempo de residencia en el Ecuador de mínimo tres (3) años (sólo para extranjeros).

■ Anexos.

Personas Jurídicas

■ Carta de presentación y compromiso firmada por el representante legal.

■ Ficha de Inscripción firmada por el representante legal.

■ Proyecto escrito en el formato diseñado (guía para la presentación).

■ Copia a color de la cédula de ciudadanía y certificado de votación del representante legal.

■ Copia a color del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la persona jurídica, dentro del cual se registre actividad relacionada con el ámbito cultural y/o artístico.

■ Currículum de la persona jurídica y portafolio que documente la trayectoria artística y/o en gestión cultural.

■ Proyecto en archivo digital en CD/DVD (sólo para postulaciones impresas).

■ Anexos.

Ámbito Internacional

Personas Naturales

■ Carta de presentación y compromiso firmada por el postulante, registrando los nombres y apellidos del apoderado residente en el Ecuador.

■ Ficha de inscripción firmada por el postulante.

■ Proyecto escrito en el formato diseñado (guía para la presentación).

■ Copia del aval extendido por una institución cultural, pública o privada, del país en donde se desarrollará el proyecto, debidamente suscrito por el representante de dicha institución.

■ Copia a color de la cédula de ciudadanía, pasaporte o visa del postulante.

■ Currículum del postulante y portafolio que documente la trayectoria artística y/o en gestión cultural.

■ Copia a color de la cédula de ciudadanía y certificado de votación del apoderado (representante legal en el Ecuador).

■ Proyecto en archivo digital en CD/DVD (sólo para postulaciones impresas).

■ Anexos.

Para las postulaciones impresas se ha diseñado una portada para el sobre manila, que estará disponible a través de la página web oficial del Ministerio de Cultura y Patrimonio del Ecuador.

15. Autenticidad de los datos

En caso de que el participante no haya sido veraz con la información y documentos proporcionados en la postulación, el Ministerio de Cultura y Patrimonio del Ecuador remitirá los antecedentes al órgano judicial competente a objeto de determinar las responsabilidades civiles o penales que pudieren derivar al responsable. Sin perjuicio de ello, la postulación no será susceptible de selección y el participante será inhabilitado para presentar proyectos hasta por dos (2) años en cualquiera de los concursos o convocatorias del Ministerio de Cultura y Patrimonio del Ecuador, contados desde la fecha de notificación de la respectiva resolución administrativa que imponga la sanción.

16. Idioma de los documentos presentados

Todo proyecto deberá ser presentado en idioma castellano.

17. Cronograma

Fechas

Actividades

12 de junio de 2015.

Apertura de la convocatoria.

12 de junio al 17 de julio de 2015.

Plazo para presentar proyectos artísticos.

12 de junio al 17 de julio de 2015.

Socialización del contenido de las bases técnicas.

Del 18 de julio al 22 de julio de 2015.

Proceso de admisibilidad.

23 de julio de 2015.

Publicación de proyectos admisibles y no admisibles.

Del 23 al 28 de julio de 2015.

Proceso de Evaluación, Calificación y Selección.

29 de julio de 2015.

Lectura de resultados.

29, 30 y 31 de julio de 2015.

Entrega de notificaciones a proyectos seleccionados.

Del 1 al 17 de agosto del 2015.

Suscripción de Convenios de Cooperación y Asignación de Fondos.

A partir del 21 de agosto de 2015.

Transferencias económicas.

Del 1 de septiembre al 30 de diciembre de 2015

Ejecución de proyectos seleccionados.

A partir de noviembre de 2015

Entrega de informes finales y suscripción de actas de finiquito.

 

18. Admisibilidad

Al finalizar el plazo para la entrega de proyectos, el titular de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad designará por escrito a diez (10) técnicos, analistas y especialistas pertenecientes a las Direcciones Técnicas; a fin de conformar la Comisión de Admisibilidad. A la comisión se incorporará un (1) delegado de la Coordinación General Jurídica.

La Comisión de Admisibilidad se encargará de verificar que los postulantes no incurran en las restricciones e inhabilidades y verificará el cumplimiento de los documentos exigidos. Este proceso se cumplirá en el plazo de cinco (5) días calendario.

Concluido el plazo señalado, la Comisión de Admisibilidad remitirá al titular de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad las nóminas de proyectos admisibles y no admisibles. Las nóminas serán suscritas por todos los miembros de la Comisión de Admisibilidad e indicarán el motivo de las inadmisibilidades. Las dos nóminas serán publicadas por el Ministerio de Cultura y Patrimonio a través de su página web institucional.

19. Del Comité Externo de Jurados

 

Conformación del Comité Externo de Jurados

 

Disciplinas

Número de miembros

Artes Plásticas y/o Visuales

3

Artes Escénicas y Performance

3

Artes Musicales y Sonoras

3

Artes Literarias y Narrativas

3

Artes Aplicadas y Diseño

3

Total

15

 

El Ministro de Cultura y Patrimonio, en base a los nombres puestos a su consideración por el titular de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad, designará mediante Acuerdo Ministerial a quince (15) técnicos profesionales, nacionales y/o extranjeros, como miembros del Comité Externo de Jurados. El Comité Externo de Jurados estará constituido por tres (3) miembros para cada disciplina, de acuerdo al siguiente detalle:

La gestión de los miembros del Comité Externo de Jurados comprenderá la evaluación y calificación individual de todos los proyectos admisibles puestos a su consideración por parte del titular de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad. El proceso de evaluación y calificación será registrado a través del formato diseñado para el efecto sobre cien (100) puntos y bajo los siguientes criterios de valoración del proyecto:

 

No.

 

Criterios de Valoración

 

Puntuación

Valoración

Excelente

Regular

Deficiente

 

1

Calidad de la propuesta: contenidos artísticos, teóricos, pedagógicos, curatoriales o editoriales, y metodologías de trabajo.

 

40

 

31-40

 

21-30

 

0-20

 

2

Aporte del proyecto al desarrollo de las prácticas artísticas y culturales en su área geográfica de intervención.

 

30

 

20

 

10

 

0

 

3

Planteamiento del proyecto y factibilidad del proyecto.

20

20

10

0

 

4

Vinculación del postulante con el área geográfica de intervención del proyecto

 

10

Valoración

Reside en el área

Visita frecuentemente el área

Sólo se desplaza al área para la ejecución del proyecto

10

5

1

TOTAL

100

 

 

Una vez concluido el proceso de evaluación y calificación individual de los proyectos, todos los miembros del Comité Externo de Jurados se reunirán para elaborar y suscribir el documento denominado “cuadro general de calificaciones”. Este cuadro contendrá por ámbitos (nacional e internacional) de mayor a menor todas las calificaciones alcanzadas por cada uno de los proyectos evaluados y calificados.

A partir del documento denominado “cuadro general de calificaciones”, el Comité Externo de Jurados seleccionará el número de proyectos asignado para cada ámbito (nacional e internacional), en función del presupuesto establecido:

 

 

CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL

FONDOS CONCURSABLES PARA PROYECTOS ARTÍSTICOS Y CULTURALES 2015

Ámbitos: Nacional e Internacional

 

Ord.

 

Áreas Geográficas de Intervención

 

Número de proyectos asignado

 

Presupuesto establecido

1

Azuay

5

$ 40.000

2

Bolívar

4

$ 32.000

3

Cañar

4

$ 32.000

4

Carchi

4

$ 32.000

5

Cotopaxi

4

$ 32.000

6

Chimborazo

4

$ 32.000

7

El Oro

5

$ 40.000

8

Esmeraldas

4

$ 32.000

9

Galápagos

4

$ 32.000

 

10

Guayas (excepto los cantones de: Guayaquil, Samborondón y Durán)

 

6

 

$ 48.000

 

11

 

Imbabura

 

4

 

$ 32.000

12

Los Ríos

5

$ 40.000

 

13

 

Loja

 

4

 

$ 32.000

 

14

 

Manabí

 

6

 

$ 48.000

15

Morona Santiago

4

$ 32.000

 

16

Napo

4

$ 32.000

17

Orellana

4

$ 32.000

18

Pastaza

4

$ 32.000

19

Pichincha (excepto el cantón Quito)

5

$ 40.000

20

Santa Elena

4

$ 32.000

21

Santo Domingo de los Tsáchilas

4

$ 32.000

22

Sucumbíos

4

$ 32.000

23

Tungurahua

4

$ 32.000

 

24

 

Zamora Chinchipe

 

4

 

$ 32.000

 

25

Cantones de Guayaquil, Samborondón y Durán

 

7

 

$ 56.000

26

Cantón Quito

6

$ 48.000

 

27

 

Pueblos/Nacionalidades

 

4

 

$ 32.000

 

28

Ámbito internacional: (Norteamérica o Europa)

 

4

 

$ 32.000

 

TOTAL

 

125

 

$ 1´000.000

 

Cuando el número de proyectos asignado no se haya completado para cada área geográfica de intervención, ya sea por ausencia de proyectos o porque estos alcanzaron bajas calificaciones, el Comité Externo de Jurados tendrá la facultad de utilizar los cupos disponibles y el presupuesto establecido para seleccionar proyectos de otras áreas geográficas de intervención que hayan alcanzado altas calificaciones.

Finalizado el proceso de selección, todos los miembros del Comité Externo de Jurados elaborarán y suscribirán el acta de veredicto, misma que será presentada en sobre cerrado al titular de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad. El acta de veredicto registrará claramente los proyectos seleccionados y no seleccionados, y contendrá los originales de los protocolos de evaluación y calificación debidamente suscritos por los miembros del Comité Externo de Jurados.

20. Publicación de resultados y notificación

El Ministerio de Cultura y Patrimonio publicará el contenido del acta de veredicto en su página web institucional. De igual manera a través de las Direcciones de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad, y Direcciones Provinciales de Cultura, se notificará por escrito del particular a cada uno de los responsables de los proyectos seleccionados.

Acto seguido, la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad remitirá los proyectos seleccionados y su documentación habilitante hasta la Coordinación General Jurídica para la respectiva elaboración de los convenios de cooperación y asignación de fondos.

21. Suscripción del convenio de cooperación y asignación de fondos

Para esta convocatoria se delega expresamente al titular de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad para que suscriba por parte del Ministerio de Cultura y Patrimonio los convenios de cooperación y asignación de fondos y autorice el gasto en el presente proceso administrativo.

El convenio de cooperación y asignación de fondos se suscribirá en la Coordinación General Jurídica del Ministerio de Cultura y Patrimonio y en las Direcciones Provinciales, de conformidad al plazo señalado para el efecto.

Para suscribir el convenio de cooperación y asignación de fondos con el Ministerio de Cultura y Patrimonio, el responsable del proyecto seleccionado deberá presentar la siguiente documentación física:

Ámbito Nacional

Personas Naturales

• Copia de la notificación de selección del proyecto dentro de la convocatoria.

• Certificación bancaria de mantener cuenta activa.

• Documento emitido por el Servicio de Rentas Internas de encontrase en lista blanca.

• Garantía por el cien por ciento (100 %) del monto asignado a favor del Ministerio de Cultura y Patrimonio. La garantía deberá estar extendida con un plazo de treinta (30) días adicionales al tiempo establecido para la ejecución total del proyecto. Ejemplo: si la programación del proyecto es de sesenta días (60) días, más treinta días (30) días adicionales, la vigencia de la garantía deberá ser de noventa (90) días.

Personas Jurídicas

• Copia de la notificación de selección del proyecto dentro de la convocatoria.

• Copia del documento legal que acredite la personería jurídica.

• Copia de la escritura de constitución o estatuto que rige su funcionamiento.

• Copia del nombramiento vigente del representante legal.

• Certificación bancaria de mantener cuenta activa.

• Documento emitido por el Servicio de Rentas Internas de encontrase en lista blanca.

• Garantía por el cien por ciento (100 %) del monto asignado a favor del Ministerio de Cultura y Patrimonio. La garantía deberá estar extendida con un plazo de treinta (30) días adicionales al tiempo establecido para la ejecución total del proyecto. Ejemplo: si la programación del proyecto es de sesenta días (60) días, más treinta días (30) días adicionales, la vigencia de la garantía deberá ser de noventa (90) días.

Ámbito Internacional

Personas Naturales

• Copia de la notificación de selección del proyecto dentro de la convocatoria.

• Poder especial, a través del cual el postulante otorga la representación legal al apoderado en el Ecuador.

• Copia del certificado o documento de votación del postulante.

• Copia a color del Registro Único de Contribuyentes (RUC) del beneficiario, dentro del cual se registre actividad relacionada con el ámbito cultural y/o artístico.

• Certificación bancaria (institución financiera ecuatoriana) del beneficiario de mantener cuenta activa.

• Documento emitido por el Servicio de Rentas Internas de encontrase el beneficiario en lista blanca.

• Garantía por el cien por ciento (100 %) del monto asignado a favor del Ministerio de Cultura y Patrimonio. La garantía deberá estar extendida con un plazo adicional de treinta (30) días adicionales al tiempo establecido para la ejecución total del proyecto. Ejemplo: si la programación del proyecto es de sesenta días (60) días, más treinta días (30) días adicionales, la vigencia de la garantía deberá ser de noventa (90) días.

La Coordinación General Jurídica verificará a través del portal del Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), que al momento de la suscripción del convenio el Registro Único de Proveedores (RUP) esté habilitado y que el beneficiario no conste en el registro de contratistas incumplidos o adjudicatarios fallidos. De igual manera, verificará el estado tributario del beneficiario a través del Portal del Servicio de Rentas Internas (SRI).

La no suscripción del convenio de cooperación y asignación de fondos en el plazo señalado para el efecto, dará cabida a considerar al postulante como un “seleccionado fallido”, lo cual conlleva a la prohibición de participar dentro de los dos (2) años siguientes a este hecho, en procesos de asignación de recursos convocados por el Ministerio de Cultura y Patrimonio, salvo casos justificados (por escrito) y aceptados motivadamente por la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad.

22. Vigencia del convenio de cooperación y asignación de fondos

La vigencia del convenio contemplará el tiempo establecido en el cronograma de actividades y de ejecución valorado del proyecto seleccionado, más un término de diez (10) días para la entrega de los informes técnico y económico finales de ejecución, acompañado de los justificativos correspondientes, por parte del responsable del proyecto, más diez (10) días término para la suscripción del acta de recepción total definitiva y única por las partes intervinientes en el convenio.

La vigencia de los convenios será improrrogable, salvo circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito debidamente motivadas por escrito por parte del beneficiario; ante lo cual, el administrador del convenio será el encargado de evaluar dicha solicitud y los justificativos presentados, pudiendo autorizar o negar por escrito una prórroga del tiempo de duración del instrumento legal, solo por el período necesario para superar las causas que lo motivaron.

23. Utilización de recursos

Los recursos económicos asignados por el Ministerio de Cultura y Patrimonio serán destinados para cubrir las actividades registradas dentro del cronograma de ejecución valorado del proyecto seleccionado.

De ser necesario, el beneficiario del proyecto seleccionado podrá solicitar por escrito al Administrador del Convenio autorización(es) para realizar reprogramación(es) de actividad(es) o de rubro(s); siempre y cuando no se altere el objeto del convenio de cooperación y asignación de fondos suscrito.

24. Asesoría y Acompañamiento

El Ministerio de Cultura y Patrimonio designará un Equipo de Asesoría y Acompañamiento, conformado por técnicos y profesionales especialistas, con experiencias afines a los contenidos de los proyectos seleccionados. Sus funciones serán respaldar, acompañar y asesorar la ejecución de los proyectos, para lo cual mantendrán un diálogo constante con sus responsables. Adicionalmente, producirán reflexiones sobre los contenidos artísticos de los mismos, que permitirán difundir las acciones, procesos, resultados e impactos alcanzados.

La gestión que desarrollarán los técnicos o profesionales designados no implica de ninguna manera la administración de los convenios de cooperación y asignación de fondos.

Los técnicos o profesionales designados no podrán ser beneficiarios de ningún tipo de auspicio, contrato o convenio suscrito con el Ministerio de Cultura y Patrimonio, y que se encuentre vigente a la fecha de su designación.

25. Seguimiento y evaluación

Los titulares de las Direcciones Provinciales de Cultura serán los administradores de los convenios de cooperación y asignación de fondos de los proyectos seleccionados en el ámbito nacional, y serán las responsables del seguimiento y evaluación. Para efecto de lo mencionado, se designará por escrito al o la funcionario(a) responsable de realizar el seguimiento y evaluación.

Los titulares de las Direcciones de la Subsecretaria Técnica de Artes y Creatividad serán los administradores de los convenios de cooperación y asignación de fondos de los proyectos seleccionados en el ámbito internacional, y serán las responsables del seguimiento y evaluación. Para efecto de lo mencionado, se designará por escrito al o la funcionario(a) responsable de realizar el seguimiento y evaluación.

La metodología y la instrumentalización para el seguimiento y evaluación será responsabilidad de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad; así como también, de apoyar en la capacitación, asesoramiento y acompañamiento a los o las funcionarios(as) responsables de las Direcciones Provinciales de Cultura y Direcciones Técnicas.

Los beneficiarios estarán obligados a facilitar toda la información necesaria que los administradores de los convenios lleguen a solicitar, para velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones adquiridas.

En caso de que el administrador del convenio determine que la ejecución del proyecto no se está cumpliendo de acuerdo a los resultados y actividades descritas en el mismo, solicitará por escrito de manera fundamentada al beneficiario que corrija las deficiencias del caso de manera inmediata, pudiendo imponer las sanciones a que hubiere lugar, incluida la ejecución de la garantía presentada por el beneficiario (cuando fuere el caso).

En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el convenio de cooperación y asignación de fondos, por causas o hechos imputables al beneficiario, el administrador del convenio está facultado a declarar la terminación unilateral del convenio, adoptando las medidas correspondientes para hacer efectiva la garantía otorgada por el beneficiario, sin perjuicio del derecho de accionar judicialmente para obtener la restitución de los fondos adjudicados y entregados. De igual manera, el Ministerio de Cultura y Patrimonio podrá inhabilitar al beneficiario para presentar proyectos hasta por dos (2) años a cualquiera de las convocatorias realizadas por esta Cartera de Estado, contados desde la fecha de notificación de la respectiva resolución administrativa que imponga la sanción.

26. Propiedad intelectual

Los beneficiarios de los proyectos seleccionados deberán autorizar al Ministerio de Cultura y Patrimonio el uso indefinido de los productos entregados, a fin de que la institución implemente procesos de circulación, promoción y usos pedagógicos de los mismos a través de la página web institucional o mediante exposiciones, publicaciones impresas, etc.; previa comunicación entre las partes. En el caso de publicaciones impresas, un porcentaje del tiraje será entregado sin costo al beneficiario del proyecto. Así también, los beneficiarios de los proyectos seleccionados podrán hacer uso de sus productos resultantes, previa comunicación y coordinación con el Ministerio de Cultura y Patrimonio.

27. Imagen institucional

Los logotipos del Ministerio de Cultura y Patrimonio y de la Convocatoria Pública Nacional Fondo Concursable para Proyectos Artísticos y Culturales 2015, deberán constar en todo el material impreso o audiovisual que se genere durante la ejecución del proyecto seleccionado; así como en el material impreso o audiovisual posterior a la ejecución del proyecto. Además, en cualquier evento público vinculado con el proyecto se deberá reconocer el apoyo institucional brindado.

28. Aceptación de bases

Por la sola presentación del proyecto se entiende para todos los efectos legales que la persona conoce y acepta el contenido íntegro de las presentes bases, así como también expresa su voluntad de aceptar y respetar el veredicto que emita el Comité Externo de Jurados.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Encargar a los(as) titulares de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad y Direcciones Provinciales, la ejecución del presente Acuerdo Ministerial.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

 

Miércoles 10 de Junio de 2015