Acuerdo DM-2015-078 Desígnense a varios especialistas como integrantes del Comité Externo de Jurados para la Convocatoria Pública Nacional “Fondos Concursables para Proyectos Artísticos y Culturales 2015”

No. DM-2015-078
Ana Rodríguez Ludeña 
MINISTRA DE CULTURA Y PATRIMONIO SUBROGANTE

Acuerda:

Artículo 1.- Designar como integrantes del Comité Externo de Jurados para la Convocatoria Pública Nacional “Fondos Concursables para Proyectos Artísticos y Culturales 2015”, a los siguientes especialistas:

Nombres y Apellidos

Nacionalidad

Cédula de ciudadanía / Pasaporte

Categoría

Patricio Palomeque

Ecuatoriana

170674854-6

Artes Plásticas y Visuales

Pilar Estrada

Ecuatoriana

091346226-3

Fabián Cueva

Ecuatoriana

171206248-6

Inés Zapata

Ecuatoriana

171049069-7

Artes Escénicas y Performance

Itzel Cuevas

Mexicana

095963394-2

Juan Arellano

Chilena

171534375-0

Christian Proaño

Ecuatoriana

171145123-5

Artes Musicales y Sonoras

Juan Carlos González

Ecuatoriana

090705591-7

Oswaldo Toro

Ecuatoriana

171512410-1

Carlos Luis Ortiz Ecuatoriana 170907027-8 Artes Literarias y Narrativas
Lucrecia Maldonado Ecuatoriana 170730727-6
Roy Sigüenza Ecuatoriana 070118104-2
Sebastián Malo Ecuatoriana 170846492-8 Artes Aplicadas y Diseño
Salvador Kingman Ecuatoriana 171384957-6
Elena de Oleza Ecuatoriana 175535774-4

El Comité Externo de Jurados realizará su labor en estricto apego a lo establecido en las bases técnicas de la Convocatoria Pública Nacional “Fondos Concursables para Proyectos Artísticos y Culturales 2015”, expedidas mediante Acuerdo Ministerial No. DM-2015-060, de 10 de junio de 2015.

Art. 2.- Cada integrante del Comité Externo de Jurados (excepto para quienes sean servidores públicos), por los servicios prestados percibirá la cantidad de mil quinientos con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD. 1.500,00) más IVA, una vez entregado el veredicto final, previo la presentación de una factura personal e informe de la Subsecretaría de Artes y Creatividad, para lo cual se elaborarán los instrumentos correspondientes. El Ministerio de Cultura y Patrimonio actuará como agente de retención, de conformidad a la Ley.

Art. 3.- Encargar a la titular de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad, la ejecución del presente Acuerdo Ministerial.

Art. 4.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. 

Lunes 20 de Julio de 2015