No. MDT-2016-0061
EL MINISTRO DEL TRABAJO
Acuerda:
REFORMAR LA NORMA TÉCNICA PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA BONIFICACIÓN GEOGRÁFICA A LAS Y LOS SERVIDORES DEL SECTOR DE SALUD PÚBLICA
Art. 1.- Refórmese el título del Acuerdo No. 2012-0001 “NORMA TÉCNICA PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA BONIFICACIÓN GEOGRÁFICA A LAS Y LOS SERVIDORES DEL SECTOR DE SALUD PÚBLICA”, por “NORMA TÉCNICA PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA BONIFICACIÓN GEOGRÁFICA A LAS Y LOS PROFESIONALES DE LA SALUD DE LAS UNIDADES OPERATIVAS QUE INTEGRAN LA RED PÚBLICA INTEGRAL DE SALUD”
Art. 2.- En toda parte donde diga: “Ministerio de Relaciones
Laborales”, reemplácese con: “Ministerio del Trabajo”.
Art. 3.- En el artículo 1, en donde dice: “servidores del sector de la salud pública”, sustitúyase con el siguiente texto: “profesionales de la salud que desempeñen sus actividades en las unidades operativas que integran la Red Pública Integral de Salud”.
Art. 4.- En el artículo 3, donde dice: “servidoras y servidores”; en el artículo 5, en el primer inciso y en el título del cuadro, en el artículo 7, en el numeral 4, y en el artículo 9, en el primer inciso, donde dice: “servidores de la salud” o “servidores de salud”; en el artículo 8, en el inciso final, y en el artículo 10, en el segundo inciso, donde dice: “servidores”; en el artículo 9, en el segundo inciso, y en el artículo 11, en el primer inciso, donde dice: “servidores de la salud pública”; y en la Disposición General Quinta, en el primero inciso, donde dice: “servidores del sector de la salud pública”; en todos estos casos, reemplácese por: “profesionales de la salud”.
Art. 5.- En el artículo 8, numeral 3, reemplácese “www.mrl. gob.ec” por: “www.trabajo.gob.ec”.
Art. 6.- En la Disposición General Cuarta, suprímase el siguiente texto: “servidores y”.
Disposición final.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de enero de 2016, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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