Augusto X. Espinosa A.
MINISTRO DE EDUCACIÓN
Acuerda:
Artículo 1.- INCORPORAR al régimen fiscomisional a la Institución Educativa “Nuestra Señora de Fátima”, ubicada en la parroquia Chimbacalle, cantón Quito, provincia de Pichincha, con código AMIE 17H01266, perteneciente a la Dirección Distrital de Educación 17D06 -Eloy Alfaro-Parroquias Urbanas:Chilibulo a la Ferroviaria y Parroquias Rurales Lloa-Educación, perteneciente a la Coordinación Zonal de Educación–Zona 9, cuyo nivel de sostenimiento inicial fue de origen particular, por lo que la institución educativa una vez suscrito el presente Acuerdo Ministerial, a partir del año lectivo 2014-2015 régimen Sierra, se sujetará de forma plena a los derechos y obligaciones del régimen financiero de las instituciones educativas fiscomisionales, determinado en la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su Reglamento General; y, se denominará Unidad Educativa Fiscomisional “NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA”, con la oferta educativa en el nivel de Educación Inicial subniveles uno (1) y dos (2), Educación General Básica de 1ro. a 10mo. grado; y, de conformidad a la malla curricular nacional. El establecimiento educativo tiene como representante legal a la Hermana Alegría De los Ángeles Ríos Bermeo, quien actúa en calidad de Rectora; y, como su promotora a la Congregación de Hermanas Misioneras de Santa Teresita del Niño Jesús.
Artículo 2.- La Unidad Educativa Fiscomisional “NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA” contará para su funcionamiento con el apoyo de su promotora y del Ministerio de Educación.
Artículo 3.- En el plazo de 5 años contados a partir de la suscripción del presente Acuerdo Ministerial, el establecimiento educativo deberá someterse al procedimiento de renovación de su autorización de funcionamiento dispuesto en el Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural.
Artículo 4.- La Unidad Educativa deberá realizar ante la Dirección Distrital de Educación correspondiente las gestiones del caso a fin de obtener la autorización respecto al cobro de los servicios educativos en relación a la parte estrictamente necesaria para su financiamiento integral, de conformidad con la normativa expedida mediante Acuerdo Ministerial por la Autoridad Educativa Nacional.
DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- La Unidad Educativa Fiscomisional “NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA” contará con TRES (3) partidas presupuestarias docentes asignadas por el Ministerio de Educación. En caso de requerirse más partidas, la o el representante legal de la institución educativa fiscomisional presentará los justificativos del caso ante la Dirección Distrital de Educación respectiva para el análisis de procedencia y disponibilidad de conformidad con los estándares de cobertura; la resolución deberá ponerse en conocimiento de la máxima autoridad de la Coordinación Zonal de Educación- Zona 9 de esta Cartera de Estado. Todos los docentes asignados deberán participar de la misión y valores de la promotora del establecimiento educativo, de conformidad con lo señalado en el artículo 96 del Reglamento General a la LOEI.
SEGUNDA.- Encárguese a la Coordinación Zonal de Educación - Zona 9 de este Ministerio la aplicación y ejecución del presente Acuerdo, para el perfeccionamiento del proceso de la fiscomisionalización del establecimiento educativo.
DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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