Acuerdo MINEDUC-ME-2015-00054-A: “San Juan Bautista de La Salle”, ubicada en el cantón Loja, provincia de Loja

Augusto X. Espinosa A.

MINISTRO DE EDUCACIÓN

Acuerda:

Artículo 1.- INCORPORAR al régimen fiscomisional a la Escuela de Educación Básica Particular “SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE”, ubicada en la parroquia El Sagrario, cantón Loja, provincia de Loja, con código AMIE 11H00005, perteneciente a la Dirección Distrital11D01 Loja–Educación, de la Coordinación Zonal de Educación–Zona 7, cuyo nivel de sostenimiento inicial fue de origen particular, por lo que la institución educativa una vez suscrito el presente Acuerdo Ministerial, a partir del año lectivo 2014-2015 régimen Sierra, se sujetará de forma plena a los derechos y obligaciones del régimen financiero de las instituciones educativas fiscomisionales, determinado en la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su Reglamento General; y, se denominará Escuela de Educación Básica Fiscomisional “SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE”, con la oferta educativa en el nivel de Educación General Básica de 1ro a 10mo grado;y, de conformidad a la malla curricular nacional.El establecimiento educativo tiene como representante legal al Hermano Magister Edgar Alberto Cobo Granda, quien actúa en calidad de Director; y, como su promotora a la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas, domiciliadas en el Ecuador.

Artículo 2.- La Escuela de Educación Básica Fiscomisional “SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE” contará para su funcionamiento con el apoyo de su promotora y del Ministerio de Educación.

Artículo 3.- En el plazo de 5 años contados a partir de la suscripción del presente Acuerdo  Ministerial, el establecimiento educativo deberá someterse al procedimiento de renovación de su autorización de funcionamiento dispuesto en el Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural.

Artículo 4.- La Institución Educativa deberá realizar ante la Dirección Distrital correspondiente las gestiones del caso a fin de obtener la autorización respecto al cobro de los servicios educativos en relación a la parte estrictamente necesaria para su financiamiento integral, de conformidad con la normativa expedida mediante Acuerdo Ministerial por la Autoridad Educativa Nacional.

DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- La  Escuela  de  Educación Básica Fiscomisional “SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE”contará con ONCE (11) partidas presupuestarias docentes

asignadas por el Ministerio de Educación. En caso de requerirse más partidas, la representante legal de la institución educativa fiscomisional presentará los justifica- tivos del caso ante la Dirección Distrital respectiva para el análisis de procedencia y disponibilidad; la resolución deberá ponerse en conocimiento de la máxima autoridad de la Coordinación Zonal 7 de esta Cartera de Estado. Todos los docentes asignados deberán participar de la misión y valores de la promotora del establecimiento educativo, de conformidad con lo señalado en el artículo 96 del Reglamento General a la LOEI.

SEGUNDA.- Encárguese a la Coordinación Zonal 7 de este Ministerio la aplicación y ejecución del presente Acuerdo, para el perfeccionamiento del  proceso de la fiscomisionalización del establecimiento educativo.

DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Miércoles 8 de Abril de 2015