Acuerdo MINEDUC-ME-2015-00067-A: Escuela Particular “San Carlos”, ubicada en el cantón Quito, provincia de Pichincha

Augusto X. Espinosa A

Ministro de Educación

Acuerda:

Artículo 1.- INCORPORAR al régimen fiscomisional a la Escuela Particular “San Carlos”, ubicada en la parroquia Centro  Histórico, cantón  Quito, provincia de  Pichincha, con código AMIE 17H00820, perteneciente a la Dirección Distrital 17D04-Parroquias  Urbanas: (Puengasí  a Itchimbia)-Educación, de la Coordinación  Zonal de Educación-Zona  9,  cuyo  nivel  de  sostenimiento  inicial fue   de   origen   particular,   por   lo   que   la   institución educativa                 una            vez    suscrito    el    presente    Acuerdo Ministerial, a  partir  del  año  lectivo  2014-2015 régimen Sierra, se sujetará de forma plena a los derechos y obligaciones del régimen financiero de las instituciones educativas fiscomisionales, determinado en  la  Ley Orgánica de Educación Intercultural y  su  Reglamento General;   y,   se   denominará   Escuela   de   Educación Básica Fiscomisional “SAN CARLOS”, con la oferta educativa  en  el  nivel  de  Educación  General Básica de

1ro. a 7mo. grado, de conformidad a la malla curricular nacional. El  establecimiento   educativo  tiene  como  representante legal a la hermana María Sonia Guasapaz Lucero, quien actúa en calidad de Directora; y, como su promotora a la Congregación Religiosa de  la  Compañía de  Hijas  de  la Caridad.

Artículo    2.-    La     Escuela    de     Educación    Básica Fiscomisional “SAN CARLOS”, contará para su funcionamiento con el apoyo de su promotora y del Ministerio de Educación.

Artículo 3.- En el plazo de 5 años contados a partir de la suscripción del presente Acuerdo  Ministerial,el establecimiento educativo   deberá someterse      al procedimiento de renovación de su autorización de funcionamiento dispuesto en el Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural.

Artículo 4.- La institución educativa deberá realizar ante la Dirección Distrital de Educación correspondiente las gestiones del caso a fin de obtener la autorización respecto al  cobro de  los servicios  educativos  en  relación  a  la parte estrictamente necesaria para su financiamiento integral, de conformidad con la normativa expedida mediante Acuerdo  Ministerial por  la Autoridad Educativa Nacional.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.-    La      Escuela    de    Educación     Básica Fiscomisional “SAN CARLOS” contará con OCHO (08) partidas presupuestarias docentes asignadas por el Ministerio de Educación. En caso de requerirse más partidas, la o el representante legal de la institución educativa  fiscomisional  presentará los justificativos  del caso ante la Dirección Distrital de Educación respectiva para el análisis de procedencia y disponibilidad de conformidad  con  los estándares de  cobertura;        la resolución   deberá   ponerse   en   conocimiento   de   la máxima    autoridad    de    la   Coordinación  Zonal de Educación-Zona  9  de  esta  Cartera  de  Estado.  Todos los  docentes asignados  deberán  participar  de  la  misión y  valores  de la  promotora  del   establecimiento educativo,   de   conformidad   con   lo   señalado   en   el artículo 96 del Reglamento General a la LOEI.

SEGUNDA.- Encárguese a la Coordinación Zonal de Educación-Zona 9 de este Ministerio la aplicación y ejecución del presente   Acuerdo,  para      el perfeccionamiento del proceso de la fiscomisionalización del establecimiento educativo.

DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Acuerdo entrará en vigencia  a  partir  de  su  suscripción, sin  perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

 

Martes 5 de Mayo de 2015