Augusto X. Espinosa A.
MINISTRO DE EDUCACIÓN
Acuerda:
Artículo 1.- INCORPORAR al régimen fiscomisional a la Unidad Educativa “SANTA JUANA DE ARCO LA SALLE”, parroquia Cariamanga, cantón Calvas, provincia de Loja, con código AMIE 11H00471, perteneciente a la Dirección Distrital 11D06 CALVAS- GONZANAMÁ- QUILANGA EDUCACIÓN, de la Coordinación Zonal de Educación–Zona 7, por lo que la institución educativa una vez suscrito el presente Acuerdo Ministerial, a partir del año lectivo 2015-2016 régimen Costa, se sujetará de forma plena a los derechosy obligaciones del régimen financiero de las instituciones educativas fiscomisionales, determinado en la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su Reglamento General; y, se denominará Unidad Educativa Fiscomisional “SANTA JUANA DE ARCO LA SALLE”, con la oferta educativa en el nivel de Educación Inicial: Subniveles 1 y 2, Educación General Básica y Bachillerato General Unificado en Ciencias, respectivamente; y, de conformidad a la malla curricular nacional.
El establecimiento educativo tiene como representante legal al Hermano Benito Calderón Jácome, quien actúa en calidad de Rector; y, como su promotora a la Congregación de los "Hermanos de las Escuelas Cristianas", domiciliadas en el Ecuador.
Artículo 2.-La Unidad Educativa Fiscomisional “SANTA JUANA DE ARCO LA SALLE” contará para su funcionamiento con el apoyo de su promotora y del Ministerio de Educación.
Artículo 3.- En el plazo de 5 años contados a partir de la suscripción del presente Acuerdo Ministerial, el establecimiento educativo deberá someterse al procedimiento de renovación de su autorización de funcionamiento dispuesto en el Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural
Artículo 4.- La Unidad Educativa deberá realizar ante la Dirección Distrital correspondiente las gestiones del caso a fin de obtener la autorización respecto al cobro de los servicios educativos en relación a la parte estrictamente necesaria para su financiamiento integral, de conformidad con la normativa expedida mediante Acuerdo Ministerial por la Autoridad Educativa Nacional.
DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- La Unidad Educativa Fiscomisional “SANTA JUANA DE ARCO LA SALLE” contará con CUARENTA Y CINCO (45) partidas presupuestarias docentes asignadas por el Ministerio de Educación. En caso de requerirse más partidas, la representante legal de la institución educativa fiscomisional presentará los justificativos del caso ante la Dirección Distrital respectiva para el análisis de procedencia y disponibilidad de conformidad con los estándares de cobertura; la resolución deberá ponerse en conocimiento de la máxima autoridad de la Coordinación Zonal de Educación–Zona 7 de esta Cartera de Estado. Todos los docentes asignados deberán participar de la misión y valores de la promotora del establecimiento educativo, de conformidad con lo señalado en el artículo 96 del Reglamento General a la LOEI.
SEGUNDA.- Encárguese a la Coordinación Zonal de Educación–Zona 7 de este Ministerio la aplicación y ejecución del presente Acuerdo, para el perfeccionamiento del proceso de la fiscomisionalización del establecimiento educativo.
DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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