Augusto X. Espinosa A.
MINISTRO DE EDUCACIÓN
Acuerda:
Artículo 1.- INCORPORAR al régimen fiscomisional a la Unidad Educativa Particular “SAN MIGUEL”, ubicada en la parroquia San Miguel, cantón San Miguel, provincia de Bolívar, con código AMIE 02H00507, perteneciente a la Dirección Distrital 02D03 Chimbo–San Miguel–Educación, de la Coordinación Zonal de Educación – Zona 5, cuyo nivel de sostenimiento inicial fue de origen particular, por lo que la institución educativa una vez suscrito el presente Acuerdo Ministerial, a partir del año lectivo 2014-2015, régimen Sierra, se sujetará de forma plena a los derechos y obligaciones del régimen financiero de las instituciones educativas fiscomisionales, determinado en la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su Reglamento General; y, se denominará Unidad Educativa Fiscomisional “SAN MIGUEL”, con la oferta educativa en el nivel de Educación General Básica de 1ro a 10mo grado y Bachillerato General Unificado de 1ro a 3er curso; y, de conformidad a la malla curricular nacional.El establecimiento educativo tiene como representante legal al Padre Amaro Patricio Ramos Ramos, quien actúa en calidad de Rector; y, como su promotora a la Diócesis de Guaranda.
Artículo 2.- La Unidad Educativa Fiscomisional “SAN MIGUEL” contará para su funcionamiento con el apoyo de su promotora y del Ministerio de Educación.
Artículo 3.- En el plazo de 5 años contados a partir de la suscripción del presente Acuerdo Ministerial, el establecimiento educativo deberá someterse al procedimiento de renovación de su autorización de funcionamiento dispuesto en el Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural.
Artículo 4.- La Unidad Educativa deberá realizar ante la Dirección Distrital de Educación correspondiente las gestiones del caso a fin de obtener la autorización respecto al cobro de los servicios educativos en relación a la parte estrictamente necesaria para su financiamiento integral, de conformidad con la normativa expedida mediante Acuerdo Ministerial por la Autoridad Educativa Nacional.
DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- La Unidad Educativa Fiscomisional “SAN MIGUEL” contará con VEINTE Y SEIS (26) partidas presupuestarias docentes asignadas por el Ministerio de Educación. En caso de requerirse más partidas, el representante legal de la institución educativa fiscomisional presentará los justificativos del caso ante la Dirección Distrital de Educación respectiva para el análisis de procedencia y disponibilidad de conformidad con los estándares de cobertura; la resolución deberá ponerse en conocimiento de la máxima autoridad de la Coordinación Zonal de Educación – Zona 5 de esta Cartera de Estado. Todos los docentes asignados deberán participar de la misión y valores de la promotora del establecimiento educativo, de conformidad con lo señalado en el artículo 96 del Reglamento General a la LOEI.
SEGUNDA.- Encárguese a la Coordinación Zonal de Educación – Zona 5 de este Ministerio la aplicación y ejecución del presente Acuerdo, para el perfeccionamiento del proceso de la fiscomisionalización del establecimiento educativo.
DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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