Acuerdo MINEDUC-MINEDUC-2020-00014-A Dispónese la suspensión de clases en todo el territorio nacional en instituciones educativas públicas, fiscomisionales y particulares, centros de desarrollo integral para la primera infancia regulados por esta Carte

ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2020-00014-A

SRA. MARÍA MONSERRAT CREAMER GUILLÉN MINISTRA DE EDUCACIÓN

ACUERDA:

Artículo 1.- Disponer la suspensión de clases en todo el territorio nacional. La disposición aplica para las instituciones educativas públicas, fiscomisionales y particulares, así como en los centros de desarrollo integral para la primera infancia regulados por esta Cartera de Estado, en todas sus jornadas y modalidades, hasta el 05 de abril de 2020.

Artículo 2.- Disponer al personal administrativo y docente del Sistema Nacional de Educación, continuar sus labores mediante la modalidad de teletrabajo de acuerdo con la normativa que el ente rector del trabajo expida para el efecto.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Las Subsecretarías y Coordinaciones del nivel central, en el ámbito de sus competencias, deberán realizar las acciones y mecanismos idóneos para la implementación y ejecución del presente instrumento.

SEGUNDA.- La modalidad de teletrabajo en el sistema educativo fiscal, municipal, fiscomisional y particular, se la realizará de manera progresiva a través de las disposiciones y directrices que la Autoridad Educativa Nacional expida para el efecto.

TERCERA.- Encárguese a la Coordinación General de Secretaría General, el trámite de publicación del presente instrumento ante el Registro Oficial del Ecuador.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA.- Deróguese el Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-MINEDUC-2020-00013-A de 12 de marzo de 2020.

DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Miércoles 15 de Abril de 2020