Acuerdo MINEDUC-MINEDUC-2020-00017-A Refórmese el Acuerdo Ministerial Nº MINEDUC-MINEDUC2019-00069-A de 29 de octubre de 2019

 

ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2020-00017-A

SRA. MARÍA MONSERRAT CREAMER GUILLÉN

MINISTRA DE EDUCACIÓN

ACUERDA:

 

Expedir la siguiente REFORMA AL ACUERDO MINISTERIAL No. MINEDUC-MINEDUC-2019-00069-A DE 29 DE OCTUBRE DE 2019

 

Artículo 1.- Sustitúyase en el literal c) del artículo 2, correspondiente a la Oferta Formativa de Bachillerato Técnico en el “Área Técnica de Servicios”, la denominación de la figura profesional constante en el numeral 4 “Organización y Gestión de la Secretaría” por la de “Gestión Administrativa”.

 

 

Artículo 2.- Agréguese en el literal c) del artículo 2, a continuación del numeral octavo, las siguientes figuras profesionales:

 

“9. Dispositivos y Conectividad”

10. Programación de Software”

 

Artículo 3.- Sustitúyase en el literal c) del artículo 3, la malla curricular de la figura profesional “ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE LA SECRETARÍA”, por la malla curricular que corresponde a  la Figura Profesional de “GESTIÓN ADMINISTRATIVA”, la cual se detalla a continuación:

 

“FIP: GESTIÓN ADMINISTRATIVA

 

MÓDULOS FORMATIVOS

1° Curso

2° Curso

3° Curso

Comunicación en la Gestión Administrativa

4

4

4

Gestión Documental y Archivo

 

 

4

Procesos de Gestión Administrativa

 

 

3

Contabilidad Básica

2

2

2

Informática Aplicada a la Gestión Administrativa

4

4

3

Bases del Derecho

 

 

2

Inglés Técnico Aplicado a la Gestión Administrativa

 

 

5

Formación y Orientación Laboral - FOL

 

 

2

Formación en Centros de Trabajo - FCT

 

 

160* horas

TOTAL DE HORAS PEDAGÓGICAS SEMANALES

10

10

25

 

 

Artículo 4.- Agréguese en el literal c) del artículo 3, a continuación de la malla curricular de Gestión y Desarrollo Comunitario, las mallas curriculares de las figuras profesionales de “DISPOSITIVOS Y CONECTIVIDAD” y “PROGRAMACIÓN DE SOFTWARE”, que se detallan a

continuación:

 

FIP: DISPOSITIVOS Y CONECTIVIDAD

 

MÓDULOS FORMATIVOS

1°Curso

2° Curso

3°Curso

Dispositivos Inteligentes y Periféricos

4

3

6

Redes de Datos

4

3

6

Cableado Estructurado

 

2

6

Seguridad de Información

2

2

5

Formación y Orientación Laboral – FOL

 

 

2

Formación en Centros de Trabajo – FCT

 

 

160* horas

TOTAL DE HORAS PEDAGÓGICAS SEMANALES

10

10

25

 

 

FIP: PROGRAMACIÓN DE SOFTWARE

 

MÓDULOS FORMATIVOS

1° Curso

2° Curso

3° Curso

Programación en Lenguajes Estructurados

8

 

 

Programación Orientada a Objetos

 

6

4

Análisis y Diseño de Base de Datos

 

2

8

Diseño Web

 

2

5

Programación Móvil

 

 

8

Formación y Orientación Laboral – FOL

2

 

 

Formación en Centros de Trabajo – FCT

 

 

160* horas

TOTAL DE HORAS PEDAGÓGICAS SEMANALES

10

10

25

 

 

* La Formación en Centros de Trabajo–FCT es un módulo formativo incorporado en la malla curricular de las ofertas formativas de Bachillerato Técnico que se desarrollará en una entidad receptora (Institución-Empresa) de acuerdo con los lineamientos establecidos en la Guía para la implementación del módulo, emitido por la Dirección Nacional de Currículo.”

 

DISPOSICIONES GENERALES

 

PRIMERA.- Responsabilícese a la Subsecretaría de Fundamentos Educativos a través de la Dirección Nacional de Currículo, emitir los diseños curriculares basados en competencias laborales correspondientes a las Figuras Profesionales de Bachillerato Técnico y realizar procesos permanentes de monitoreo, control y seguimiento de la aplicación del currículo.

 

SEGUNDA.- Encárguese a la Subsecretaría de Fundamentos Educativos, a través de la Dirección Nacional de Currículo, gestionar la publicación de los documentos curriculares correspondientes a las Figuras Profesionales de Bachillerato Técnico, en la página Web del Ministerio de Educación, para la aplicación en las instituciones educativas del país.

 

TERCERA.- Encárguese a la Dirección Nacional de Bachillerato de la Subsecretaría de Educación Especializada e Inclusiva, la implementación y ejecución del presente Acuerdo Ministerial, en coordinación con la Subsecretaría de Educación del Distrito Metropolitano de Quito, Subsecretaría de Educación del Distrito de Guayaquil y las Coordinaciones Zonales de Educación.

 

CUARTA.- La Figura Profesional de “Gestión Administrativa” que reemplaza la denominada Figura Profesional de “Organización y Gestión de la Secretaría” de acuerdo con los ajustes realizados en la estructura del perfil profesional, entrará en vigencia de manera progresiva empezando por el primer curso de bachillerato técnico, a partir del año lectivo 2020-2021 de los regímenes Costa y Sierra.

 

QUINTA.- Las Figuras Profesionales de Programación de Software y Dispositivos y Conectividad, entrarán en vigencia a partir del año lectivo 2020-2021 de los regímenes Costa y Sierra, empezando por el primer curso de bachillerato técnico.

 

SEXTA.- Encárguese a la Coordinación General de Secretaría General, el trámite de publicación del presente instrumento ante el Registro Oficial del Ecuador.

 

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- Los estudiantes que en el año lectivo 2019-2020 de los regímenes Costa y Sierra, se encuentren estudiando la Figura Profesional de Organización y Gestión de la Secretaría, denominación constante en el Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-MINEDUC-2017-00069-A de 29 de octubre de 2019, culminarán sus estudios en dicha Figura Profesional con el respectivo currículo de bachillerato técnico.

 

DISPOSICIÓN FINAL.- El presente instrumento entrará en vigencia a partir de la fecha de expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Jueves 19 de Marzo de 2020