Acuerdo MINEDUC-MINEDUC-2020-00023-A Deléguese al/la Coordinador/a General de Asesoría Jurídica, a más de las atribuciones y responsabilidades establecidas en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, para que conozca, sustancie y

ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2020-00023-A

SRA. MARÍA MONSERRAT CREAMER GUILLÉN MINISTRA DE EDUCACIÓN

ACUERDA:

 

Artículo Único.- Delegar al/la Coordinador/a General de Asesoría Jurídica a más de las atribuciones y responsabilidades establecidas en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Educación para que, conozca, sustancie y resuelva peticiones, reclamos, recursos y requerimientos administrativos de diversa naturaleza que sean puestos a consideración de la máxima autoridad, mismos que den o no lugar a la sustanciación de distintos procedimientos administrativos, los cuales  deberán resolverse en cumplimiento de la normativa administrativa vigente y aplicable, con excepción de aquellas facultades que previamente hubieren sido delegadas para el conocimiento de recursos de apelación y extraordinario de revisión propuestos, que son de exclusiva competencia y responsabilidad de la máxima autoridad educativa y sus delegados previamente reconocidos; así como, las que correspondan a reclamaciones o impugnaciones derivadas de procedimientos de contratación pública.

 

DISPOSICIONES GENERALES

 

PRIMERA.- Responsabilícese a la Dirección Nacional de Patrocino de la Coordinación General de Asesoría Jurídica para que, en el ámbito de sus competencias, realice la sustanciación de los procedimientos que la autoridad delegada por intermedio del  presente Acuerdo deba conocer y resolver; así como, realizar el correspondiente seguimiento para su cumplimiento. Adicionalmente, deberá realizar la respectiva socialización del presente instrumento a las instancias del Ministerio de Educación que considere necesario.

 

SEGUNDA.- Encárguese a la Coordinación General de Secretaría General el trámite de publicación del presente instrumento ante el Registro Oficial del Ecuador.

 

DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Martes 14 de Abril de 2020