Acuerdo MJDHC-CGAJ-2019-0053-A Apruébese la tercera reforma al Estatuto de la Hermandad de Nuestra Señora de Fátima, domiciliada en el cantón Ibarra, provincia de Imbabura

Sr. Mgs. Santiago Esteban Machuca Lozano
COORDINADOR GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA - DELEGADO DEL MINISTRO DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

Acuerda:

Art. 1. APROBAR la tercera reforma al estatuto de la HERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA, con domicilio en el cantón Ibarra, provincia de Imbabura, discutida y aprobada en Asamblea General Extraordinaria de 16 de junio de 2016.

Art. 2. INSCRIPCIÓN de la Reforma al Estatuto de la HERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA, en el Registro de Organizaciones Religiosas del Registro de la Propiedad del Cantón Ibarra, Provincia de Imbabura,

domicilio de la entidad, como persona de derecho privado, sin fines de lucro, que para el ejercicio de los derechos y obligaciones se sujetará estrictamente a lo que determina la Constitución de la República del Ecuador, la Ley de Cultos; y, el Reglamento de Cultos Religiosos.

Art. 3.- PUBLICACIÓN.- Ordenar la publicación del Acuerdo Ministerial de Reforma de la Organización religiosa denominada HERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA en el Registro Oficial.

Art. 4.- INCORPORACIÓN EN EL ARCHIVO.- Disponer se incorpore al archivo de la Dirección de Regulación y Promoción de la Libertad de Religión, Creencia y Conciencia del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, y al expediente correspondiente el Acuerdo Ministerial de Reforma al estatuto de la HERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA

Art. 5.- DISPOSICIÓN- Disponer a la organización religiosa poner en conocimiento del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, cualquier modificación en el Estatuto; integrantes de su gobierno interno; ingreso y salida de miembros; y, representante legal de la entidad, a efectos de ordenar su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Art. 6.- DISOLUCIÓN DE OFICIO.- El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, podrá ordenar la cancelación del registro de la HERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA y de oficio proceder con la disolución y liquidación de la Organización, de comprobarse hechos que constituyan violaciones graves al ordenamiento jurídico.

Art. 7.-.NOTIFICAR al Presidente, con un ejemplar del presente Acuerdo Ministerial, conforme lo dispuesto en el artículo 126 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva ERJAFE.

El presente Acuerdo, entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Jueves 10 de Enero de 2019