Acuerdo MJDHC-SDHC-2018-0007-A Apruébese el estatuto y otórguese personería jurídica a la Ordinis Baphomet (Orden Baphomet)

Sr. Abg. Alex David Guashpa Gómez

SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS Y CULTOS, SUBROGANTE

Acuerda:

Artículo 1.- Aprobar el estatuto y otorgar personalidad jurídica a la ORDINIS BAPHOMET (ORDEN BAPHOMET), como una corporación de primer grado sin fines de lucro, persona jurídica de derecho privado que para el ejercicio de los derechos y obligaciones se sujetará estrictamente a lo que determina la Constitución de la República del Ecuador, el Titulo XXX del Libro Primero del Código Civil, y, el Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales, expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 193 de 23 de octubre de 2017, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 109 de 27 de octubre de 2017.

Artículo 2.- La ORDINIS BAPHOMET (ORDEN BAPHOMET), se obliga a poner en conocimiento del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, cualquier modificación en el estatuto, integrantes de su gobierno interno, inclusión y salida de miembros, y demás información relevante de las actividades que la organización realice en apego a la normativa legal vigente y su normativa interna.

Artículo 3.- La ORDINIS BAPHOMET (ORDEN BAPHOMET), realizará los trámites pertinentes en el Servicio de Rentas Internas, a fin de obtener el Registro Único de Contribuyentes - RUC.

Artículo 4.- El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, registra en calidad de miembros fundadores a las personas de la ORDINIS BAPHOMET (ORDEN BAPHOMET), que suscribieron el acta constitutiva de la organización, la misma que consta dentro de los documentos que forman parte del expediente administrativo de la entidad.

Artículo 5.- La ORDINIS BAPHOMET (ORDEN BAPHOMET), convocará a Asamblea General para la elección de la Directiva, en un plazo máximo de 30 días, contados a partir de la presente fecha, conforme lo dispone el artículo 16 Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales.

Artículo 6.- El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, podrá ordenar la cancelación del registro de la ORDINIS BAPHOMET (ORDEN BAPHOMET), de comprobarse las causales establecidas en el artículo 19 del Decreto Ejecutivo No. 193 de 23 de octubre de 2017.

El presente Acuerdo, entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Jueves 8 de Noviembre de 2018