Aviso Judicial Juicio de rehabilitación de insolvencia del señor José Manabí Sanchez Sanchez y otra

Se pone en conocimiento del público en general, que    en  esta  UNIDAD  JUDICIAL CIVIL DE  MANTA-  ex

Juzgado Vigésimo  Primero  de  lo  Civil  de  Manabí,  se ventiló el Juicio de Insolvencia, propuesto por el BANCO PICHINCHA C.A. en contra de los señores JOSÉ MANABÍ SANCHEZ SANCHEZ, y MARIA DEL CARMEN MIELES MORA,  actualmente  en  trámite  de Rehabilitación signado con el número 13321-2003- 0327, en la cual se ha dictado lo siguiente:

ACTORES: JOSÉ MANABÍ SANCHEZ SANCHEZ, Y  MARIA  DEL CARMEN MIELES MORA

TRAMITE: ESPECIAL

CUANTIA: INDETERMINADA

OBJETO  DE  LA  DEMANDA:  Los  actores  señores

JOSÉ MANABÍ SANCHEZ  SANCHEZ, y MARIA

DEL CARMEN MIELES MORA, manifiesta que de los documentos emitidos por el Banco Pichincha C.A., los mismos que adjunto debidamente certificado al petitorio, demuestro que hemos cumplido con nuestras obligaciones contraídas con el Banco Pichincha  C.A.,  y  del  escrito  que consta a foja 27 del proceso de insolvencia signado  con el No. 13321-2003-0327, el Procurador Judicial del Banco del Pichincha C.A., Ab. Lino Romero Ganchozo, también  manifiesta  que  hemos  cancelado  la  totalidad  de la deuda; y,  a foja 32 del mismo proceso su señoría    con providencia de fecha 3 de septiembre del 2019 a las 10h05, declara extinguida la obligación por pago total, de la obligación. Una vez que se ha extinguido la obligación por pago total de la deuda, de acuerdo a lo que reza en       el Art.  595  del  antiguo  Código  de  Procedimiento  Civil y lo que establece la norma actual  COGEP  en  su  Art. 430, solicito muy comedidamente se ordene la inmediata REHABILITACIÓN de insolvencia en que fuimos declarado con mi cónyuge, para lo cual se deberá publicar mi solicitud por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editen en esta Provincia, sin perjuicio   de practicar todas las diligencias de reconocimiento y más necesarias para acreditar la veracidad de los hechos de la rehabilitación, así mismo, la resolución que la conceda se publique en el Registro Oficial… haciéndole conocer a la ciudadanía que a la fecha no tienen cargo ante la ley y por lo tanto es nuevamente solvente.

JUEZA DE LA CAUSA: Ab. Holger Rodríguez Andrade Juez de la Unidad Judicial Civil de Manta, quien en RESOLUCIÓN de fecha  Manta,  martes  17 de diciembre del 2019, las 16h35, indica que por todo    lo expuesto, esto es, haberse cumplido con los requisitos previstos en la Ley para que opere la Rehabilitación de los fallidos y sin que sea menester hacer más consideraciones, el suscrito Juez RESUELVE, conceder la Rehabilitación  de los fallidos JOSÉ MANABÍ SANCHEZ SANCHEZ, con cédula de ciudadanía No. 1300928346 y MARIA DE CARMEN MIELES MORA, con cédula de  ciudadanía  No. 1300519129 y por ende se dispone la publicación correspondiente en el Registro Oficial de la ciudad de Quito y en los periódicos que soliciten los interesados, entre otros el diario El Mercurio que se edita en esta ciudad de Manta. Se comunicará mediante oficio el contenido de la presente Resolución a todas las instituciones que en su oportunidad fueron comunicadas sobre el estado de Insolvencia de los prenombrados accionantes. Ofíciese a la Coordinación Provincial del Servicio de Apoyo Migratorio de Manabí, haciéndole conocer que se deja sin efecto la prohibición   de ausentarse del país de los ciudadanos JOSÉ MANABÍ SANCHEZ SANCHEZ, con cédula de ciudadanía No. 1300928346 y MARIA DEL CARMEN MIELES MORA,

con cédula de ciudadanía No. 1300519129 quienes ya pueden abandonar el país cuando lo crean conveniente.

Martes 28 de Enero de 2020