Que el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas dispone: “Los Agregados Militares a las embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados militares ante organismos internacionales, serán nombrados por el Ejecutivo, a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de los Comandantes Generales de Fuerza, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas”;
Que el Consejo de Oficiales Generales de la Fuerza Aérea, en sesión ordinaria del 10 de mayo de 2013, ha resuelto seleccionar al señor CRNL. EMC. AVC. PUGA DÁVILA JAIME ANTONIO, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa, de conformidad con lo que estipula el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, que establece como una de las atribuciones del Consejo de Generales de la Fuerza, letra d) “Seleccionar y calificar a los oficiales para el desempeño de las funciones de agregados militares, adjuntos y representantes ante organismos internacionales, de conformidad con el reglamento.”;
Que con Oficio No. FA-EI-3h-D-2014-2335-O del 12 de noviembre de 2014, el señor Comandante General de la Fuerza Aérea, remite al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el trámite mediante el cual solicita se nombre al señor CRNL. EMC. AVC. PUGA DÁVILA JAIME ANTONIO, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa en la Embajada del Ecuador en la República de Colombia con sede en la ciudad de Bogotá;
Que con Oficio Nro. 14-G-1-a1-434 del 18 de noviembre de 2014, el señor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, remite al señor Ministro de Defensa Nacional, el expediente para el nombramiento del señor CRNL. EMC. AVC. PUGA DÁVILA JAIME ANTONIO, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa en la Embajada del Ecuador en la República de Colombia, con sede en la ciudad de Bogotá del 28 de diciembre de 2014 hasta el 27 de diciembre de 2016. Reemplaza al señor CRNL. EMC. AVC. BRITO JURADO MARCO RICARDO, cuyo período de gestión concluyó el 10 de septiembre de 2014; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo 147, número 5), de la Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el Artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Aérea, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas;