Decreto 667 Modifíquense el Decreto 1471 de 3 de diciembre del 2008, publicado en el Registro Oficial Nº 490 de 17 de diciembre del 2008

No. 667
Rafael Correa Delgado
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Decreta:

Artículo 1.- Elimínase el término “debidamente legalizado”, del artículo 1 del Decreto 1471 de 3 de diciembre del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 490 de 17 de diciembre del 2008. En lo demás, se estará a lo que establece el referido decreto ejecutivo, así como las excepciones que constan en el Decreto Ejecutivo 1522 de 7 de enero del 2009, publicado en el Registro Oficial No. 509 de 19 de enero del 2009.

Artículo 2.- De la ejecución de este decreto que entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y al Ministerio del Interior y Policía.

Jueves 17 de Febrero de 2011