Decreto 676: Refórmese el Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado

No. 676

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Decreta:

Expedir la siguiente reforma al Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado

Artículo Único.- Sustitúyase el primer inciso del artículo 47, por el siguiente:

“Art. 47.- La Secretaría Permanente.- La Junta contará con una Secretaría Permanente como órgano de apoyo institucional técnico y administrativo, misma que funcionará en el Ministerio Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad. El Secretario Técnico de la Junta de Regulación de Poder de Mercado del Ministerio Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad tendrá a su cargo la Secretaría Permanente. ”

Disposición Derogatoria Única.- Derógase el Decreto Ejecutivo número 1332, del 22 de octubre del 2012, publicado en Registro Oficial Segundo Suplemento número 829, del 5 de noviembre del mismo año, así como también cualquier otra disposición de igual o menor jerarquía que se oponga a las prescripciones del presente Decreto.

Disposición Final Única.- De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo, entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial, encárguese la Ministra Coordinadora de la Producción, Empleo y Competitividad.

Lunes 1 de Junio de 2015